Ley 52 De 1980
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
52
Referencia:
Año:
1980
Fecha(dd-mm-aaaa): 26-11-1980
Titulo: POR LA CUAL SE SEÑALAN EN QUINIENTOS BALBOAS (B.500.00), LOS EMOLUMENTOS
QUE RECIBIRAN LOS HONORABLES REPRESENTANTES DE CORREGIMIENTOS.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 19210
Publicada el: 04-12-1980
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. DEL TRABAJO
Palabras Claves: Corregimientos, Salarios y premios, Empleados públicos
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
0.481
Rollo:
21
Posición:
1670
G.O. 19210
LEY 52
(de 26 de Noviembre de 1980)
Por la cual se señala en quinientos balboas (B/.500.00), los emolumentos que
recibirán los Honorables Representantes de Corregimientos. -
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. Se fija en quinientos balboas (B/.500.00), los emolumentos que
mensualmente recibirán los Honorables Representantes de Corregimientos.
Artículo 2. Esta Ley surtirá efectos desde su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 26 días del mes de no viembre de mil
novecientos ochenta.
H.R. DR. BLAS J. CELIS
CARLOS CALZADILLA GONZALEZ
Presidente del Consejo
Secretario General del Consejo
Nacional de Legislación
Nacional de Legislación
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL-PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE
PANAMÁ – REPÚBLICA DE PANAMÁ, 26 DE NOVIEMBRE DE 1980.
ARISTIDES ROYO
RICARDO RODRÍGUEZ
Presidente de la República
Ministro de Gobierno y Justicia
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- DER. ADMINISTRATIVO
- Corregimientos
- Empleados públicos
- Salarios y premios
- DER. DEL TRABAJO