Ley 56 De 2005
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ASAMBLEA NACIONAL
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
56
Referencia:
Año:
2005
Fecha(dd-mm-aaaa): 28-12-2005
Titulo: QUE APRUEBA LA ADENDA No. 1 AL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTASO Y LA
SOCIEDAD MOTORES INTERNACIONALES, S.A., AUTORIZADO MEDIANTE LA LEY 31 DE 21
DE DICIEMBRE DE 1993
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL
Gaceta Oficial: 25454
Publicada el: 29-12-2005
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. MARITIMO
Palabras Claves: Puertos, Transporte de carga, Contenedores, Concesiones, Contratos públicos
Páginas:
10
Tamaño en Mb:
0.818
Rollo:
545
Posición:
840
TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA
WWW.ASAMBLEA.GOB.PA
G.O. 25454
LEY No. 56
De 28 de Diciembre de 2005
Que aprueba la Adenda No.1 al Contrato suscrito entre el Estado
y la Sociedad Motores Internacionales, S.A., autorizado mediante
la Ley 31 de 21 de diciembre de 1993
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, la Adenda No.1 al Contrato No.73 de 15 de
diciembre de 1993, para la Operación, Desarrollo y Administración de una Terminal de
Contenedores en el Puerto de Manzanillo, Coco Solo, Provincia de Colón, entre el
ESTADO y la sociedad MOTORES INTERNACIONALES, S.A., autorizado mediante la
Ley 31 de 21 de diciembre de 1993, cuyo texto es el siguiente:
ADDENDA No.1
Celebrada entre EL ESTADO y la Sociedad MOTORES INTERNACIONALES, S.A.
Entre los suscritos a saber RUBÉN AROSEMENA VALDÉS, varón, panameño, mayor de
edad, casado, con cédula de identidad personal número 8-222-1514, abogado y vecino de
esta ciudad, en su condición de Administrador y Representante Legal de LA
AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, debidamente facultado para este acto
mediante Resolución de Junta Directiva No.007-2005 de 16 de junio de 2005 de la
Autoridad Marítima de Panamá, la Nota CENA/132 de 21 de junio de 2005, emitida por el
Consejo Económico Nacional y Resolución de Gabinete No.26 de 23 de junio de 2005,
emitida por el Consejo de Gabinete, mediante las cuales se otorgó concepto favorable,
quien en lo sucesivo se denominará EL ESTADO, por una parte; y por la otra los señores
CARLOS URRIOLA, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal
No.8-194-679 y ENRIQUE DIAMOND, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de
identidad personal No.8-237-1150, ambos con facultad para actuar de forma conjunta, en su
condición de apoderados generales de la sociedad MANZANILLO INTERNATIONAL
TERMINAL – PANAMA, S.A., debidamente inscrita en la Ficha 286856, Rollo 42169,
Imagen 0052 de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público de Panamá
y actuando en su condición de Cesionaria de los derechos de MOTORES
INTERNACIONALES, S.A., quien en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA,
convienen en lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que mediante Ley No. 31 de 21 de diciembre de 1993, se aprobó el Contrato No.73 de 15
de diciembre de 1993, para la Operación, Desarrollo y Administración de una Terminal de
Contenedores en el Puerto de Manzanillo, Coco Solo, Provincia de Colón, entre EL
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ESTADO y la sociedad MOTORES INTERNACIONALES, S.A. (en adelante EL
CONTRATO DE CONCESIÓN)
Que la empresa MOTORES INTERNACIONALES, S.A. cedió a favor de la sociedad
MANZANILLO INTERNATIONAL TERMINAL - PANAMA, S.A., todos los
derechos, obligaciones, beneficios y exoneraciones de EL CONTRATO DE
CONCESIÓN.
Que de conformidad con la Cláusula Décima Cuarta de EL CONTRATO DE
CONCESIÓN, LA EMPRESA podrá llevar a cabo las actividades previstas en el Contrato
Ley antes mencionado en las áreas denominadas como adyacentes, previa declaratoria de
LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ.
