Ley 5 De 1981
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
5
Referencia:
Año:
1981
Fecha(dd-mm-aaaa): 07-04-1981
Titulo: POR LA CUAL SE DA A LA CARRETERA DIVISA-LAS TABLAS-PUERTO DE MENSABE EL
NOMBRE DE VIA PRESIDENTE BELISARIO PORRAS.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 19298
Publicada el: 14-04-1981
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Homenajes y conmemoraciones, Dar nombre a una propiedad estatal
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.137
Rollo:
20
Posición:
584
G.O 19298
Ley 5
(De 7 de abril de 1981)
Por la cual se da a la carretera Divisa-Las Tablas-Puerto Mensabé
el nombre de Vía Presidente Belisario Porras.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. La carretera Divisa ? Las Tablas ? Puerto Mensabé, se denominará
Vía Presidente Belisario Porras.
Artículo 2. Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 7 días del mes de abril de mil novecientos
ochenta y uno.
H.R. DR. LUIS DE LEON ARIAS
Presidente del Consejo Nacional de Legislación
CARLOS CALZADILLA G.
Secretario General del Consejo Nacional de Legislación
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL-PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA PANAMA
REPUBLICA DE PANAMA, 7 DE ABRIL DE 1981.
ARISTIDES ROYO
Presidente de la República
TOMAS G. ALTAMIRANO D.
Ministro de Obras Públicas
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. ADMINISTRATIVO
- Homenajes y conmemoraciones
- Dar nombre a una propiedad estatal