Ley 7 De 1982
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
7
Referencia:
Año:
1982
Fecha(dd-mm-aaaa): 17-03-1982
Titulo: POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 4 DE LA LEY 18 DE 13 DE AGOSTO DE 1981,
QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PANAMA.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 19532
Publicada el: 25-03-1982
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Universidades, Universidad de Panamá, Educación
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.180
Rollo:
19
Posición:
623
G.O.19532
LEY 7
(De 17 de marzo de 1982)
Por la cual se modifica el artículo 4 de la Ley 18 de 13 de agosto de 1981, que
crea la Universidad Tecnológica de Panamá.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
ARTÍCULO 1.
El artículo 4 de la Ley 18 de 13 de agosto de 1981, quedará
así:
Artículo 4: Esta Ley estará en vigencia hasta el día 31 de mayo de 1982.
Durante dicho término la Universidad Tecnológica de Panamá, a través del
Ministerio de Educación, presentará el Proyecto de Ley Integral al respecto.
ARTÍCULO 2.
Esta Ley es de orden público e interés social, por lo tanto,
empezará a regir a partir del día 18 de febrero de 1982.
COMUNíQUESE Y PUBLíQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 17 días del mes de marzo de mil
novecientos ochenta y dos
H.R. DR. LUIS DE LEON ARIAS
Presidente del Consejo Nacional
de Legislación
CARLOS CALZADILLA GONZALEZ
Secretario General del Consejo
Nacional de Legislación
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 17 de marzo de 1982
ARISTIDES ROYO S.
Presidente de la República
SUSANA R. DE TORRIJOS
Ministra de Educación
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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