Ley 42 De 2003
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
42
Referencia:
Año:
2003
Fecha(dd-mm-aaaa): 30-04-2003
Titulo: QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS UNION DEL NORTE, COSTA HERMOSA Y CEBACO EN EL
DISTRITO DE MONTIJO, PROVINCIA DE VARAGUAS; LOS CORREGIMIENTOS BURUNGA Y
CERRO SILVESTRE EN EL DISTRITO DE ARRAIJAN, PROVINCIA DE PANAMA; Y EL
CORREGIMIENTO MAN CREEK EN...
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 24794
Publicada el: 06-05-2003
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. ELECTORAL
Palabras Claves: Corregimientos, División territorial
Páginas:
17
Tamaño en Mb:
0.653
Rollo:
528
Posición:
1872
G.O. 24794
LEY No. 42
De 42 de abril de 2003
Que crea los corregimientos Unión del Norte, Costa Hermosa y Cébaco en el distrito de
Montijo, provincia de Veraguas; los corregimientos Burunga y Cerro Silvestre en el
distrito de Arraiján, provincia de Panamá; y el corregimiento Man Creek en el distrito
de Kankintu, comarca Ngöbe Buglé; anexa comunidades del corregimiento Montijo
(cabecera) al corregimiento Pilón; modifica las leyes 1 de 1982, 58 de 1998 y 69 de 1998,
y dicta otras disposiciones
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se crean los corregimientos Unión del Norte y Costa Hermosa, segregados del
corregimiento Montijo (cabecera), y Cébaco, segregado del corregimiento Gobernadora, en el
distrito de Montijo, provincia de Veraguas; y se anexan comunidades del corregimiento
Montijo (cabecera) al corregimiento Pilón.
La cabecera del corregimiento Unión del Norte es el poblado de San Cristóbal; la del
corregimiento Costa Hermosa es el poblado de Rincón Largo, y la del corregimiento Cébaco
es el poblado de Los Almácigos.
Artículo 2. El artículo 60 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 60. El distrito de Montijo se divide en ocho corregimientos, a saber: Montijo
(cabecera), Gobernadora, La Garceana, Leones, Pilón, Costa Hermosa, Cébaco y
Unión del Norte.
La cabecera del distrito es el poblado de Montijo. Los límites de los
corregimientos del distrito de Montijo son los siguientes:
1.
Corregimiento Montijo (cabecera)
a.
Con el corregimiento Costa Hermosa:
Desde el punto donde el río Martín Grande le vierte sus aguas al río San
Pedro, se sigue aguas arriba este último hasta donde la quebrada Agua Fría le
tributa sus aguas.
b.
Con el corregimiento Pilón:
Desde el punto donde la quebrada Agua Fría vierte sus aguas al río San
Pedro, se continúa este río aguas arriba hasta el punto donde la quebrada El
Salao o Salado le vierte sus aguas.
c.
Con el corregimiento Unión del Norte:
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Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado le vierte sus aguas
al río San Pedro, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento en la
cima del cerro La Loma, en un punto con coordenadas 884351.09N y
492131.04E; se continúa en la línea recta con dirección Noreste hasta un punto
con coordenadas 886003.98N y 493470.32E en la unión de la quebrada Tuza
con la quebrada Mague: se prosigue por la quebrada Mague aguas abajo hasta
llegar a la quebrada Los Pilones en un punto con coordenadas 886189.32N y
494045.92E; se continúa por la quebrada Los Pilones aguas abajo hasta llegar
al río Martín Grande; se prosigue aguas arriba este río hasta el punto donde el
río Martín Chiquito le vierte sus aguas.
2.
Corregimiento Gobernadora
Incluye las islas Gobernadora, Ranchería, Jicarón, Jicarita, Barco
Quebrado, Coiba y cualquier otra isla o islote que esté dentro de sus límites
político-administrativos.
a.
