Ley 56 De 2002
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
56
Referencia:
Año:
2002
Fecha(dd-mm-aaaa): 05-12-2002
Titulo: QUE CREA EL CORREGIMIENTO LAS LOMAS, EN EL DISTRITO DE LA PINTADA,
PROVINCIA DE COCLE, MODIFICA EL ARTICULO 8 DE LEY 58 DE 1998 Y DICTA OTRAS
DISPOSICIONES
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 24700
Publicada el: 16-12-2002
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Organizaciones gubernamentales, Corregimientos
Páginas:
6
Tamaño en Mb:
0.366
Rollo:
525
Posición:
1572
G.O. 24700
LEY No. 56
De 5 de Diciembre de 2002
Que crea el corregimiento Las Lomas, en el distrito de La Pintada, provincia
de Coclé, modifica el artículo 8 de Ley 58 de 1998 y dicta otras disposiciones
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se crea el corregimiento Las Lomas, segregado del corregimiento El Harino, en el
distrito de La Pintada, provincia de Coclé.
Artículo 2. El artículo 8 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 8. El distrito de La Pintada se divide en seis corregimientos a saber: La Pintada
(cabecera), El Harino, El Potrero, Las Lomas, Llano Grande y Piedras Gordas. La
cabecera del distrito es el poblado de La Pintada. Los límites de los corregimientos del
distrito de La Pintada son los siguientes:
1.
Corregimiento La Pintada (cabecera)
a.
Con el corregimiento Llano Grande:
Desde el punto donde el camino que comunica La Pintada con Perico cruza el río
Pagua, se continúa por este río aguas abajo hasta su unión con el río Coclé, el cual se
continúa aguas abajo hasta el cruce del camino que va de La Pintada a Llano Grande; de
este punto, línea recta Sureste a la cima del cerro Guararé; de aquí, línea recta a la unión
de la quebrada Los Muertos con la quebrada El Copé; se continúa esta última quebrada
aguas arriba hasta encontrar el camino que va de Perecabé a Llano Grande; desde este
cruce, línea recta Sureste a la boca de la quebrada Las Tranquillas en el río Perecabé;
desde este cruce, aguas arriba por este último río hasta donde la quebrada Santa Cruz le
vierte sus aguas, en los límites con el distrito de Penonomé.
b.
Con el corregimiento El Potrero:
Desde la cima del cerro Guacamaya, en los límites con el distrito de Penonomé,
línea recta Noreste al nacimiento de la quebrada El Cuarto, aguas abajo esta quebrada,
hasta su desagüe en la quebrada Toro Bravo, esta última quebrada aguas abajo hasta
donde la cruza el camino que conduce de Toro Bravo a Las Cuestas; de este cruce, línea
recta Noreste a la cima del cerro Colorado, desde esta cima, se continúa hacia el Noroeste
por la cordillera que divide las aguas del río Potrero, de las aguas de la quebrada
Boquilla, pasando por el cerro San Francisco y el cerro Picacho, hasta la cima de loma
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Potrellano; desde esta cima línea recta Noroeste a la confluencia de la quebrada Palomo
con el río Potrero.
c.
Con el corregimiento Piedras Gordas:
Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, aguas arriba
dicho río hasta la boca de la quebrada Corral; se continúa aguas arriba esta quebrada
hasta donde recibe las aguas de la quebrada El Toro, la cual se continúa hasta su
nacimiento en el cerro Zumbador, luego se continúa en línea recta con dirección Este
hasta encontrar la cima del cerro Grande, de donde sigue en línea recta Noreste hasta
encontrar el nacimiento de la quebrada Sucia; de aquí, se continúa la quebrada Sucia
aguas abajo donde la cruza el camino que une a los caseríos El Baco y Pagua; se sigue
este camino con dirección a Pagua hasta el punto donde cruza el río Pagua.
2.
Corregimiento El Harino
a.
Con el corregimiento Las Lomas:
Desde la desembocadura de la quebrada La Colorada en el río Grande, aguas
arriba esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, línea recta con dirección Noreste a la
cota con elevación 630mts; desde aquí se prosigue en línea recta con dirección Noroeste
al nacimiento de la quebrada La Colorada, aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia
en el río Villalobos o quebrada EL Jobo; de ahí, aguas arriba esta quebrada, hasta su
nacimiento; se continúa por la divisoria de aguas de la quebrada La Pita y quebrada
Grande, con dirección Noroeste a la cima del cerro La Pita; se sigue por la divisoria de
aguas entre los ríos Colorado y Zapillo hasta encontrar la Cordillera Central; se continúa
por dicha cordillera en dirección Oeste hasta encontrar los límites entre las provincias de
Colón y Coclé.
b.
