Ley 8 De 1995
Descarga el documento en version PDF
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
8
Referencia:
Año:
1995
Fecha(dd-mm-aaaa): 04-04-1995
Titulo: MODIFICA EL ARTICULO 31 DE LA LEY 1 DE 1995. (REFORMA EL CODIGO JUDICIAL
Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES).
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 22757
Publicada el: 05-04-1995
Rama del Derecho: DER. PROCESAL CIVIL , DER. PROCESAL PENAL
Palabras Claves: Código Judicial
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.155
Rollo:
107
Posición:
1311
G.O. 22757
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEY 8
(De 4 de abril de 1995).
“Por la cual se modifica el Artículo 31 de la Ley 1 de 1995”.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1.
Los Artículos 1, 2, 3, 4, 12, 27, 28 y 29 de la Ley 1 de 1995 entrarán
en vigencia a partir de la promulgación de la presente Ley.
Artículo 2.
Esta Ley modifica el Artículo de la Ley 1 de 1995 y empezará a regir
a partir de su promulgación
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en la ciudad de Panamá, a los 21 días del mes de febrero de mil
novecientos noventa y cinco.
La Presidenta
El Secretario General
BALBINA HERRERA ARAUZ
ERASMO PINILLA C.
EL ORGANO EJECUTIVO NACIONAL PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, 4 de abril de 1995.
ERNESTO PEREZ BALLADARES
RAUL MONTENEGRO DIVIA ZO
Presidente de la República|
Ministro de Gobierno y Justicia
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Document Outline
- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. PROCESAL PENAL
- DER. PROCESAL CIVIL
- Código Judicial