Con el corregimiento Cébaco;
Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481314.02N
equidistante entre punta Hicaco, distrito de Soná, y punta Robles en la isla
Cébaco, se continúa en línea recta con dirección Sur hasta un punto con
coordenadas 834904.12N y 481560.91E, ubicado entre las islas Gobernadora y
Cébaco; se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta un punto con
coordenadas 839492.05N y 466181.04E y desde allí se continúa en línea recta
con dirección Sur hasta la plataforma continental.
3.
Corregimiento La Garceana
a.
Con el corregimiento Costa Hermosa:
Desde el punto donde el río Cuvíbora deja sus aguas en el río San
Pedro, en los límites con el distrito de Santiago, aguas abajo este río hasta
donde confluye la quebrada Calabacito en los límites del distrito de Río de
Jesús.
b.
Con el corregimiento Leones;
Desde la desembocadura de la quebrada Calabacito en el río San Pedro,
se continúa en línea recta hacia el Sur hasta la boca del río Piña.
4.
Corregimiento Leones
Incluye las islas Leones, Tres Islas o Tres Hermanas, Verde, Negrita o
Morada, islote El Bongón y cualquier otra isla o islote que esté dentro de sus
límites político-administrativos, separado por la línea imaginaria desde la
desembocadura del río Angulo en el Golfo de Montijo. De ahí se prosigue en
línea recta hasta el punto equidistante entre punta Hicaco y punta Roble en la
isla Cébaco.
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a.
Con el corregimiento La Garceana;
Desde la desembocadura de la quebrada Calabacito en el río San Pedro,
se continúa en línea recta hacia el Sur hasta la boca del río Piña.
b.
Con el corregimiento Cébaco:
Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481314.02E entre isla
Cébaco y punta Hicaco, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta
un punto con coordenadas 849900.55N y 486606.08E y desde allí se continúa
en línea recta con dirección Este hasta un punto con coordenadas 849937.55N
y 494277.66E en la desembocadura del río Angulito, en los límites con el
distrito de Mariato.
5.
Corregimiento Pilón
a.
Con el corregimiento Costa Hermosa:
Desde donde la quebrada Agua Fría le vierte sus aguas al río San Pedro,
aguas arriba esta quebrada hasta el punto con coordenadas 879300.39N y
492442.22E donde una quebrada sin nombre se une a esta; se continúa en línea
recta con dirección Sureste al punto con coordenadas 878719.08N y
492365.38E en la cabecera de la quebrada Cementerio; se sigue aguas abajo
esta quebrada hasta su intersección con la quebrada Chumico; se prosigue
aguas abajo esta última hasta donde le tributa sus aguas a la quebrada Limón;
se continúa por la quebrada Limón hasta su desembocadura en el Río de Jesús.
b.
Con el corregimiento Montijo:
Desde el punto donde la quebrada Agua Fría vierte sus aguas al río San
Pedro, se continúa aguas arriba este río hasta el punto donde la quebrada El
Salao o Salado le vierte sus aguas.
c.
Con el corregimiento Unión del Norte:
Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado vierte sus aguas en
el río San Pedro, se sigue aguas arriba este río hasta donde la quebrada María le
tributa sus aguas; se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento,
en un punto con coordenadas 882697.71N y 488387.02E; desde este punto, se
prosigue en línea recta con dirección Noroeste a la cima del cerro Palenque.
6.
Corregimiento Unión del Norte
a.
Con el corregimiento Montijo (cabecera):
Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado le vierte sus aguas
al río San Pedro, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento en la
cima del cerro La Loma, en un punto con coordenadas 884351.09N y
492131.04E; se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta un punto
con coordenadas 886003.98N y 493470.32E en la unión de la quebrada Tuza
con la quebrada Mague; se sigue la quebrada Mague aguas abajo hasta su
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confluencia con la quebrada Los Pilones; se continúa por esta última quebrada
aguas abajo hasta llegar a la confluencia con el río Martín Grande; luego se
prosigue aguas arriba este río hasta el punto donde el río Martín Chiquito le
vierte sus aguas.
b.
