Ley 42 De 2003

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<b>REPÚBLICA DE PANAMÁ </b><br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA</b><br><b>LEGISPAN</b><br><b>LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ</b><br><i><b>Tipo de Norma: </b></i>LEY<br><i><b>Número:</b></i><br><b>42</b><br><i><b>Referencia:</b></i><br><i><b>Año:</b></i><br><b>2003</b><br><i><b>Fecha(dd-mm-aaaa): </b></i>30-04-2003<br><i><b>Titulo: </b></i>QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS UNION DEL NORTE, COSTA HERMOSA Y CEBACO EN EL<br><b>DISTRITO DE MONTIJO, PROVINCIA DE VARAGUAS; LOS CORREGIMIENTOS BURUNGA Y<br>CERRO SILVESTRE EN EL DISTRITO DE ARRAIJAN, PROVINCIA DE PANAMA; Y EL<br>CORREGIMIENTO MAN CREEK EN...</b><br><i><b>Dictada por: </b></i>ASAMBLEA LEGISLATIVA<br><i><b>Gaceta Oficial: </b></i>24794<br><i><b>Publicada el: </b></i>06-05-2003<br><i><b>Rama del Derecho: </b></i>DER. ADMINISTRATIVO, DER. ELECTORAL<br><i><b>Palabras Claves: </b></i>Corregimientos, División territorial<br><i><b>Páginas: </b></i><br><b>17 </b><br><i><b>Tamaño en Mb: </b></i><br><b>0.653</b><br><i><b>Rollo:</b></i><br><b>528</b><br><i><b>Posición:</b></i><br><b>1872</b><br><b>G.O. 24794</b><br><b>LEY No. 42</b><br> De 42 de abril de 2003<br><b>Que crea los corregimientos Unión del Norte, Costa Hermosa y Cébaco en el distrito de<br>Montijo, provincia de Veraguas; los corregimientos Burunga y Cerro Silvestre en el<br>distrito de Arraiján, provincia de Panamá; y el corregimiento Man Creek en el distrito<br>de Kankintu, comarca Ngöbe Buglé; anexa comunidades del corregimiento Montijo<br>(cabecera) al corregimiento Pilón; modifica las leyes 1 de 1982, 58 de 1998 y 69 de 1998,<br>y dicta otras disposiciones</b><br><b>LA ASAMBLEA LEGISLATIVA</b><br><b>DECRETA:</b><br><b>Artículo 1.</b> Se crean los corregimientos Unión del Norte y Costa Hermosa, segregados del<br> corregimiento Montijo (cabecera), y Cébaco, segregado del corregimiento Gobernadora, en el<br> distrito de Montijo, provincia de Veraguas; y se anexan comunidades del corregimiento<br> Montijo (cabecera) al corregimiento Pilón.<br> La cabecera del corregimiento Unión del Norte es el poblado de San Cristóbal; la del<br> corregimiento Costa Hermosa es el poblado de Rincón Largo, y la del corregimiento Cébaco<br> es el poblado de Los Almácigos.<br><b>Artículo 2.</b> El artículo 60 de la Ley 58 de 1998 queda así:<br><b>Artículo 60.</b> El distrito de Montijo se divide en ocho corregimientos, a saber: Montijo<br> (cabecera), Gobernadora, La Garceana, Leones, Pilón, Costa Hermosa, Cébaco y<br> Unión del Norte.<br> La cabecera del distrito es el poblado de Montijo. Los límites de los<br> corregimientos del distrito de Montijo son los siguientes:<br><b>1.</b><br><b>Corregimiento Montijo (cabecera)</b><br> a. <br> Con el corregimiento Costa Hermosa:<br> Desde el punto donde el río Martín Grande le vierte sus aguas al río San<br> Pedro, se sigue aguas arriba este último hasta donde la quebrada Agua Fría le<br> tributa sus aguas.<br> b. <br> Con el corregimiento Pilón:<br> Desde el punto donde la quebrada Agua Fría vierte sus aguas al río San<br> Pedro, se continúa este río aguas arriba hasta el punto donde la quebrada El<br> Salao o Salado le vierte sus aguas.<br> c.<br> Con el corregimiento Unión del Norte:<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 2<br> Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado le vierte sus aguas<br> al río San Pedro, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento en la<br> cima del cerro La Loma, en un punto con coordenadas 884351.09N y<br> 492131.04E; se continúa en la línea recta con dirección Noreste hasta un punto<br> con coordenadas 886003.98N y 493470.32E en la unión de la quebrada Tuza<br> con la quebrada Mague: se prosigue por la quebrada Mague aguas abajo hasta<br> llegar a la quebrada Los Pilones en un punto con coordenadas 886189.32N y<br> 494045.92E; se continúa por la quebrada Los Pilones aguas abajo hasta llegar<br> al río Martín Grande; se prosigue aguas arriba este río hasta el punto donde el<br> río Martín Chiquito le vierte sus aguas.<br><b>2. </b><br><b>Corregimiento Gobernadora</b><br> Incluye las islas Gobernadora, Ranchería, Jicarón, Jicarita, Barco<br> Quebrado, Coiba y cualquier otra isla o islote que esté dentro de sus límites<br> político-administrativos.<br> a. <br> Con el corregimiento Cébaco;<br> Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481314.02N<br> equidistante entre punta Hicaco, distrito de Soná, y punta Robles en la isla<br> Cébaco, se continúa en línea recta con dirección Sur hasta un punto con<br> coordenadas 834904.12N y 481560.91E, ubicado entre las islas Gobernadora y<br> Cébaco; se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta un punto con<br> coordenadas 839492.05N y 466181.04E y desde allí se continúa en línea recta<br> con dirección Sur hasta la plataforma continental.<br><b>3.</b><br><b>Corregimiento La Garceana</b><br> a.