Que en virtud del incremento de las operaciones de LA EMPRESA, ésta solicitó a LA
AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ que se declaren como áreas adyacentes los
siguientes terrenos, cuya ubicación y linderos se detallan en el Anexo I de esta Addenda:
Descripción
Área
Parcela No.2 (Previamente 4 Hectáreas + 4,851.63 M2
Segregada)
Parcela No.3 (Previamente 7 Hectáreas + 7,825.89 M2
Segregada)
Parcela 1225Q
2 Hectáreas + 2,670.37 M2
Parcela CS06-01
4 Hectáreas + 3,145.52 M2
Lote “G”
1,492.11 M2
Que como resultado de una negociación sostenida con LA EMPRESA, cuyo propósito
principal es promover la expansión del desarrollo portuario y mejorar las
contraprestaciones económicas recibidas por EL ESTADO, se acordó entre otros términos,
aumentar de seis dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$6.00) a nueve
dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$9.00) la tarifa por movimiento
de contenedor contemplada en EL CONTRATO DE CONCESIÓN, reducir de setenta
por ciento (70%) a cuarenta y cinco por ciento (45%) el porcentaje máximo de utilización
del crédito deducible a que LA EMPRESA tenga derecho, así como el pago de una suma
de dinero en concepto de derecho de uso y de contribución a proyectos de interés social.
Que la Junta Directiva de LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ emitió la
Resolución J.D. No. 001-2005 de 31 de marzo de 2005, por la cual declaró los polígonos
descritos en el Anexo I de la presente Addenda como ÁREAS ADYACENTES al Área del
Proyecto de LA EMPRESA y autorizó al Administrador para otorgar en concesión dichos
polígonos a LA EMPRESA.
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Que el Administrador de LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ emitió la
Resolución ADM No.184-2005 de 9 de junio de 2005 y luego de cumplidas las
formalidades legales, se otorgó Permiso de Concesión a LA EMPRESA sobre las ÁREAS
ADYACENTES declaradas bajo los términos y condiciones establecidos en la Resolución
J.D. No. 001-2005 de 31 de marzo de 2005, en tanto se perfeccionan los requisitos legales
necesarios para modificar EL CONTRATO DE CONCESIÓN.
Que EL ESTADO y LA EMPRESA han convenido en la celebración de la presente
Addenda para modificar EL CONTRATO DE CONCESIÓN y adicionar nuevos términos
que regirán la relación de las partes, de conformidad con las siguientes cláusulas:
CLÁUSULAS
PRIMERA: Las partes convienen en incorporar al régimen legal del Contrato No.73 de 15
de diciembre de 1993 aprobado mediante Ley No.31 de 21 de diciembre de 1993, como
Área del Proyecto de LA EMPRESA, los siguientes polígonos, cuya ubicación y linderos
se detallan en el Anexo I de esta Addenda:
Descripción
Área
Parcela No.2 (Previamente 4 Hectáreas + 4,851.63 M2
Segregada)
Parcela No.3 (Previamente 7 Hectáreas + 7,825.89 M2
Segregada)
Parcela 1225Q
2 Hectáreas + 2,670.37 M2
Parcela CS06-01
4 Hectáreas + 3,145.52 M2
Lote “G”
1,492.11 M2
Las áreas en cuestión se agregan por este medio a las que aparecen en el Anexo I del
Contrato No.73 de 15 de diciembre de 1993.
SEGUNDA: Las partes convienen en incorporar en la parte final de la cláusula PRIMERA
de EL CONTRATO DE CONCESIÓN, el siguiente párrafo:
LA EMPRESA iniciará a partir del año 2005 un proyecto de expansión
portuaria, de conformidad con los términos y planes de expansión presentados
en LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ. Para tales efectos, LA
EMPRESA se compromete a realizar una inversión mínima de doscientos
millones de dólares de los Estados Unidos de América
(US$200,000,000.00).
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TERCERA: Las partes acuerdan adicionar a la cláusula SEGUNDA de EL CONTRATO
DE CONCESIÓN, la Sección denominada OTRAS CONTRIBUCIONES que será del
siguiente tenor:
OTRAS CONTRIBUCIONES.
a) Derecho de Uso
LA EMPRESA pagará a EL ESTADO en un sólo pago, la suma de dieciséis
millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América con 00/100
(US$16,500,000.00), como contraprestación por el ejercicio de los derechos de
concesión sobre los polígonos incorporados al Área del Proyecto de LA
EMPRESA, descritos en el Anexo I que forma parte integral de la presente
Addenda, por el período de tiempo que LA EMPRESA tenga en concesión el Área
del Proyecto en base a EL CONTRATO DE CONCESIÓN.
b) Proyecto Social y Comunitario
LA EMPRESA se compromete a ejecutar, a su propio costo, el o los proyectos
específicos de desarrollo social y comunitario en la Provincia de Colón que el
Gobierno Nacional le indique, por conducto del Ministerio de la Presidencia, hasta
por una suma de dos millones de dólares de los Estados Unidos de América con
00/100 (US$2,000,000.00).