Con el corregimiento Pilón:
Desde el punto donde la quebrada El Salao o Salado le vierte sus aguas
al río San Pedro, se sigue aguas arriba este río hasta donde la quebrada Limón
le vierte sus aguas; se continúa esta quebrada aguas arriba hasta donde recibe
las aguas de la quebrada María, la cual continúa hasta su cabecera, en un punto
con coordenadas 882697.71N y 488387.02E, y desde este punto, se prosigue
en línea recta con dirección Noroeste a la cima de cerro Palenque.
7.
Corregimiento Costa Hermosa
a.
Con el corregimiento Montijo (cabecera):
Desde el punto donde el río Martín Grande vierte sus aguas al río San
Pedro, se sigue aguas arriba este último río hasta donde la quebrada Agua Fría
le tributa sus aguas.
b.
Con el corregimiento Pilón:
Desde el punto donde la quebrada Agua Fría le vierte sus aguas al río
San Pedro, se sigue aguas arriba esta quebrada hasta un punto con coordenadas
879300.39N y 492442.22E donde una quebrada sin nombre se une a esta; se
continúa en línea recta con dirección Sur al punto con coordenadas
878719.08N y 492365.38E en la cabecera de la quebrada Cementerio; se sigue
aguas abajo esta quebrada hasta donde se une con la quebrada Chumico; se
continúa aguas abajo esta última quebrada hasta llegar a la quebrada Limón, se
prosigue por la quebrada Limón hasta su desembocadura en el Río de Jesús.
c.
Con el corregimiento La Garceana:
Desde el punto donde el río Cuvíbora deja sus aguas en el río San
Pedro, en los límites con el distrito de Santiago, se sigue aguas abajo este río
hasta donde le confluye la quebrada Calabacito en los límites con el distrito
Río de Jesús, incluyendo los islotes que se encuentran en el cauce del
mencionado río.
8.
Corregimiento Cébaco
a.
Con el corregimiento Gobernadora:
Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481314.02E,
equidistante entre punta Hicaco, distrito Soná, y punta Robles en la isla
Cébaco, se continúa en línea recta con dirección Sur hasta un punto con
coordenadas 834904.12N y 481560.91E, ubicado entre las islas Gobernadora y
Cébaco; se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta un punto con
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coordenadas 839492.05N y 466181.04E y desde allí se continúa en línea recta
con dirección Sur hasta la plataforma continental.
b.
Con el corregimiento Leones:
Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481214.02E entre la isla
Cébaco y punta Hicaco, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta
un punto con coordenadas 849900.55N y 849900.55N y 486606.08E, y desde
allí se sigue en línea recta con dirección Este hasta un punto con coordenadas
849937.55N y 494277.66E en la desembocadura del río Angulito en los límites
con el distrito de Mariato.
Artículo 3. Se crea el corregimiento Burunga, segregado del corregimiento Arraiján, en el
distrito de Arraiján, provincia de Panamá. La cabecera del corregimiento Burunga es el
poblado de Burunga.
Artículo 4. Se crea el corregimiento Cerro Silvestre, segregado de los corregimientos
Arraiján y Juan Demóstenes Arosemena, en el distrito de Arraiján, provincia de Panamá. La
cabecera del corregimiento Cerro Silvestre es el poblado de Cerro Silvestre.
Artículo 5. El artículo 59 de la Ley 1 de 1982 queda así:
Artículo 59. Los límites político-administrativos del distrito de Arraiján son los
siguientes:
1.
Con el distrito de Panamá
Desde un punto equidistante entre las islas Flamenco y Changame en la
entrada del Canal de Panamá, se continúa por todo el curso del Canal hasta la
desembocadura del río Chagres, en los límites de las provincias de Panamá y Colón.
2.