<br> Con el corregimiento Costa Hermosa:<br> Desde el punto donde el río Cuvíbora deja sus aguas en el río San<br> Pedro, en los límites con el distrito de Santiago, aguas abajo este río hasta<br> donde confluye la quebrada Calabacito en los límites del distrito de Río de<br> Jesús.<br> b.<br> Con el corregimiento Leones;<br> Desde la desembocadura de la quebrada Calabacito en el río San Pedro,<br> se continúa en línea recta hacia el Sur hasta la boca del río Piña.<br><b>4.</b><br><b>Corregimiento Leones</b><br> Incluye las islas Leones, Tres Islas o Tres Hermanas, Verde, Negrita o<br> Morada, islote El Bongón y cualquier otra isla o islote que esté dentro de sus<br> límites político-administrativos, separado por la línea imaginaria desde la<br> desembocadura del río Angulo en el Golfo de Montijo. De ahí se prosigue en<br> línea recta hasta el punto equidistante entre punta Hicaco y punta Roble en la<br> isla Cébaco.<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 3<br> a.<br> Con el corregimiento La Garceana;<br> Desde la desembocadura de la quebrada Calabacito en el río San Pedro,<br> se continúa en línea recta hacia el Sur hasta la boca del río Piña.<br> b.<br> Con el corregimiento Cébaco:<br> Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481314.02E entre isla<br> Cébaco y punta Hicaco, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta<br> un punto con coordenadas 849900.55N y 486606.08E y desde allí se continúa<br> en línea recta con dirección Este hasta un punto con coordenadas 849937.55N<br> y 494277.66E en la desembocadura del río Angulito, en los límites con el<br> distrito de Mariato.<br><b>5. </b><br><b>Corregimiento Pilón</b><br> a. <br> Con el corregimiento Costa Hermosa:<br> Desde donde la quebrada Agua Fría le vierte sus aguas al río San Pedro,<br> aguas arriba esta quebrada hasta el punto con coordenadas 879300.39N y<br> 492442.22E donde una quebrada sin nombre se une a esta; se continúa en línea<br> recta con dirección Sureste al punto con coordenadas 878719.08N y<br> 492365.38E en la cabecera de la quebrada Cementerio; se sigue aguas abajo<br> esta quebrada hasta su intersección con la quebrada Chumico; se prosigue<br> aguas abajo esta última hasta donde le tributa sus aguas a la quebrada Limón;<br> se continúa por la quebrada Limón hasta su desembocadura en el Río de Jesús.<br> b. <br> Con el corregimiento Montijo:<br> Desde el punto donde la quebrada Agua Fría vierte sus aguas al río San<br> Pedro, se continúa aguas arriba este río hasta el punto donde la quebrada El<br> Salao o Salado le vierte sus aguas.<br> c. <br> Con el corregimiento Unión del Norte:<br> Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado vierte sus aguas en<br> el río San Pedro, se sigue aguas arriba este río hasta donde la quebrada María le<br> tributa sus aguas; se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento,<br> en un punto con coordenadas 882697.71N y 488387.02E; desde este punto, se<br> prosigue en línea recta con dirección Noroeste a la cima del cerro Palenque.<br><b>6. </b><br><b>Corregimiento Unión del Norte</b><br> a. <br> Con el corregimiento Montijo (cabecera):<br> Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado le vierte sus aguas<br> al río San Pedro, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento en la<br> cima del cerro La Loma, en un punto con coordenadas 884351.09N y<br> 492131.04E; se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta un punto<br> con coordenadas 886003.98N y 493470.32E en la unión de la quebrada Tuza<br> con la quebrada Mague; se sigue la quebrada Mague aguas abajo hasta su<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 4<br> confluencia con la quebrada Los Pilones; se continúa por esta última quebrada<br> aguas abajo hasta llegar a la confluencia con el río Martín Grande; luego se<br> prosigue aguas arriba este río hasta el punto donde el río Martín Chiquito le<br> vierte sus aguas.<br> b. <br> Con el corregimiento Pilón:<br> Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado le vierte sus aguas<br> al río San Pedro, se sigue aguas arriba este río hasta donde la quebrada Limón<br> le vierte sus aguas; se continúa esta quebrada aguas arriba hasta donde recibe<br> las aguas de la quebrada María, la cual continúa hasta su cabecera, en un punto<br> con coordenadas 882697.71N y 488387.02E, y desde este punto, se prosigue<br> en línea recta con dirección Noroeste a la cima de cerro Palenque.<br><b>7. </b><br><b>Corregimiento Costa Hermosa</b><br> a.<br> Con el corregimiento Montijo (cabecera):<br> Desde el punto donde el río Martín Grande vierte sus aguas al río San<br> Pedro, se sigue aguas arriba este último río hasta donde la quebrada Agua Fría<br> le tributa sus aguas.<br> b.