Ley 49 De 1979
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
49
Referencia:
Año:
1979
Fecha(dd-mm-aaaa): 22-11-1979
Titulo: POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 33 DE LA LEY 36 DE 27 DE SEPTIEMBRE
DE 1979
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 18959
Publicada el: 01-12-1979
Rama del Derecho: DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Impuestos sobre productos específicos, Código Fiscal, Impuestos, Impuesto a
las mercaderías.
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
1.735
Rollo:
22
Posición:
1468
G.O. 18959
LEY 49
(de 22 de noviembre de 1979)
Por la cual se modifica el Artículo 33 de la Ley 36 de 27 de septiembre de 1979.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. Modifícase el Artículo 33 de la Ley 36 de 27 de septiembre de 1979,
que quedará así:
"Artículo 33: Los Licores Nacionales o Extranjeros que sean vendidos a las
Fuerzas de los Estados Unidos de América acantonadas en los sitios de defensas,
conforme a los Tratados Torrijos- Carter del 7 de septiembre de 1977, estarán
exentos de los Impuestos o cargos de Producción o de Importación, según
corresponda".
Artículo 2. La presente Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE y PUBLIQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los veintidós días del mes de noviembre de mil
novecientos setenta y nueve.
HR. DR. BLAS JOAQUIN CELIS
CARLOS CALZADILLA G.
Presidente del Consejo
Secretario General del Consejo
Nacional de Legislación
Nacional de Legislación
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA-
PANAMA REPÚBLICA DE PANAMÁ, 29 DE NOVIEMBRE DE 1979.
ARISTIDES ROYO
ERNESTO PEREZ BALLADARES
Presidente de la República
Ministro de Hacienda y Tesoro
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. FINANCIERO
- Código Fiscal
- Impuestos
- Impuestos sobre productos específicos
- Impuesto a las mercaderías