Con el distrito de La Chorrera
Desde un punto ubicado al Noroeste de punta Bondad en el Canal con
coordenadas UTM 1,008,200mN y 631,450mE, en los límites de las provincias de
Panamá y Colón, se sigue en línea recta con dirección Sur hasta un punto equidistante
entre punta Manguito y un faro ubicado en la costa en dirección Sureste, con
coordenadas UTM 1,005,950mN y 631,500 mE; desde aquí se continúa en dirección
Suroeste por todo el centro del Lago Gatún y tomando como referencia la estación de
triangulación con 83m de elevación que se encuentra en la parte Noroeste de la
desembocadura de los ríos Cañito y Paja; se continúa por dicho lago hasta encontrar la
desembocadura del río Paja; se sigue aguas arriba de este río hasta donde el río Lirio
le vierte sus aguas; se continúa por este río hasta su nacimiento; desde aquí, se sigue
en línea recta en dirección Sureste hasta un punto con coordenadas UTM 992,019mN
y 637,118mE, ubicado en la curva de la carretera que conduce a Nuevo Emperador y
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El Arado donde cruza un brazo Sureste de la quebrada Bernardino; desde aquí se
continúa en línea recta en dirección Suroeste hasta la cabecera de la quebrada del
Diablo con coordenadas UTM 991,450mN y 636,982mE; se sigue aguas abajo esta
quebrada hasta donde le vierte sus aguas a la quebrada Ahoga Yegua; desde esta
unión, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la cima del cerro Ahoga
Yegua; de ahí se continúa en línea recta hasta la cabecera de la quebrada Naranjal; se
prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el río Caimito; se
continúa aguas abajo este río hasta su desembocadura en la bahía de La Chorrera en el
océano Pacífico.
3.
Con el distrito de Colón
Desde un punto ubicado al Noroeste de punta Bondad con coordenadas UTM
1,008,200mN y 631,450mE, se sigue el curso del cauce del Canal por su línea central
en dirección general Este hasta la desembocadura del río Chagres.
4.
Con el Océano Pacífico
Desde la desembocadura del río Caimito en la bahía de La Chorrera hasta un
punto equidistante entre las islas Flamenco y Changame, en la entrada del Canal de
Panamá. Este límite incluye los cayos, islotes e islas del litoral.
Artículo 6. El artículo 60 de la Ley 1 de 1982 queda así:
Artículo 60. El distrito de Arraiján se divide en ocho corregimientos, a saber:
Arraiján (cabecera), Juan Demóstenes Arosemena, Nuevo Emperador, Santa Clara,
Veracruz, Vista Alegre, Burunga y Cerro Silvestre. La cabecera del distrito es la
ciudad de Arraiján. Los límites de los corregimientos del distrito de Arraiján son los
siguientes:
1.
Corregimiento Arraiján (cabecera)
a.
Con el corregimiento Veracruz:
Desde un punto en el centro del Puente de Las Américas, se continúa
por la Carretera Panamericana hacia Arraiján, hasta donde el río Velásquez
cruza dicha carretera; desde allí se sigue aguas arriba este río hasta el
nacimiento del brazo derecho en el cerro Galera, se continúa en línea recta con
dirección Suroeste a la Estación Cobra con 341m en dicho cerro; desde este
punto se sigue por toda la divisoria de aguas, se cruza el cerro Cabra, pasando
por la Estación Cabra con 512m; se continúa en línea recta hasta el nacimiento
de la quebrada Grande o Seca.
b.