<br> Con el corregimiento Pilón:<br> Desde el punto donde la quebrada Agua Fría le vierte sus aguas al río<br> San Pedro, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta un punto con coordenadas<br> 879300.39N y 492442.22E donde una quebrada sin nombre se une a esta; se<br> continúa en línea recta con dirección Sur al punto con coordenadas<br> 878719.08N y 492365.38E en la cabecera de la quebrada Cementerio; se sigue<br> aguas abajo esta quebrada hasta donde se une con la quebrada Chumico; se<br> continúa aguas abajo esta última quebrada hasta llegar a la quebrada Limón, se<br> prosigue por la quebrada Limón hasta su desembocadura en el Río de Jesús.<br> c. <br> Con el corregimiento La Garceana:<br> Desde el punto donde el río Cuvíbora deja sus aguas en el río San<br> Pedro, en los límites con el distrito de Santiago, se sigue aguas abajo este río<br> hasta donde le confluye la quebrada Calabacito en los límites con el distrito<br> Río de Jesús, incluyendo los islotes que se encuentran en el cauce del<br> mencionado río.<br><b>8. </b><br><b>Corregimiento Cébaco</b><br> a. <br> Con el corregimiento Gobernadora:<br> Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481314.02E,<br> equidistante entre punta Hicaco, distrito Soná, y punta Robles en la isla<br> Cébaco, se continúa en línea recta con dirección Sur hasta un punto con<br> coordenadas 834904.12N y 481560.91E, ubicado entre las islas Gobernadora y<br> Cébaco; se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta un punto con<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 5<br> coordenadas 839492.05N y 466181.04E y desde allí se continúa en línea recta<br> con dirección Sur hasta la plataforma continental.<br> b. <br> Con el corregimiento Leones:<br> Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481214.02E entre la isla<br> Cébaco y punta Hicaco, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta<br> un punto con coordenadas 849900.55N y 849900.55N y 486606.08E, y desde<br> allí se sigue en línea recta con dirección Este hasta un punto con coordenadas<br> 849937.55N y 494277.66E en la desembocadura del río Angulito en los límites<br> con el distrito de Mariato.<br><b>Artículo 3.</b> Se crea el corregimiento Burunga, segregado del corregimiento Arraiján, en el<br> distrito de Arraiján, provincia de Panamá. La cabecera del corregimiento Burunga es el<br> poblado de Burunga.<br><b>Artículo 4.</b> Se crea el corregimiento Cerro Silvestre, segregado de los corregimientos<br> Arraiján y Juan Demóstenes Arosemena, en el distrito de Arraiján, provincia de Panamá. La<br> cabecera del corregimiento Cerro Silvestre es el poblado de Cerro Silvestre.<br><b>Artículo 5.</b> El artículo 59 de la Ley 1 de 1982 queda así:<br><b>Artículo 59. </b>Los límites político-administrativos del distrito de Arraiján son los<br> siguientes:<br><b>1. </b><br><b>Con el distrito de Panamá</b><br> Desde un punto equidistante entre las islas Flamenco y Changame en la<br> entrada del Canal de Panamá, se continúa por todo el curso del Canal hasta la<br> desembocadura del río Chagres, en los límites de las provincias de Panamá y Colón.<br><b>2.</b><br><b>Con el distrito de La Chorrera</b><br> Desde un punto ubicado al Noroeste de punta Bondad en el Canal con<br> coordenadas UTM 1,008,200mN y 631,450mE, en los límites de las provincias de<br> Panamá y Colón, se sigue en línea recta con dirección Sur hasta un punto equidistante<br> entre punta Manguito y un faro ubicado en la costa en dirección Sureste, con<br> coordenadas UTM 1,005,950mN y 631,500 mE; desde aquí se continúa en dirección<br> Suroeste por todo el centro del Lago Gatún y tomando como referencia la estación de<br> triangulación con 83m de elevación que se encuentra en la parte Noroeste de la<br> desembocadura de los ríos Cañito y Paja; se continúa por dicho lago hasta encontrar la<br> desembocadura del río Paja; se sigue aguas arriba de este río hasta donde el río Lirio<br> le vierte sus aguas; se continúa por este río hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue<br> en línea recta en dirección Sureste hasta un punto con coordenadas UTM 992,019mN<br> y 637,118mE, ubicado en la curva de la carretera que conduce a Nuevo Emperador y<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 6<br> El Arado donde cruza un brazo Sureste de la quebrada Bernardino; desde aquí se<br> continúa en línea recta en dirección Suroeste hasta la cabecera de la quebrada del<br> Diablo con coordenadas UTM 991,450mN y 636,982mE; se sigue aguas abajo esta<br> quebrada hasta donde le vierte sus aguas a la quebrada Ahoga Yegua; desde esta<br> unión, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la cima del cerro Ahoga<br> Yegua; de ahí se continúa en línea recta hasta la cabecera de la quebrada Naranjal; se<br> prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el río Caimito; se<br> continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en la bahía de La Chorrera en el<br> océano Pacífico.<br><b>3. </b><br><b>Con el distrito de Colón</b><br> Desde un punto ubicado al Noroeste de punta Bondad con coordenadas UTM<br> 1,008,200mN y 631,450mE, se sigue el curso del cauce del Canal por su línea central<br> en dirección general Este hasta la desembocadura del río Chagres.<br><b>4.