Dicho proyecto o proyectos serán ejecutados en un plazo máximo de tres (3) años a
partir del momento en que el Ministerio de la Presidencia notifique a LA
EMPRESA cuál o cuáles serán los proyectos de desarrollo social y comunitario que
deba ejecutar.
CUARTA: Para los efectos de la tarifa por movimiento establecida en seis dólares de los
Estados Unidos de América con 00/100 (US$6.00) en la cláusula SEGUNDA de EL
CONTRATO DE CONCESIÓN, las partes acuerdan lo siguiente:
El pago por el cargo de “Movimiento” que LA EMPRESA deberá efectuar a
EL ESTADO será de nueve dólares de los Estados Unidos de América
(US$9.00), por movimiento. El período de vigencia de esta tarifa se
extenderá hasta el 31 de diciembre de 2011. A partir de esta fecha las tarifas
por “Movimiento” serán revisadas y ajustadas cada cinco (5) años para los
próximos cinco (5) años, en base al índice de precios publicado por la
Contraloría General de la República, pero en ningún caso el aumento excederá
de diez por ciento (10%).
QUINTA: Para los efectos del porcentaje de utilización del crédito deducible, las partes
acuerdan lo siguiente:
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LA EMPRESA reducirá de un setenta por ciento (70%) a un cuarenta y cinco
por ciento (45%) el porcentaje de la tarifa por “Movimiento”, que puede ser
pagado por LA EMPRESA con cargo a créditos, a fin de mejorar el flujo de
pagos en efectivo que recibirá el Estado. LA EMPRESA sólo podrá aplicar
sus créditos con cargo a la tarifa por “Movimiento”.
Queda entendido que esta Addenda no modifica a favor de LA EMPRESA,
ni amplía de manera alguna los derechos de LA EMPRESA existentes al
momento de la adopción de la presente Addenda en torno a la existencia, el
reconocimiento de créditos y los conceptos en los que se basan los mismos.
SEXTA: La validez de esta Addenda estará sujeta a la aprobación previa del Consejo
Económico Nacional, el Consejo de Gabinete y la Asamblea Nacional de la República de
Panamá.
Para constancia de lo cual se extiende y firma la presente Addenda No.1 en la ciudad de
Panamá, a los nueve (09) días del mes de agosto de dos mil cinco (2005).
POR EL ESTADO
POR LA EMPRESA
(FDO.)
(FDO.)
RUBEN AROSEMENA VALDÉS
CARLOS URRIOLA
ADMINISTRADOR DE LA AUTORIDAD
APODERADO GENERAL
MARÍTIMA DE PANAMÁ
MANZANILLO INTERNATIONAL
TERMINAL - PANAMA, S.A.
(FDO.)
ENRIQUE DIAMOND
APODERADO GENERAL
MANZANILLO INTERNATIONAL
TERMINAL - PANAMA, S.A.
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REFRENDO:
(FDO.)
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DE POLÍGONOS PARA LA
INCORPORACIÓN DE ÁREAS A
MANZANILLO INTERNATIONAL TERMINAL, S.A.
DESCRIPCIÓN
ÁREA
Polígono 1, Parcela 2
4 Hectáreas + 4,851.63 M2
Polígono 1, Parcela 3
7 Hectáreas + 7,825.89 M2
Parcela 1225Q
2 Hectáreas + 2,670.37 M2
Parcela CS06-01
4 Hectáreas + 3,145.52 M2
Parcela “G”
0 Hectáreas + 1,492.11 M2
POLÍGONO 1, PARCELA 2
(4 Has + 4,851.63 m²)
Partiendo del punto 6, con Coordenadas Norte 1036049.140 y Este 623410.750 se mide una
Distancia de 268.390 m con Rumbo S 86º 45' 57'' W, para llegar al punto 1.