Con el corregimiento Burunga:
Desde un punto sobre el centro del Canal con coordenadas UTM
996,240mN y 653,150mE (datum NAD 27 canal zone, esferoide de Clarke
1866, zona 17), se sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta la entrada
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de las aguas del río Grande al Canal; luego se cruza la carretera que va de
Cocolí al campo de antenas, se continúa por todo el curso del río Grande,
aguas arriba, hasta donde la quebrada Conga le vierte sus aguas; se sigue esta
quebrada hasta su cabecera; desde aquí se prosigue en línea recta con dirección
Suroeste hasta la cabecera del río Perico, que nace en el cerro Santa Cruz; se
sigue aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Cocolí; se continúa
aguas arriba el río Cocolí hasta donde cruza la Carretera Panamericana; se
prosigue por esta hasta el puente elevado de Arraiján; desde allí, se sigue por la
Autopista hasta un punto con coordenadas UTM 989,950mN y 647, 175mE
donde se desprende la carretera que une a la Autopista con la Carretera
Panamericana; se continúa por esta, siguiendo por la Carretera Panamericana
hasta donde la cruza el río Cáceres.
c.
Con el corregimiento Cerro Silvestre:
Partiendo del punto donde la Carretera Panamericana cruza el río
Cáceres, se continúa por esta en dirección a Cerro Silvestre hasta un punto en
la carretera, donde una quebrada sin nombre divide los terrenos del Colegio
Malambo con la urbanización Villas del Carrizal; se continúa aguas abajo esta
quebrada hasta donde la cruza un camino en un punto con coordenadas UTM
988,175mN y 645,678mE; se prosigue en línea recta con dirección Sureste
hasta un punto con coordenadas UTM 988,153mN y 645,745mE, desde este
punto se continúa en dirección Sureste hasta un punto con coordenadas UTM
988,113mN y 645, 801mE; desde allí se sigue en línea recta con dirección
Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM
988,050mN y 646,046mE. Desde este punto, se continúa línea en recta con
dirección Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM
987,540mN y 646,252mE; se continúa por todo el filo hasta la cima del cerro
sin nombre con coordenadas UTM 987,532mN y 646,565mE; desde este punto
se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta un punto con
coordenadas UTM 987,082mN y 647,003mE, en la carretera que va de las
Colinas de Cáceres a Loma de Piedra; se continúa por esta hasta su
intersección con la quebrada Seca; desde allí se sigue en línea recta Sureste
hasta donde la quebrada Los Chorros cruza la carretera que comunica a la
comunidad de La Mina con El Valle de La Mina; desde este punto, se prosigue
aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el canal río Bique; se sigue
aguas abajo este río hasta el punto donde le vierte sus aguas la quebrada
Grande, aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento.
2.
Corregimiento Juan Demóstenes Arosemena
a.
Con el corregimiento Nuevo Emperador:
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Desde donde se le une la quebrada Lirio al río Potrero, se sigue en línea
recta Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Juncal; se continúa aguas
abajo esta quebrada hasta su unión con el río Copé; se prosigue en línea recta
con dirección Noroeste hasta la cabecera del río Juncal; se sigue aguas abajo
este río hasta donde le vierte sus aguas al río Bernardino o Juncal; se prosigue
aguas abajo este último río hasta donde le vierte sus aguas a la quebrada Ahoga
Yegua; se sigue esta quebrada aguas arriba hasta donde le vierte sus aguas la
quebrada del Diablo en los límites con el distrito de La Chorrera.
b.
Con el corregimiento Burunga:
Desde un punto sobre el río Potrero con coordenadas UTM 992,052mN
y 643,023mE, exactamente donde lo cruza un camino que se desvía de la
carretera que conduce de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador; se continúa
aguas arriba este río hasta donde la quebrada Lirio le vierte sus aguas.
c.
Con el corregimiento Cerro Silvestre:
Desde un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422E, donde
el camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate, se
continúa por el mencionado camino en dirección a cerro Tigre hasta encontrar
la carretera que conduce de Nuevo Arraiján a cerro Tigre; se continúa por esta
carretera hasta un punto con coordenadas UTM 989,310mN y 641,942mE,
exactamente donde cruza un brazo de la quebrada Polonia; se prosigue aguas
arriba por el mencionado brazo hasta su confluencia con la quebrada Polonia;
se sigue aguas arriba la mencionada quebrada hasta donde la cruza la carretera
que conduce de la comunidad de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador; se
continúa en dirección a la comunidad de Nuevo Chorrillo hasta un punto con
coordenadas UTM 991,581mN y 642,648mE, donde se desvía un camino en
dirección Noreste al río Potrero; se continúa por el mencionado camino hasta
donde cruza el río Potrero en un punto con coordenadas UTM 992,052 mN y
643,023 mE.
ch.