</b><br><b>Con el Océano Pacífico</b><br> Desde la desembocadura del río Caimito en la bahía de La Chorrera hasta un<br> punto equidistante entre las islas Flamenco y Changame, en la entrada del Canal de<br> Panamá. Este límite incluye los cayos, islotes e islas del litoral.<br><b>Artículo 6.</b> El artículo 60 de la Ley 1 de 1982 queda así:<br><b>Artículo 60.</b> El distrito de Arraiján se divide en ocho corregimientos, a saber:<br> Arraiján (cabecera), Juan Demóstenes Arosemena, Nuevo Emperador, Santa Clara,<br> Veracruz, Vista Alegre, Burunga y Cerro Silvestre. La cabecera del distrito es la<br> ciudad de Arraiján. Los límites de los corregimientos del distrito de Arraiján son los<br> siguientes:<br><b>1. </b><br><b>Corregimiento Arraiján (cabecera)</b><br> a. <br> Con el corregimiento Veracruz:<br> Desde un punto en el centro del Puente de Las Américas, se continúa<br> por la Carretera Panamericana hacia Arraiján, hasta donde el río Velásquez<br> cruza dicha carretera; desde allí se sigue aguas arriba este río hasta el<br> nacimiento del brazo derecho en el cerro Galera, se continúa en línea recta con<br> dirección Suroeste a la Estación Cobra con 341m en dicho cerro; desde este<br> punto se sigue por toda la divisoria de aguas, se cruza el cerro Cabra, pasando<br> por la Estación Cabra con 512m; se continúa en línea recta hasta el nacimiento<br> de la quebrada Grande o Seca.<br> b. <br> Con el corregimiento Burunga:<br> Desde un punto sobre el centro del Canal con coordenadas UTM<br> 996,240mN y 653,150mE (datum NAD 27 canal zone, esferoide de Clarke<br> 1866, zona 17), se sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta la entrada<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 7<br> de las aguas del río Grande al Canal; luego se cruza la carretera que va de<br> Cocolí al campo de antenas, se continúa por todo el curso del río Grande,<br> aguas arriba, hasta donde la quebrada Conga le vierte sus aguas; se sigue esta<br> quebrada hasta su cabecera; desde aquí se prosigue en línea recta con dirección<br> Suroeste hasta la cabecera del río Perico, que nace en el cerro Santa Cruz; se<br> sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Cocolí; se continúa<br> aguas arriba el río Cocolí hasta donde cruza la Carretera Panamericana; se<br> prosigue por esta hasta el puente elevado de Arraiján; desde allí, se sigue por la<br> Autopista hasta un punto con coordenadas UTM 989,950mN y 647, 175mE<br> donde se desprende la carretera que une a la Autopista con la Carretera<br> Panamericana; se continúa por esta, siguiendo por la Carretera Panamericana<br> hasta donde la cruza el río Cáceres.<br> c. <br> Con el corregimiento Cerro Silvestre:<br> Partiendo del punto donde la Carretera Panamericana cruza el río<br> Cáceres, se continúa por esta en dirección a Cerro Silvestre hasta un punto en<br> la carretera, donde una quebrada sin nombre divide los terrenos del Colegio<br> Malambo con la urbanización Villas del Carrizal; se continúa aguas abajo esta<br> quebrada hasta donde la cruza un camino en un punto con coordenadas UTM<br> 988,175mN y 645,678mE; se prosigue en línea recta con dirección Sureste<br> hasta un punto con coordenadas UTM 988,153mN y 645,745mE, desde este<br> punto se continúa en dirección Sureste hasta un punto con coordenadas UTM<br> 988,113mN y 645, 801mE; desde allí se sigue en línea recta con dirección<br> Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM<br> 988,050mN y 646,046mE. Desde este punto, se continúa línea en recta con<br> dirección Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM<br> 987,540mN y 646,252mE; se continúa por todo el filo hasta la cima del cerro<br> sin nombre con coordenadas UTM 987,532mN y 646,565mE; desde este punto<br> se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta un punto con<br> coordenadas UTM 987,082mN y 647,003mE, en la carretera que va de las<br> Colinas de Cáceres a Loma de Piedra; se continúa por esta hasta su<br> intersección con la quebrada Seca; desde allí se sigue en línea recta Sureste<br> hasta donde la quebrada Los Chorros cruza la carretera que comunica a la<br> comunidad de La Mina con El Valle de La Mina; desde este punto, se prosigue<br> aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el canal río Bique; se sigue<br> aguas abajo este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada<br> Grande, aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento.<br><b>2. </b><br><b>Corregimiento Juan Demóstenes Arosemena</b><br> a. <br> Con el corregimiento Nuevo Emperador:<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 8<br> Desde donde se le une la quebrada Lirio al río Potrero, se sigue en línea<br> recta Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Juncal; se continúa aguas<br> abajo esta quebrada hasta su unión con el río Copé; se prosigue en línea recta<br> con dirección Noroeste hasta la cabecera del río Juncal; se sigue aguas abajo<br> este río hasta donde le vierte sus aguas al río Bernardino o Juncal; se prosigue<br> aguas abajo este último río hasta donde le vierte sus aguas a la quebrada Ahoga<br> Yegua; se sigue esta quebrada aguas arriba hasta donde le vierte sus aguas la<br> quebrada del Diablo en los límites con el distrito de La Chorrera.