Con el corregimiento Piedras Gordas:
Desde el punto donde la quebrada La Mona la línea limítrofe con el distrito de
Donoso, aguas arriba la mencionada quebrada hasta su nacimiento; desde esta cabecera
se continúa por la cordillera que separa las aguas de los ríos Limón y Guabal de las aguas
del río Platanal, pasando por los cerros Hacha y La Cruz, hasta el cerro Marta, en la
División Continental. Desde la cima del cerro Marta, se continúa por toda la divisoria de
aguas de los ríos Marta y Platanal pasando por el cerro Juan Julio; desde este punto, por
toda la divisoria de los ríos Marta y Bermejo, pasando por la cima de los cerros Buenos
Aires y Pelado; desde la cima de este cerro, se sigue en línea recta Suroeste hasta la unión
del río hasta la boca de la quebrada La Guayaba; desde esta confluencia, línea recta
Sureste a la cima del cerro Alto de Jorones; desde este cerro, línea recta Suroeste al
nacimiento de la quebrada Rastroja.
c.
Con el corregimiento El Potrero:
Desde el nacimiento de la quebrada Rastroja, aguas abajo esta quebrada hasta su
unión con la quebrada Las Tablas; de aquí, línea recta Noroeste a la confluencia del río
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Villalobos con el río Harino; aguas abajo este último río hasta su desembocadura en el río
Grande.
3.
Corregimiento El Potrero
a.
Con el corregimiento Piedras Gordas:
Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, se continúa
aguas arriba por dicha quebrada hasta el cruce del camino que une a los caseríos El
Palomo y La Hincada; se sigue en dirección a La Hincada hasta la cima del cerro Grande.
De este punto, línea recta Noroeste hasta el nacimiento de la quebrada Rastroja.
b.
Con el corregimiento La Pintada (cabecera):
Desde la cima del cerro Guacamaya, en los límites con el distrito de Penonomé,
línea recta Noroeste al nacimiento de la quebrada El Cuarto, por el curso de esta
quebrada, hasta su desagüe en la quebrada Toro Bravo, esta última quebrada aguas abajo
hasta donde la cruza el camino que comunica de Toro Bravo a Las Cuestas; de este cruce,
línea recta Noroeste a la cima del cerro Colorado; desde esta cima, se continúa hacia el
Noroeste por la cordillera que divide las aguas del río Potrero de las aguas de la quebrada
Boquilla, pasando por el cerro San Francisco y el cerro Picacho, hasta la cima de loma
Potrellano; desde esta cima, línea recta Noroeste a la confluencia de la quebrada Palomo
con el río Potrero.
c.
Con el corregimiento El Harino:
Desde el nacimiento de la quebrada Rastroja, aguas abajo esta quebrada hasta su
unión con la quebrada Las Tablas; de aquí, se prosigue en línea recta Noroeste a la
confluencia del río Villalobos con el río Harino; aguas abajo este último río hasta su
desembocadura en el río Grande.
4.
Corregimiento Las Lomas
a.
Con el corregimiento El Harino:
Desde la desembocadura de la quebrada La Colorada en el río Grande, aguas
arriba esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, línea recta con dirección Noreste a la
cota con elevación 630mts; de ahí, línea recta con dirección Noroeste al nacimiento de la
quebrada La Colorada, aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia en el río
Villalobos o quebrada El Jobo; de ahí, aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento; se
continúa por la divisoria de aguas de la quebrada La Pita y quebrada Grande, con
dirección Noroeste a la cima del cerro La Pita; se sigue por la divisoria de aguas entre los
ríos Colorado y Zapillo hasta encontrar la Cordillera Central; se continúa por dicha
cordillera en dirección Oeste hasta encontrar los límites entre las provincias de Colón y
Coclé.
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5.
Corregimiento Llano Grande
a.
Con el corregimiento La Pintada (cabecera):
Desde el punto donde el camino que comunica La Pintada con Perico cruza el río
Pagua, se continúa por este río aguas abajo hasta su unión con el río Coclé, el cual se
continúa aguas abajo hasta el cruce del camino que va de La Pintada a Llano Grande; de
este punto, línea recta Sureste a la cima del cerro Guararé; de aquí, línea recta a la unión
de la quebrada Los Muertos con la quebrada El Copé; se continúa esta última quebrada
aguas arriba hasta encontrar el camino que va de Perecabé a Llano Grande; desde este
cruce, línea recta Sureste a la boca de la quebrada Las Tranquillas en el río Perecabé;
desde este cruce, aguas arriba por este último río hasta donde la quebrada Santa Cruz le
vierte sus aguas, en los límites con el distrito de Penonomé.
b.
Con el corregimiento Piedras Gordas:
Desde la confluencia del río Moreno con el río Coclesito, en los límites con el
distrito de Donoso, aguas arriba este último río hasta donde le vierte sus aguas la
quebrada Machón, la cual se continúa aguas arriba, hasta su nacimiento; desde esta
cabecera, línea recta Sureste hasta la cima del cerro Escobal; desde esta cima, línea recta
Suroeste al nacimiento de la quebrada Manguesal; desde aquí, se prosigue en línea recta
Sureste a la cabecera del río Ranchería; desde ahí, línea recta hacia el Suroeste,
atravesando la Divisoria Continental, pasando por el cerro Aguas Frías hasta el
nacimiento del río Pagua, el cual se continúa aguas abajo hasta donde lo cruza el camino
que va de Boca a Pagua.