Con el corregimiento Vista Alegre:
Desde el punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE,
donde el camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río
Aguacate, se sigue este río aguas abajo hasta su desembocadura en el río
Caimito, en los límites con el distrito de La Chorrera.
3.
Corregimiento Nuevo Emperador
a.
Con el corregimiento Santa Clara:
Desde la unión de la quebrada San Pablo en el río Paja, en los límites
con el distrito de La Chorrera, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su
nacimiento; desde aquí, se sigue en línea recta hasta la cabecera de la quebrada
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Juan; se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su unión con la quebrada
Chepa; luego se prosigue esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, se sigue en
línea recta con dirección Noreste hasta la cabecera de la quebrada del Cacho;
se prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia en el río Huile. Se
sigue por este río hasta su cabecera; desde aquí, se continúa por la divisoria
entre los ríos Bailamonos, Mandinga, Corotú, Maquenque, pasando por los
cerros Balboa, Urabá y la cota de referencia 113m, hasta llegar a una punta
llamada Mamey; desde esta, se sigue en línea recta con dirección Norte hasta
tocar los límites de las provincias de Panamá y Colón.
b.
Con el corregimiento Burunga:
Desde donde la quebrada Lirio vierte sus aguas al río Potrero, se sigue
aguas arriba este río hasta su nacimiento, cerca de un cerro sin nombre, con
cota 231m en la División Continental que separa las aguas de los ríos Burunga,
Mandinga y Grande, pasando por las cotas 231, 246 y 204; se continúa en
dirección Noreste hasta llegar a una Estación Radar; se sigue en dirección Este
pasando por el monte Zior; desde allí, se continúa en línea recta con dirección
Noreste hasta llegar a un punto con coordenadas UTM 999,501mN y
648,736mE en el centro del Canal (Corte Culebra) en los límites del distrito de
Panamá.
c.
Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:
Desde donde se le une la quebrada Lirio al río Potrero, se sigue en línea
recta con dirección Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Juncal; se
continúa aguas abajo esta quebrada hasta su unión con el río Copé; se prosigue
en línea recta Noroeste hasta la cabecera del río Juncal; se sigue aguas abajo
este río hasta donde le vierte sus aguas al río Bernardino o Juncal; se prosigue
aguas abajo este último río hasta donde le vierte sus aguas la quebrada Ahoga
Yegua; se continúa aguas arriba esta quebrada hasta donde le vierte sus aguas
la quebrada del Diablo en los límites con el distrito de La Chorrera.
4.
Corregimiento Santa Clara
a.
Con el corregimiento Nuevo Emperador:
Desde la unión de la quebrada San Pablo en el río Paja, en los límites
con el distrito de La Chorrera, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su
nacimiento; desde aquí se sigue en línea recta hasta la cabecera de la quebrada
Juan; se prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su unión con la quebrada
Chepa; se continúa esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, se continúa en
línea recta con dirección Noreste hasta la cabecera de la quebrada del Cacho;
se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia en el río Huile. Se
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sigue por este río hasta su cabecera; desde aquí se continúa por la divisoria
entre los ríos Bailamonos, Mandinga, Corotú, Maquenque, pasando por los
cerros Balboa, Urabá y la cota de referencia 113m, hasta llegar a una punta
llamada Mamey; desde esta, se sigue en línea recta con dirección Norte hasta
tocar los límites de las provincias de Panamá y Colón.
5.
Corregimiento Veracruz
a.