<br> b. <br> Con el corregimiento Burunga:<br> Desde un punto sobre el río Potrero con coordenadas UTM 992,052mN<br> y 643,023mE, exactamente donde lo cruza un camino que se desvía de la<br> carretera que conduce de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador; se continúa<br> aguas arriba este río hasta donde la quebrada Lirio le vierte sus aguas.<br> c. <br> Con el corregimiento Cerro Silvestre:<br> Desde un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422E, donde<br> el camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate, se<br> continúa por el mencionado camino en dirección a cerro Tigre hasta encontrar<br> la carretera que conduce de Nuevo Arraiján a cerro Tigre; se continúa por esta<br> carretera hasta un punto con coordenadas UTM 989,310mN y 641,942mE,<br> exactamente donde cruza un brazo de la quebrada Polonia; se prosigue aguas<br> arriba por el mencionado brazo hasta su confluencia con la quebrada Polonia;<br> se sigue aguas arriba la mencionada quebrada hasta donde la cruza la carretera<br> que conduce de la comunidad de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador; se<br> continúa en dirección a la comunidad de Nuevo Chorrillo hasta un punto con<br> coordenadas UTM 991,581mN y 642,648mE, donde se desvía un camino en<br> dirección Noreste al río Potrero; se continúa por el mencionado camino hasta<br> donde cruza el río Potrero en un punto con coordenadas UTM 992,052 mN y<br> 643,023 mE.<br> ch.<br> Con el corregimiento Vista Alegre:<br> Desde el punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE,<br> donde el camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río<br> Aguacate, se sigue este río aguas abajo hasta su desembocadura en el río<br> Caimito, en los límites con el distrito de La Chorrera.<br><b>3.</b><br><b>Corregimiento Nuevo Emperador</b><br> a. <br> Con el corregimiento Santa Clara:<br> Desde la unión de la quebrada San Pablo en el río Paja, en los límites<br> con el distrito de La Chorrera, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su<br> nacimiento; desde aquí, se sigue en línea recta hasta la cabecera de la quebrada<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 9<br> Juan; se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su unión con la quebrada<br> Chepa; luego se prosigue esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, se sigue en<br> línea recta con dirección Noreste hasta la cabecera de la quebrada del Cacho;<br> se prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia en el río Huile. Se<br> sigue por este río hasta su cabecera; desde aquí, se continúa por la divisoria<br> entre los ríos Bailamonos, Mandinga, Corotú, Maquenque, pasando por los<br> cerros Balboa, Urabá y la cota de referencia 113m, hasta llegar a una punta<br> llamada Mamey; desde esta, se sigue en línea recta con dirección Norte hasta<br> tocar los límites de las provincias de Panamá y Colón.<br> b. <br> Con el corregimiento Burunga:<br> Desde donde la quebrada Lirio vierte sus aguas al río Potrero, se sigue<br> aguas arriba este río hasta su nacimiento, cerca de un cerro sin nombre, con<br> cota 231m en la División Continental que separa las aguas de los ríos Burunga,<br> Mandinga y Grande, pasando por las cotas 231, 246 y 204; se continúa en<br> dirección Noreste hasta llegar a una Estación Radar; se sigue en dirección Este<br> pasando por el monte Zior; desde allí, se continúa en línea recta con dirección<br> Noreste hasta llegar a un punto con coordenadas UTM 999,501mN y<br> 648,736mE en el centro del Canal (Corte Culebra) en los límites del distrito de<br> Panamá.<br> c. <br> Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:<br> Desde donde se le une la quebrada Lirio al río Potrero, se sigue en línea<br> recta con dirección Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Juncal; se<br> continúa aguas abajo esta quebrada hasta su unión con el río Copé; se prosigue<br> en línea recta Noroeste hasta la cabecera del río Juncal; se sigue aguas abajo<br> este río hasta donde le vierte sus aguas al río Bernardino o Juncal; se prosigue<br> aguas abajo este último río hasta donde le vierte sus aguas la quebrada Ahoga<br> Yegua; se continúa aguas arriba esta quebrada hasta donde le vierte sus aguas<br> la quebrada del Diablo en los límites con el distrito de La Chorrera.