Partiendo del punto 1, con Coordenadas Norte 1036034.011 y Este 623142.777 se mide una
Distancia de 83.698 m con Rumbo N 03º 36' 12'' W, para llegar al punto 2.
Partiendo del punto 2, con Coordenadas Norte 1036117.544 y Este 623137.517 se mide una
Distancia de 72.401 m con Rumbo N 06º 44' 23'' E, para llegar al punto C.
Partiendo del punto C, con Coordenadas Norte 1036189.165 y Este 623129.053 se mide
una Distancia de 266.800 m con Rumbo N 08º 43' 21'' W, para llegar al punto B.
Partiendo del punto B, con Coordenadas Norte 1036229.625 y Este 623392.767 se mide
una Distancia de 181.379 m con Rumbo S 05º 41' 24'' E, para llegar al punto 6.
POLÍGONO 1, PARCELA 3
(7 Has + 7,825.89 m²)
Partiendo del punto A, con Coordenadas Norte 1036274.018 y Este 623686.728 se mide
una Distancia de 297.290 m con Rumbo S 81º 24' 44'' N, para llegar al punto B.
Partiendo del punto B, con Coordenadas Norte 1036229.625 y Este 623392.767 se mide
una Distancia de 181.379 m con Rumbo S 05º 41' 24'' E, para llegar al punto 6.
Partiendo del punto 6, con Coordenadas Norte 1036049.140 y Este 623410.750 se mide una
Distancia de 138.640 m con Rumbo S 05º 41' 24'' E, para llegar al punto 7.
Partiendo del punto 7, con Coordenadas Norte 1035911.182 y Este 623424.495 se mide una
Distancia de 18.289 m con Rumbo N 78º 00' 05'' E, para llegar al punto 8.
Partiendo del punto 8, con Coordenadas Norte 1035914.984 y Este 623442.385 se mide una
Distancia de 2.958 m con Rumbo S 12º 16' 44'' E, para llegar al punto 9.
Partiendo del punto 9, con Coordenadas Norte 1035912.094 y Este 623443.014 se mide una
Distancia de 55.920 m con Rumbo N 66º 39' 52'' E, para llegar al punto 10.
Partiendo del punto 10, con Coordenadas Norte 1035934.245 y Este 623494.360 se mide
una Distancia de 105.990 m con Rumbo N 54º 35' 50'' E, para llegar al punto 11.
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Partiendo del punto 11, con Coordenadas Norte 1035995.647 y Este 623580.752 se mide
una Distancia de 100.486 m con Rumbo N 71º 11' 17'' E, para llegar al punto 12.
Partiendo del punto 12, con Coordenadas Norte 1036028.050 y Este 623675.870 se mide
una Distancia de 161.440 m con Rumbo N 04º 15' 33'' E, para llegar al punto 13.
Partiendo del punto 13, con Coordenadas Norte 1036189.044 y Este 623687.860 se mide
una Distancia de 84.712 m con Rumbo N 00º 45' 37'' W, para llegar al punto A.
PARCELA 1225Q
(2 Has + 2,670.37 m²)
Partiendo del punto 23, con Coordenadas Norte 1035261.778 y Este 622726.422 se mide
una Distancia de 64.070 m con Rumbo N 20º 10' 04'' W, para llegar al punto 24.
Partiendo del punto 24, con Coordenadas Norte 1035321.9199 y Este 622704.3321 se mide
una Distancia de 17.390 m con Rumbo N 69º 10' 08'' E, para llegar al punto 25.
Partiendo del punto 25, con Coordenadas Norte 1035328.104 y Este 622720.5854 se mide
una Distancia de 73.550 m con Rumbo N 20º 13' 30'' W, para llegar al punto 26.
Partiendo del punto 26, con Coordenadas Norte 1035397.1191 y Este 622695.1586 se mide
una Distancia de 23.190 m con Rumbo N 01º 44' 32'' E, para llegar al punto 27.
Partiendo del punto 27, con Coordenadas Norte 1035420.2984 y Este 622695.8637 se mide
una Distancia de 30.190 m con Rumbo N 25º 05' 56'' E, para llegar al punto 28.
Partiendo del punto 28, con Coordenadas Norte 1035447.6377 y Este 622708.6697 se mide
una Distancia de 31.120 m con Rumbo N 19º 36' 59'' E, para llegar al punto 29.
