Ley 55 De 1998
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
55
Referencia: 55
Año:
1998
Fecha(dd-mm-aaaa): 22-07-1998
Titulo: POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL D Y UN PARAGRAFO AL ARTICULO 1 DE LA LEY
26 DE 1997.
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 23593
Publicada el: 24-07-1998
Rama del Derecho: DER. AGRARIO
Palabras Claves: Agricultura y ganadería, Banco de Desarrollo Agropecuario (BDA)
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.139
Rollo:
159
Posición:
885
G.O.23593
Ley 55
(De 22 de julio de 1998).
Por la cual se adiciona el literal d y un parágrafo al artículo 1 de la Ley 26 de
1997
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se adiciona el literal d y un parágrafo al artículo 1 de la Ley 26 de
1997, así:
Artículo 1. Se autoriza al Banco de Desarrollo Agropecuario a condonar
los intereses de préstamos contemplados en las siguientes categorías:
...
d. Grupos de productores agropecuarios organizados en asentamientos
campesinos, juntas agrarias de producción, juntas comunales y
cooperativas , con préstamos otorgados hasta por la suma de
doscientos cincuenta mil balboas (B/.250,000.00), que al momento de la
entrada en vigencia de la Ley 26 de 1997, se encuentren en la cartera
vigente del Banco de Desarrollo Agropecuario y que, en la actualidad,
realizan abonos que no cubren los intereses corrientes, o tengan cinco
años o más, anteriores a la promulgación de la Ley 26 de 1997, de no
realizar abonos a capital e intereses.
Parágrafo. Serán amparados con los beneficios establecidos en la Ley 26
de 1997, todos los prestatarios contemplados en su artículo 1, por el
término de un año, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente
Ley.
Artículo 2. La presente Ley adiciona el literal d y un parágrafo al artículo 1 de la
Ley 26 de 1997 y entrará en vigencia a partir de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de
Panamá, a los 18 días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho
JUAN MANUEL PERALTA RIOS
JOSE DIDIMO ESCOBAR
Presidente (a.i.)
Secretario General (a.i.)
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA –
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 22 DE JULIO DE 1998
ERNESTO PEREZ BALLADARES
CARLOS SOUSA-LENNOX M.
Presidente de la República
Ministro de Desarrollo Agropecuario
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. AGRARIO
- Agricultura y ganadería
- Banco de Desarrollo Agropecuario (BDA)