<br><b>4. </b><br><b>Corregimiento Santa Clara</b><br> a. <br> Con el corregimiento Nuevo Emperador:<br> Desde la unión de la quebrada San Pablo en el río Paja, en los límites<br> con el distrito de La Chorrera, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su<br> nacimiento; desde aquí se sigue en línea recta hasta la cabecera de la quebrada<br> Juan; se prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su unión con la quebrada<br> Chepa; se continúa esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, se continúa en<br> línea recta con dirección Noreste hasta la cabecera de la quebrada del Cacho;<br> se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia en el río Huile. Se<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 10<br> sigue por este río hasta su cabecera; desde aquí se continúa por la divisoria<br> entre los ríos Bailamonos, Mandinga, Corotú, Maquenque, pasando por los<br> cerros Balboa, Urabá y la cota de referencia 113m, hasta llegar a una punta<br> llamada Mamey; desde esta, se sigue en línea recta con dirección Norte hasta<br> tocar los límites de las provincias de Panamá y Colón.<br><b>5. </b><br><b>Corregimiento Veracruz</b><br> a.<br> Con el corregimiento Arraiján (cabecera):<br> Desde un punto en el centro del Puente de Las Américas, se continúa<br> por la Carretera Panamericana hacia Arraiján, hasta donde el río Velásquez<br> cruza dicha carretera; de allí se sigue aguas arriba este río hasta el nacimiento<br> del brazo derecho en el cerro Galera; se continúa en línea recta con dirección<br> Suroeste hasta la Estación Cobra con 341m en dicho cerro; de este punto se<br> sigue por toda la divisoria de aguas, se cruza el cerro Cabra, pasando por la<br> Estación Cabra con 512m, y se continúa en línea recta hasta el nacimiento de<br> la quebrada Grande o Seca.<br> b. <br> Con el corregimiento Cerro Silvestre:<br> Desde el nacimiento de la quebrada Grande o Seca, se sigue en línea<br> recta con dirección Suroeste hasta la cabecera de la quebrada El Mangal; se<br> continúa aguas abajo esta quebrada hasta su desembocadura en la bahía de<br> Bique.<br><b>6. </b><br><b>Corregimiento Vista Alegre</b><br> a. <br> Con el corregimiento Cerro Silvestre:<br> En un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE, donde el<br> camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate; se<br> sigue este río aguas arriba hasta un punto con coordenadas UTM 988,257mN y<br> 643,833mE, hasta donde toca sus riberas la calle que conduce de la Carretera<br> Interamericana en la comunidad de Río Indio a dicho río; y que divide esta<br> comunidad con la urbanización Los Rosales, se sigue por esta calle hasta donde<br> se une con la Carretera Interamericana en un punto con coordenadas UTM<br> 644,091mE y 987, 637mN; se continúa por la mencionada carretera en<br> dirección a la comunidad de Cerro Silvestre hasta donde se le desprende la<br> carretera que conduce a San Vicente de Bique; se sigue por esta última<br> carretera en dirección a la Playita de Bique hasta donde la cruza el río Bique;<br> se prosigue aguas abajo este río hasta su desembocadura en la bahía del mismo<br> nombre.<br> b. <br> Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:<br> En un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE, donde el<br> camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate; se<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 11<br> sigue este río aguas abajo hasta donde vierte sus aguas al río Caimito, en los<br> límites con el distrito de La Chorrera.<br><b>7. </b><br><b>Corregimiento Burunga</b><br> a. <br> Con el corregimiento Arraiján (cabecera):<br> Desde un punto sobre el centro del Canal con coordenadas UTM<br> 996,240mN y 653,150mE, se sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta<br> la entrada de las aguas de río Grande al Canal; se cruza la carretera que va de<br> Cocolí al campo de antenas, se continúa por todo el curso del río Grande aguas<br> arriba, hasta donde la quebrada Conga le vierte sus aguas; se sigue esta<br> quebrada hasta su cabecera; desde aquí, se prosigue en línea recta con<br> dirección Suroeste hasta la cabecera del río Perico, que nace en el cerro Santa<br> Cruz; se continúa aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Cocolí; se<br> prosigue aguas arriba el río Cocolí hasta donde cruza la Carretera<br> Panamericana; se continúa por esta hasta el puente elevado de Arraiján; desde<br> allí se sigue por la Autopista hasta un punto con coordenadas UTM<br> 989,950mN y 647,175mE donde se desprende la carretera que une a la<br> Autopista con la Carretera Panamericana, luego se continúa por esta, siguiendo<br> por la Carretera Panamericana hasta donde la cruza el río Cáceres.<br> b. <br> Con el corregimiento Cerro Silvestre:<br> Desde el punto donde la Carretera Panamericana cruza el río Cáceres,<br> se continúa aguas abajo este río hasta donde le vierte sus aguas al río<br> Aguacate; se sigue este último río aguas arriba hasta donde le vierte sus aguas<br> el río Potrero; se prosigue aguas arriba este último hasta un punto con<br> coordenadas UTM 992,052mN y 643,023mE sobre el mencionado río,<br> exactamente donde lo cruza un camino que se desvía de la carretera que<br> conduce de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador.<br> c. <br> Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:<br> Desde un punto sobre el río Potrero, con coordenadas UTM 992,052mN<br> y 643,023 mE, exactamente donde lo cruza un camino que se desvía de la<br> carretera que conduce de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador, se sigue aguas<br> arriba este río hasta donde la quebrada Lirio le vierte sus aguas.