Con el corregimiento Arraiján (cabecera):
Desde un punto en el centro del Puente de Las Américas, se continúa
por la Carretera Panamericana hacia Arraiján, hasta donde el río Velásquez
cruza dicha carretera; de allí se sigue aguas arriba este río hasta el nacimiento
del brazo derecho en el cerro Galera; se continúa en línea recta con dirección
Suroeste hasta la Estación Cobra con 341m en dicho cerro; de este punto se
sigue por toda la divisoria de aguas, se cruza el cerro Cabra, pasando por la
Estación Cabra con 512m, y se continúa en línea recta hasta el nacimiento de
la quebrada Grande o Seca.
b.
Con el corregimiento Cerro Silvestre:
Desde el nacimiento de la quebrada Grande o Seca, se sigue en línea
recta con dirección Suroeste hasta la cabecera de la quebrada El Mangal; se
continúa aguas abajo esta quebrada hasta su desembocadura en la bahía de
Bique.
6.
Corregimiento Vista Alegre
a.
Con el corregimiento Cerro Silvestre:
En un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE, donde el
camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate; se
sigue este río aguas arriba hasta un punto con coordenadas UTM 988,257mN y
643,833mE, hasta donde toca sus riberas la calle que conduce de la Carretera
Interamericana en la comunidad de Río Indio a dicho río; y que divide esta
comunidad con la urbanización Los Rosales, se sigue por esta calle hasta donde
se une con la Carretera Interamericana en un punto con coordenadas UTM
644,091mE y 987, 637mN; se continúa por la mencionada carretera en
dirección a la comunidad de Cerro Silvestre hasta donde se le desprende la
carretera que conduce a San Vicente de Bique; se sigue por esta última
carretera en dirección a la Playita de Bique hasta donde la cruza el río Bique;
se prosigue aguas abajo este río hasta su desembocadura en la bahía del mismo
nombre.
b.
Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:
En un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE, donde el
camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate; se
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sigue este río aguas abajo hasta donde vierte sus aguas al río Caimito, en los
límites con el distrito de La Chorrera.
7.
Corregimiento Burunga
a.
Con el corregimiento Arraiján (cabecera):
Desde un punto sobre el centro del Canal con coordenadas UTM
996,240mN y 653,150mE, se sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta
la entrada de las aguas de río Grande al Canal; se cruza la carretera que va de
Cocolí al campo de antenas, se continúa por todo el curso del río Grande aguas
arriba, hasta donde la quebrada Conga le vierte sus aguas; se sigue esta
quebrada hasta su cabecera; desde aquí, se prosigue en línea recta con
dirección Suroeste hasta la cabecera del río Perico, que nace en el cerro Santa
Cruz; se continúa aguas abajo este río hasta su confluencia con el río Cocolí; se
prosigue aguas arriba el río Cocolí hasta donde cruza la Carretera
Panamericana; se continúa por esta hasta el puente elevado de Arraiján; desde
allí se sigue por la Autopista hasta un punto con coordenadas UTM
989,950mN y 647,175mE donde se desprende la carretera que une a la
Autopista con la Carretera Panamericana, luego se continúa por esta, siguiendo
por la Carretera Panamericana hasta donde la cruza el río Cáceres.
b.
Con el corregimiento Cerro Silvestre:
Desde el punto donde la Carretera Panamericana cruza el río Cáceres,
se continúa aguas abajo este río hasta donde le vierte sus aguas al río
Aguacate; se sigue este último río aguas arriba hasta donde le vierte sus aguas
el río Potrero; se prosigue aguas arriba este último hasta un punto con
coordenadas UTM 992,052mN y 643,023mE sobre el mencionado río,
exactamente donde lo cruza un camino que se desvía de la carretera que
conduce de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador.
c.
Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:
Desde un punto sobre el río Potrero, con coordenadas UTM 992,052mN
y 643,023 mE, exactamente donde lo cruza un camino que se desvía de la
carretera que conduce de Nuevo Chorrillo a Nuevo Emperador, se sigue aguas
arriba este río hasta donde la quebrada Lirio le vierte sus aguas.
ch.