Partiendo del punto 29, con Coordenadas Norte 1035476.9516 y Este 622719.1173 se mide
una Distancia de 46.280 m con Rumbo N 14º 36' 11'' E, para llegar al punto 30.
Partiendo del punto 30, con Coordenadas Norte 1035521.7365 y Este 622730.7855 se mide
una Distancia de 22.280 m con Rumbo N 81º 49' 48'' W, para llegar al punto 31.
Partiendo del punto 31, con Coordenadas Norte 1035524.9028 y Este 622708.7316 se mide
una Distancia de 32.880 m con Rumbo N 81º 08' 48'' W, para llegar al punto 4.
Partiendo del punto 4, con Coordenadas Norte 1035529.9632 y Este 622676.2434 se mide
una Distancia de 8.220 m con Rumbo S 04º 06' 55'' E, para llegar al punto 5.
Partiendo del punto 5, con Coordenadas Norte 1035521.7644 y Este 622676.8333 se mide
una Distancia de 27.950 m con Rumbo S 14º 23' 57'' W, para llegar al punto 6.
Partiendo del punto 6, con Coordenadas Norte 1035494.6924 y Este 622669.8828 se mide
una Distancia de 5.620 m con Rumbo S 24º 49' 56'' W, para llegar al punto 7.
Partiendo del punto 7, con Coordenadas Norte 1035489.592 y Este 622667.5226 se mide
una Distancia de 50.430 m con Rumbo S 29º 43' 05'' W, para llegar al punto 8.
Partiendo del punto 8, con Coordenadas Norte 1035445.7948 y Este 622642.5228 se mide
una Distancia de 6.100 m con Rumbo S 45º 40' 15'' W, para llegar al punto 9.
Partiendo del punto 9, con Coordenadas Norte 1035441.5322 y Este 622638.1593 se mide
una Distancia de 27.440 m con Rumbo S 65º 13' 05'' W, para llegar al punto 10.
Partiendo del punto 10, con Coordenadas Norte 1035430.0303 y Este 622613.2462 se mide
una Distancia de 5.330 m con Rumbo S 51º 57' 36'' W, para llegar al punto 11.
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Partiendo del punto 11, con Coordenadas Norte 1035426.7459 y Este 622609.0484 se mide
una Distancia de 29.480 m con Rumbo S 39º 01' 11'' W, para llegar al punto 12.
Partiendo del punto 12, con Coordenadas Norte 1035403.842 y Este 622590.4882 se mide
una Distancia de 19.920 m con Rumbo S 32º 49' 03'' W, para llegar al punto 13.
Partiendo del punto 13, con Coordenadas Norte 1035387.1012 y Este 622579.6922 se mide
una Distancia de 19.990 m con Rumbo S 16º 14' 26'' W, para llegar al punto 14.
Partiendo del punto 14, con Coordenadas Norte 1035367.9089 y Este 622574.1016 se mide
una Distancia de 20.060 m con Rumbo S 00º 59' 58'' E, para llegar al punto 15.
Partiendo del punto 15, con Coordenadas Norte 1035347.852 y Este 622574.4515 se mide
una Distancia de 19.970 m con Rumbo S 16º 26' 17'' E, para llegar al punto 16.
Partiendo del punto 16, con Coordenadas Norte 1035328.6982 y Este 622580.1026 se mide
una Distancia de 20.040 m con Rumbo S 33º 19' 59'' E, para llegar al punto 17.
Partiendo del punto 17, con Coordenadas Norte 1035311.955 y Este 622591.1147 se mide
una Distancia de 19.790 m con Rumbo S 50º 16' 07'' E, para llegar al punto 18.
Partiendo del punto 18, con Coordenadas Norte 1035299.3054 y Este 622606.3341 se mide
una Distancia de 20.240 m con Rumbo S 70º 32' 39'' E, para llegar al punto 19.
Partiendo del punto 19, con Coordenadas Norte 1035292.5639 y Este 622625.4184 se mide
una Distancia de 42.540 m con Rumbo N 88º 51' 18'' E, para llegar al punto 20.
Partiendo del punto 20, con Coordenadas Norte 1035293.414 y Este 622667.9499 se mide
una Distancia de 8.150 m con Rumbo S 74º 42' 06'' E, para llegar al punto 21.