<br> ch.<br> Con el corregimiento Nuevo Emperador:<br> Desde donde la quebrada Lirio vierte sus aguas al río Potrero, se sigue<br> aguas arriba este río hasta su nacimiento, cerca de un cerro sin nombre con cota<br> 231m en la División Continental que separa las aguas de los ríos Burunga,<br> Mandinga y Grande, pasando por las cotas 231, 246 y 204; se continúa en<br> dirección Noreste hasta llegar a una Estación Radar; se sigue en dirección Este<br> pasando por el monte Zior; de allí, se continúa en línea recta con dirección<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 12<br> Noreste hasta llegar a un punto con coordenadas UTM 999,501mN y<br> 648,736mE en el centro del Canal (Corte Culebra) en los límites del distrito de<br> Panamá.<br><b>8. </b><br><b>Corregimiento Cerro Silvestre</b><br> a. <br> Con el corregimiento Burunga:<br> Desde el punto donde la Carretera Panamericana cruza el río Cáceres,<br> se continúa aguas abajo este río hasta donde le vierte sus aguas al río<br> Aguacate; se sigue este último río hasta un punto con coordenadas UTM<br> 992,052mN y 643,023mE sobre el mencionado río, exactamente donde lo<br> cruza un camino que se desvía de la carretera que conduce de Nuevo Chorrillo<br> a Nuevo Emperador.<br> b. <br> Con el corregimiento Arraiján (cabecera):<br> Partiendo del punto donde la Carretera Panamericana cruza el río<br> Cáceres, se continúa por esta en dirección a Cerro Silvestre hasta un punto en<br> la carretera donde una quebrada sin nombre divide los terrenos del Colegio<br> Malambo con la urbanización Villas del Carrizal; se continúa aguas abajo esta<br> quebrada hasta donde la cruza un camino, con coordenadas UTM 988,175mN<br> y 645,678mE, se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta un punto<br> con coordenadas UTM 988,153mN y 645,745mE; desde este punto, se<br> continúa en dirección Sureste hasta un punto con coordenadas UTM<br> 988,113mN y 645,801mE; desde allí se sigue en línea recta con dirección<br> Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM<br> 988,050mN y 646,046mE; desde este punto, se continúa en línea recta con<br> dirección Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM<br> 987,540mN y 646,252mE; se continúa por todo el filo hasta la cima del cerro<br> sin nombre con coordenadas UTM 987,532mN y 646,565mE; desde este<br> punto, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta un punto con<br> coordenadas UTM 987,082 mN y 647,003mE en la carretera que va de Las<br> Colinas de Cáceres a Loma de Piedra; se continúa por esta hasta su<br> intersección con la quebrada Seca; desde allí se prosigue en línea recta con<br> dirección Sureste hasta donde la quebrada Los Chorros cruza la carretera que<br> comunica a la comunidad de La Mina con El Valle de La Mina; desde este<br> punto, se prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el canal<br> río Bique; se sigue aguas abajo este río hasta el punto donde le vierte sus aguas<br> la quebrada Grande, luego se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su<br> nacimiento.<br> c. <br> Con el corregimiento Veracruz:<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 13<br> Desde el nacimiento de la quebrada Grande o Seca, se sigue en línea<br> recta con dirección Suroeste hasta la cabecera de la quebrada El Mangal; se<br> continúa aguas abajo esta quebrada hasta su desembocadura en la bahía de<br> Bique.<br> ch. Con el corregimiento Vista Alegre:<br> En un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE, donde el<br> camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate, se<br> sigue este río aguas arriba, hasta un punto con coordenadas UTM 988,300mN y<br> 643,960mE, donde toca sus riberas la calle que conduce de la Carretera<br> Interamericana en la comunidad de Río Indio a dicho río; se sigue por esta calle<br> hasta donde se une con la Carretera Interamericana; se continúa por la<br> mencionada carretera en dirección a la comunidad de Cerro Silvestre hasta<br> donde se le desprende la carretera que conduce a San Vicente de Bique; se<br> sigue por esta última carretera en dirección a la Playita de Bique hasta donde<br> cruza el río Bique; se prosigue aguas abajo este río hasta su desembocadura en<br> la bahía del mismo nombre.<br> d. <br> Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:<br> Desde un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE,<br> donde el camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río<br> Aguacate, se continúa por el mencionado camino en dirección a cerro Tigre<br> hasta encontrar la carretera que conduce de Nuevo Arraiján a cerro Tigre;<br> luego se prosigue por esta carretera hasta un punto con coordenadas UTM<br> 989,310mN y 641,942mE, exactamente donde cruza un brazo de la quebrada<br> Polonia; se sigue aguas abajo por el mencionado brazo hasta su confluencia<br> con la quebrada Polonia; se continúa aguas arriba la mencionada quebrada<br> hasta donde la cruza la carretera que conduce de la comunidad de Nuevo<br> Chorrillo a Nuevo Emperador; se sigue en dirección a la comunidad de Nuevo<br> Chorrillo hasta un punto con coordenadas UTM 991,581mN y 642,648mE<br> donde se desvía un camino en dirección Noreste al río Potrero; se continúa por<br> el mencionado camino hasta donde cruza el río Potrero en un punto con<br> coordenadas UTM 992,052mN y 643,023mE.