Ley 74 De 1975
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
74
Referencia:
Año:
1975
Fecha(dd-mm-aaaa): 15-12-1975
Titulo: EL GOBIERNO NACIONAL ASUMIRA LAS OBLIGACIONES PROVENIENTES DE LOS
CONTRATOS QUE SE PACTEN POR LA DIRECCION DE AERONAUTICA CIVIL Y EL
INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION CON EL FONDO DE
INVERSIONES DE VENEZUELA.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 17999
Publicada el: 05-01-1976
Rama del Derecho: DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Contratos públicos, Empresas públicas, Presupuesto
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
0.401
Rollo:
24
Posición:
1620
G.O. 17999
LEY 74
(de 15 de diciembre de 1975)
Por la cual se dictan medidas sobre unos empréstitos
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA
Artículo 1. El Gobierno Nacional asumirá las obligaciones provenientes de los
contratos que se pacten por la Dirección de Aeronáutica Civil y el Instituto de
Recursos Hidráulicos y Electrificación (IRHE), con el Fondo de Inversiones de
Venezuela, autorizados mediante Resolución No. del Consejo de Gabinete de
1975.
Artículo 2. En consecuencia, el Gobierno Nacional se hará cargo de los pagos
en concepto de amortización, intereses y demás gastos sobre los empréstitos a
que se refiere el artículo anterior.
Artículo 3. Autorízase la inclusión en el Presupuesto de Rentas y Gastos de la
Nación, de las partidas necesarias para sufragar los gastos a que se refiere el
artículo anterior.
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir a partir de su aprobación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 15 días del mes de diciembre de mil
novecientos setenta y cinco.
Ing. DEMETRIO B. LAKAS
GERARDO GONZALEZ
Presidente de la República
Vicepresidente de la República
DARIO GONZALEZ PITTY
Presidente de la Asamblea Nacional
de Representantes de Corregimientos
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- Presupuesto
- Contratos públicos
- Empresas públicas