Ley 48 De 1974
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
48
Referencia: Nº48
Año:
1974
Fecha(dd-mm-aaaa): 16-05-1974
Titulo: POR LA CUAL SE MODIFICA UNA DISPOSICION DEL ESTATUTO ORGANICO DE RELACIONES
EXTERIORES.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 17602
Publicada el: 28-05-1974
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Relaciones internacionales, Derecho Internacional
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
0.461
Rollo:
26
Posición:
1935
G.O.17602
LEY 48
(DE 16 DE MAYO DE 1974)
Por la cual se modifica una disposición del Estatuto Orgánico de Relaciones
Exteriores.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.
El artículo 18 del Decreto -Ley No 10 de 11 de julio de
1957, sobre Estatuto Orgánico de Relaciones Exteriores, quedará así:
Artículo 18. El Asesor Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores es
el Director de la Asesoría Jurídica de éste, integrada por el personal de
abogados y funcionarios técnicos y administrativos que tiene asignados o
se le asigne legalmente, y le corresponde absolver las consultas que eleven
los funcionarios de la Cancillería y del Servicio Exterior y servir de Asesor al
Gobierno Nacional en los asuntos jurídicos propios de la conducción de las
relaciones con los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO SEGUNDO. Esta Ley entrará a regir a partir de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dado en la ciudad de Panamá, a los 16 días del mes de mayo de mil
novecientos setenta y cuatro.
DEMETRIO B. LAKAS
Presidente de la República
ARTURO SUCRE P.
Vicepresidente de la República
CARLOS ESPINO
Presidente de la Asamblea Nacional
de Representantes de Corregimientos
ROGER DECEREGA
Secretario General
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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