Ley 73 De 2009
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ASAMBLEA NACIONAL
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
Referencia:
73
Año: 2009
Fecha(dd-mm-aaaa):11-11-2009
Titulo: QUE ADICIONA UN ARTICULO TRANSITORIO AL CODIGO FISCAL PARA AUTORIZAR LA
ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS AL CONJUNTO MONUMENTAL HISTORICO DE
PANAMA VIEJO Y ESTABLECE LA NORMATIVA CORRESPONDIENTE.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL
Gaceta Oficial: 26406-D
Publicada el:13-11-2009
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Finanzas públicas, Código Fiscal, Monedas, Dinero
Páginas: 4
Tamaño en Mb:
0.159
Rollo: 570
Posición:
549
TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA
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LEY 73
De 11 de noviembre de 2009
Que adiciona un artículo transitorio al Código Fiscal para autorizar la acuñación
de monedas conmemorativas al Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo
y establece la normativa correspondiente
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se adiciona el artículo 1172-X (transitorio) al Código Fiscal, así:
Artículo 1172-X (transitorio). Se crea, durante los años 2010 al 2019, una
colección de monedas de medio balboa (B/.0.50) para resaltar la importancia del
Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo, contribuir a su puesta en valor y
conmemorar la celebración de los quinientos años de fundación de la ciudad de
Panamá.
Cada moneda tendrá un diámetro de 30.61 milímetros y un peso de 11.34
gramos. La capa exterior será una aleación de 75% de cobre y 25% de níquel y el
centro será totalmente de cobre. Esta acuñación consistirá en tres millones de
monedas de especímenes de calidad corriente cada año, que totaliza treinta millones
de monedas de circulación corriente.
Además, se acuñarán, durante los años 2013, 2014 y 2019, dos mil monedas
de calidad de prueba cada año, las cuales tendrán el mismo diseño que la respectiva
moneda de circulación de ese año; sin embargo, su contenido metálico será de plata
fina de ley con una pureza de 99.99% y deberá gravarse y certificarse en cada
moneda por la casa acuñadora.
Las monedas a que se refiere este artículo podrán tener variaciones en
diámetro o peso dentro de un límite o margen de tolerancia que en ningún caso
podrá sobrepasar el 5% de las especificaciones aquí señaladas, así como en la
cantidad.
Artículo 2. La moneda conmemorativa al Conjunto Monumental Histórico de Panamá
Viejo cada año tendrá diseños distintos en el anverso, así:
1.
Año 2010: en el centro, la imagen del Convento de la Concepción de Panamá Viejo
y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción:
Convento de la Concepción; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte
inferior, el año de acuñación en cifras.
2.
Año 2011: en el centro, el diseño del escudo de los Habsburgo con una corona en la
parte superior, en el lado izquierdo del escudo las letras AP y en el lado derecho dos
i latinas; en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la
inscripción: Moneda de 1580; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte
inferior, el año de acuñación en cifras.
3.
Año 2012: en el centro, el dibujo de la fachada de las Casas Reales, como aparece
en una reproducción de 1590 conservada en el Archivo General de Indias, y en el
G.O. 26406-D
contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Casas
Reales; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte inferior, el año de
acuñación en cifras.
4.
Año 2013: en el centro, una imagen de Vasco Núñez de Balboa en actitud de
descubrir el Mar del Sur y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la
moneda, la inscripción: 500 años, y debajo de esta: Descubrimiento del Mar del Sur,
y en la parte inferior, el año de acuñación en cifras.
5.
Año 2014: en el centro, una imagen de Carlos V, quien tuvo la visión de construir
un canal por Panamá, y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la
moneda, la inscripción: Centenario del Canal; inmediatamente debajo: Carlos V, y
en la parte inferior, el año de acuñación en cifras.
6.
Año 2015: en el centro, una imagen del Convento de San José y en el contorno, en
la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Convento de San José;
inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte inferior, el año de acuñación en
cifras.
7.
Año 2016: en el centro, una imagen de la Iglesia y el Convento de la Compañía de
Jesús y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la
inscripción: Compañía de Jesús; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la
parte inferior, el año de acuñación en cifras.
8.
Año 2017: en el centro, una imagen del Aljibe del Convento de la Concepción y en
el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Aljibe
del Convento de la Concepción; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la
parte inferior, el año de acuñación en cifras.
9.
Año 2018: en el centro, una imagen del Convento de San Francisco y en el
contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Convento
de San Francisco; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte inferior, el
año de acuñación en cifras.
10.
Año 2019: en el centro, la figura de Pedro Arias Dávila, fundador de la ciudad de
Panamá y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la
inscripción: Pedro Arias Dávila; inmediatamente debajo: 500 años de la fundación
de la ciudad de Panamá, y en la parte inferior, el año de acuñación en cifras.
En el reverso, en el centro, la moneda llevará el Escudo de Armas de la República;
en el contorno, en la parte superior, la frase “República de Panamá”, y en la parte inferior,
el valor de la moneda en letras: MEDIO BALBOA. El borde de esta moneda será estriado.
Artículo 3. No obstante lo señalado en el artículo anterior, se faculta al Ministerio de
Economía y Finanzas para determinar un diseño y contenido artístico distinto de estas
monedas si fuera necesario, pero que mantenga imágenes alusivas a la historia colonial del
país y/o al Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo en su estado actual, así como
para negociar las características y la cantidad de dichas monedas dentro del total
autorizado, y aplicar las medidas conducentes al cumplimiento de esta Ley.
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O. 26406-D
Artículo 4. Las monedas descritas en esta Ley tendrán la plena condición de moneda de
curso legal que se otorga a las monedas nacionales.
Artículo 5. El derecho de señoreaje proveniente de la acuñación de las monedas de calidad
corriente conmemorativas al Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo, durante el
periodo 2010 al 2019, previa deducción de los gastos que le genere esta acuñación al Banco
Nacional de Panamá, será trasferido a favor del Patronato Panamá Viejo. Asimismo, el
costo de las acuñaciones de monedas de calidad de prueba durante los años 2013, 2014 y
2019 será deducido del señoreaje que se transferirá al Patronato Panamá Viejo en cada una
de estas vigencias fiscales.
Los fondos recibidos por concepto de señoreaje serán utilizados por el Patronato
Panamá Viejo exclusivamente para obras destinadas a la investigación, restauración,
mantenimiento, conservación y desarrollo de los programas correspondientes a la ejecución
del Plan Maestro del Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo.
Artículo 6. La presente Ley adiciona el artículo 1172-X (transitorio) al Código Fiscal.
Artículo 7. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 68 de 2009 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de
Panamá, a los quince días del mes de octubre del año dos mil nueve.
El Presidente,
José Luis Varela R.
El Secretario General,
Wigberto E. Quintero G.
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 11 DE NOVIEMBRE DE 2009.
RICARDO MARTINELLI B.
Presidente de la República
ALBERTO VALLARINO CLEMENT
Ministro de Economía y Finanzas
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
ASAMBLEA NACIONAL
LEY: 073
DE
2009
PROYECTO DE LEY: 2009_P_068.PDF
NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN
ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
ACTAS DEL PLENO
2009_10_15_A_PLENO.PDF
Document Outline
- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- ACTAS DEL PLENO
- DER. ADMINISTRATIVO
- DER. FINANCIERO
- Código Fiscal
- Finanzas públicas
- Dinero
- Monedas