Partiendo del punto 21, con Coordenadas Norte 1035291.2636 y Este 622675.8111 se mide
una Distancia de 35.300 m con Rumbo S 60º 12' 10'' E, para llegar al punto 22.
Partiendo del punto 22, con Coordenadas Norte 1035273.7219 y Este 622706.4441 se mide
una Distancia de 23.280 m con Rumbo S 60º 12' 10'' E, para llegar al punto 23.
LOTE G
(0 Has + 1,492.11 m²)
Partiendo del punto 4, con Coordenadas Norte 1035529.963 y Este 622676.243 se mide una
Distancia de 32.880 m con Rumbo S 81º 08' 48'' E, para llegar al punto 31.
Partiendo del punto 31, con Coordenadas Norte 1035524.9028 y Este 622708.7316 se mide
una Distancia de 7.990 m con Rumbo N 06º 01' 06'' W, para llegar al punto 32.
Partiendo del punto 32, con Coordenadas Norte 1035532.849 y Este 622707.894 se mide
una Distancia de 42.290 m con Rumbo N 19º 44' 10'' W, para llegar al punto 33.
Partiendo del punto 33, con Coordenadas Norte 1035572.6545 y Este 622693.6131 se mide
una Distancia de 9.290 m con Rumbo N 44º 11' 44'' W, para llegar al punto 34.
Partiendo del punto 34, con Coordenadas Norte 1035576.8050 y Este 622689.5780 se mide
una Distancia de 30.152 m con Rumbo S 62º 55' 25'' W, para llegar al punto 35.
Partiendo del punto 35, con Coordenadas Norte 1035563.0810 y Este 622662.7310 se mide
una Distancia de 0.940 m con Rumbo S 71º 42' 50'' W, para llegar al punto 1.
Partiendo del punto 1, con Coordenadas Norte 1035562.7860 y Este 622661.8390 se mide
una Distancia de 5.364 m con Rumbo S 44º 22' 07'' E, para llegar al punto 2.
ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA
G.O. 25454
Partiendo del punto 2, con Coordenadas Norte 1035558.9510 y Este 622665.5900 se mide
una Distancia de 5.160 m con Rumbo S 34º 01' 43'' E, para llegar al punto 3.
Partiendo del punto 3, con Coordenadas Norte 1035554.6749 y Este 622668.4772 se mide
una Distancia de 25.900 m con Rumbo S 17º 26' 04'' E, para llegar al punto 4.
PARCELA CSO6-01
(4 Has + 3,145.52 m²)
Partiendo del punto 2, con Coordenadas Norte 1035551.571 y Este 622737.257 se mide una
Distancia de 13.33 m con Rumbo S 44º 45' 43'' E, para llegar al punto 3.
Partiendo del punto 3, con Coordenadas Norte 1035542.106 y Este 622746.644 se mide una
Distancia de 342.04 m con Rumbo N 62º 11' 25'' E, para llegar al punto 4.
Partiendo del punto 4, con Coordenadas Norte 1035701.681 y Este 623049.179 se mide una
Distancia de 196.03 m con Rumbo N 61º 55' 57'' W, para llegar al punto 5.
Partiendo del punto 5, con Coordenadas Norte 1035793.915 y Este 622876.203 se mide una
Distancia de 99.02 m con Rumbo N 55º 27' 15'' W, para llegar al punto 1.
Partiendo del punto 1, con Coordenadas Norte 1035850.066 y Este 622794.643 se mide una
Distancia de 303.95 m con Rumbo S 10º 53' 02'' W, para llegar al punto 2.
Artículo 2. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
Aprobada en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 16 días
del mes de diciembre del año dos mil cinco.
El Presidente,
Elías A. Castillo G.
El Secretario General,
Carlos José Smith S.
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. PANAMA,
REPUBLICA DE PANAMA, 28 DE DICIEMBRE DE 2005.
MARTIN TORRIJOS ESPINO
Presidente de la República
ALEJANDRO FERRER
Ministro de Comercio e Industrias
ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA
ASAMBLEA NACIONAL
LEY: 056
DE
2005
PROYECTO DE LEY: 2005_P_170.PDF
NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN
ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
ACTAS DEL PLENO
2005_12_15_A_PLENO.PDF
2005_12_16_V_PLENO.PDF
2005_12_19_V_PLENO.PDF
2005_12_20_V_PLENO.PDF
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