6.
Corregimiento Piedras Gordas
a.
Con el corregimiento Llano Grande:
Desde la confluencia del río Moreno con el río Coclesito, en los límites con el
distrito de Donoso, aguas arriba este último río hasta donde le vierte sus aguas la
quebrada Machón, la cual continúa aguas arriba hasta su nacimiento; desde esta cabecera,
línea recta Sureste, hasta la cima del cerro Escobal, desde esta cima, línea recta Suroeste
al nacimiento de la quebrada Manguesal; desde aquí, línea recta Sureste a la cabecera del
río Ranchería; desde aquí, línea recta hacia el Suroeste, atravesando la Divisoria
Continental, pasando por el cerro Aguas Frías hasta el nacimiento del río Pagua, el cual
se continúa aguas abajo, hasta donde lo cruza el camino que va de Boca a Pagua.
b.
Con el corregimiento La Pintada (cabecera):
Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, aguas arriba
dicho río hasta la boca de la quebrada Corral; se continúa aguas arriba esta quebrada
hasta donde recibe las aguas de la quebrada El Toro, la cual se continúa hasta su
nacimiento en el cerro Zumbador, luego se continúa en línea recta con dirección Este
hasta encontrar la cima del cerro Grande, de donde sigue en línea recta Noreste hasta
encontrar el nacimiento de la quebrada Sucia; de aquí, se continúa la quebrada Sucia
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aguas abajo donde la cruza el camino que une a los caseríos El Baco y Pagua; se sigue
este camino con dirección a Pagua hasta el punto donde lo cruza el río Pagua.
c.
Con el corregimiento El Potrero:
Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, se continúa
aguas arriba por dicha quebrada hasta el cruce del camino que une a los caseríos El
Palomo y La Hincada; se sigue en dirección a La Hincada hasta la cima del cerro Grande.
De este punto, línea recta Noroeste hasta el nacimiento de la quebrada Rastroja.
d.
Con el corregimiento El Harino:
Desde el punto donde la quebrada La Mona la línea limítrofe con el distrito de
Donoso, aguas arriba la mencionada quebrada hasta su nacimiento; desde esta cabecera
se continúa por toda la cordillera que separa las aguas de los ríos Limón y Guabal de las
aguas del río Platanal, pasando por los cerros Hacha y La Cruz, hasta el cerro Marta, en la
División Continental. Desde la cima del cerro Marta, se continúa por toda la divisoria de
aguas de los ríos Marta y Platanal pasando por el cerro Juan Julio; desde este punto por
toda la divisoria de los ríos Marta y Bermejo pasando por la cima de los cerros Buenos
Aires y Pelado; desde la cima de este cerro, se sigue en línea recta Suroeste hasta la unión
del río hasta la boca de la quebrada La Guayaba; desde esta confluencia, línea recta
Sureste a la cima del cerro Alto de Jorones; desde este cerro, línea recta Suroeste al
nacimiento de la quebrada Rastroja.
Artículo 3.
Las comunidades que comprende el nuevo corregimiento Las Lomas, sin perjuicio
de las que se establezcan después, son: Loma Bonita, Las Minas, Calabazo No.1, La Trinidad,
Ojo de Agua y Bajo Grande.
La cabecera del corregimiento Las Lomas será la comunidad de La Trinidad.
Artículo 4.
El Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas y la
Dirección de Estadística y Censo de la Controlaría General de la República, deberán brindar
asesoramiento al Municipio de La Pintada en lo concerniente a la organización, funcionamiento
y administración del corregimiento Las Lomas.
Artículo 5.
La elección del Representante del nuevo corregimiento Las Lomas, que
corresponda por razón de esta Ley, se hará dentro del ordenamiento del próximo periodo
electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral.
Artículo 6.
El actual Representante de Corregimiento de El Harino y las autoridades de
policía del corregimiento sujeto a segregación, conforme al artículo 1 de esta Ley, continuarán
ejerciendo sus funciones hasta tanto se haga la elección o designación de los funcionarios
correspondientes a la nueva división político-administrativa que esta Ley establece.
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Artículo 7. Se declara el distrito de San Lorenzo, polo de desarrollo socioeconómico. En
consecuencia, las inversiones que se realicen en actividades de la industria del turismo, la pesca,
la agroindustria, así como en la agricultura de exportación en este distrito, dentro de los cinco
años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, serán deducibles del impuesto sobre
la renta.
Artículo 8. La presente Ley modifica el artículo 8 de la Ley 58 de 29 de julio de 1998 y deroga
cualquier disposición contraria.
Artículo 9. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 23 días del
mes de octubre del año dos mil dos.
El Presidente,
Carlos R. Alvarado A.
El Secretario General Encargado,
Edwin E. Cabrera U.
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