Ley 86 De 1976
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
86
Referencia:
Año:
1976
Fecha(dd-mm-aaaa): 22-12-1976
Titulo: POR LA CUAL SE ADICIONA UN PARAGRAFO AL ARTICULO 535 DEL CODIGO FISCAL.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 18245
Publicada el: 31-12-1976
Rama del Derecho: DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Impuestos a las importaciones, Régimen fiscal, Bebidas alcohólicas
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
0.300
Rollo:
25
Posición:
1244
G.O. 18245
LEY 86
(De 22 de diciembre de 1976)
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
Artículo Primero. Se adiciona el siguiente Parágrafo al Artículo 535 del Código
Fiscal, así:
Parágrafo:
En los casos de los numerales 1, 2, 3 de este artículo la
exoneración otorgada no cubrirá la importación de licores o bebida alcohólicas
extranjeras’’
Artículo Segundo. Esta Ley comenzará a regir a partir del 1o. de enero de mil
novecientos setenta y siete.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de diciembre de mil
novecientos setenta y seis.
DEMETRIO B. LAKAS
Presidente de la República
GERARDO GONZALEZ V.
Vicepresidente de la República
FERNANDO GONZALEZ
Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. FINANCIERO
- Régimen fiscal
- Bebidas alcohólicas
- Impuestos a las importaciones