<br><b>Artículo 7.</b> Se crea el corregimiento de Man Creek, segregado del corregimiento de<br> Gwaribiara, en el distrito de Kankintu, comarca Ngöbe Buglé.<br><b>Artículo 8.</b> Los párrafos primero y segundo del artículo 30 de la Ley 69 de 1998 quedan así:<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 14<br><b>Artículo 30.</b> El distrito de Kankintu se divide en nueve corregimientos, a saber:<br> Bisiria (cabecera), Büri, Kankintu, Gwaribiara, Gworoni, Mününi, Piedra Roja, Tu<br> Gwai y Man Creek.<br> La cabecera del distrito es el poblado de Kankintu.<br> ...<br><b>Artículo 9.</b> Las comunidades que integran el corregimiento Man Creek son: Boca de Man<br> Creek, Pumona, Centro Daira No.1, Guabal, Quebrada Venado, Chivori, Daira No.2, Boca de<br> Gwaribiara, Barranquilla No.1, Barranquilla No.2, Monte Lirio, Nueva Esperanza, Quebrada<br> Ventura, Barriada Las Colinas, Barriada Caño Bonito y Alto Man Creek.<br><b>Artículo 10.</b> Los límites político-administrativos del corregimiento Man Creek quedan de la<br> siguiente forma:<br><b>1. </b><br><b>Con el corregimiento de Gwaribiara (cabecera)</b><br> Desde la desembocadura del río Gwaribiara, se sigue aguas arriba este río con<br> dirección Noroeste, aproximadamente hasta llegar a la comunidad Guabal que está<br> entre el río Gwaribiara y río Daira; de este punto se sigue aguas arriba este río en línea<br> recta con dirección Norte hasta llegar a la quebrada Chivoria, límite con la cordillera<br> central y con el distrito de Besigó.<br><b>2. </b><br><b>Con el corregimiento de Büri</b><br> Desde el punto localizado con los límites de los distritos de Kankintu y<br> Chiriquí Grande, con coordenadas UTM 984,925mN y 376,275m, se continúa por toda<br> la divisoria de aguas entre los ríos Man Creek, Guabo y Daira, hasta encontrar la<br> cordillera central, pasando por la cota de elevación 325 mts.<br><b>Artículo 11.</b> Las comunidades que quedan comprendidas entre los límites geopolíticos del<br> corregimiento de Gwaribiara, luego de la segregación de que trata el artículo 7 de esta Ley,<br> son: Chalite, San Félix, Caño Sucio, Quebrada Driri, Quebrada Tula, Quebrada Cayuco,<br> Cerro Ñeque, Coclesito, Dudori, Llanura, Drigari, Santa Marta, Quebrada Tigre, Toboari,<br> Piedra Roja, Altomina y Piedra Ancha.<br><b>Artículo 12.</b> El Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas, así<br> como la Dirección de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán<br> brindar asesoramiento a los municipios de Montijo, Arraiján y Kankintu en todo lo<br> concerniente a la organización, el funcionamiento y la administración de estos nuevos<br> corregimientos.<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24794</b><br> 15<br><b>Artículo 13</b>. La elección de los representantes de los nuevos corregimientos que corresponde<br> por razón de esta Ley, se hará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de<br> conformidad con las disposiciones de la legislación electoral.<br><b>Artículo 14.</b> Los actuales representantes de corregimiento y las autoridades de policía de los<br> corregimientos sujetos a segregación, continuarán ejerciendo sus funciones hasta tanto se<br> haga la elección o designación de los funcionarios correspondientes a la nueva división<br> político-administrativa establecida mediante la presente Ley.<br><b>Artículo 15.</b> La presente Ley modifica el artículo 60 de la Ley 58 de 29 de julio de 1998, los<br> artículos 59 y 60 de la Ley 1 de 27 de octubre de 1982 y el artículo 30 de la Ley 69 de 28 de<br> octubre de 1998.<br><b>Artículo 16</b>. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.<br><b>COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.</b><br> Aprobada en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los<br>28 días del mes de abril del año dos mil tres.<br> El Presidente,<br> Carlos R. Alvarado A.<br> El Secretario General Encargado,<br> Edwin E. Cabrera U.<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>ASAMBLEA NACIONAL</b><br><b>LEY: 042</b><br><b>DE</b><br><b>2003</b><br><b>PROYECTO DE LEY: 2002_P_143.PDF</b><br><b>NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN</b><br> ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D<br> ACTAS DE VARIOS DIAS: V<br><b>ACTAS DEL PLENO</b><br><b>2003_04_24_A_PLENO.PDF</b><br><b>2003_04_28_A_PLENO.PDF</b><br><h1>Document Outline</h1> <ul> <li>TARJETA BASE </li> <li>GACETA OFICIAL </li> <li>TEXTO COMPLETO </li> <li>PROYECTO DE LEY 143 DE 2002 </li> <li>ACTAS DEL PLENO </li> </ul>