Con el corregimiento Nuevo Emperador:
Desde donde la quebrada Lirio vierte sus aguas al río Potrero, se sigue
aguas arriba este río hasta su nacimiento, cerca de un cerro sin nombre con cota
231m en la División Continental que separa las aguas de los ríos Burunga,
Mandinga y Grande, pasando por las cotas 231, 246 y 204; se continúa en
dirección Noreste hasta llegar a una Estación Radar; se sigue en dirección Este
pasando por el monte Zior; de allí, se continúa en línea recta con dirección
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Noreste hasta llegar a un punto con coordenadas UTM 999,501mN y
648,736mE en el centro del Canal (Corte Culebra) en los límites del distrito de
Panamá.
8.
Corregimiento Cerro Silvestre
a.
Con el corregimiento Burunga:
Desde el punto donde la Carretera Panamericana cruza el río Cáceres,
se continúa aguas abajo este río hasta donde le vierte sus aguas al río
Aguacate; se sigue este último río hasta un punto con coordenadas UTM
992,052mN y 643,023mE sobre el mencionado río, exactamente donde lo
cruza un camino que se desvía de la carretera que conduce de Nuevo Chorrillo
a Nuevo Emperador.
b.
Con el corregimiento Arraiján (cabecera):
Partiendo del punto donde la Carretera Panamericana cruza el río
Cáceres, se continúa por esta en dirección a Cerro Silvestre hasta un punto en
la carretera donde una quebrada sin nombre divide los terrenos del Colegio
Malambo con la urbanización Villas del Carrizal; se continúa aguas abajo esta
quebrada hasta donde la cruza un camino, con coordenadas UTM 988,175mN
y 645,678mE, se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta un punto
con coordenadas UTM 988,153mN y 645,745mE; desde este punto, se
continúa en dirección Sureste hasta un punto con coordenadas UTM
988,113mN y 645,801mE; desde allí se sigue en línea recta con dirección
Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM
988,050mN y 646,046mE; desde este punto, se continúa en línea recta con
dirección Sureste hasta la cima de un cerro sin nombre con coordenadas UTM
987,540mN y 646,252mE; se continúa por todo el filo hasta la cima del cerro
sin nombre con coordenadas UTM 987,532mN y 646,565mE; desde este
punto, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta un punto con
coordenadas UTM 987,082 mN y 647,003mE en la carretera que va de Las
Colinas de Cáceres a Loma de Piedra; se continúa por esta hasta su
intersección con la quebrada Seca; desde allí se prosigue en línea recta con
dirección Sureste hasta donde la quebrada Los Chorros cruza la carretera que
comunica a la comunidad de La Mina con El Valle de La Mina; desde este
punto, se prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con el canal
río Bique; se sigue aguas abajo este río hasta el punto donde le vierte sus aguas
la quebrada Grande, luego se continúa aguas arriba esta quebrada hasta su
nacimiento.
c.
Con el corregimiento Veracruz:
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Desde el nacimiento de la quebrada Grande o Seca, se sigue en línea
recta con dirección Suroeste hasta la cabecera de la quebrada El Mangal; se
continúa aguas abajo esta quebrada hasta su desembocadura en la bahía de
Bique.
ch. Con el corregimiento Vista Alegre:
En un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE, donde el
camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río Aguacate, se
sigue este río aguas arriba, hasta un punto con coordenadas UTM 988,300mN y
643,960mE, donde toca sus riberas la calle que conduce de la Carretera
Interamericana en la comunidad de Río Indio a dicho río; se sigue por esta calle
hasta donde se une con la Carretera Interamericana; se continúa por la
mencionada carretera en dirección a la comunidad de Cerro Silvestre hasta
donde se le desprende la carretera que conduce a San Vicente de Bique; se
sigue por esta última carretera en dirección a la Playita de Bique hasta donde
cruza el río Bique; se prosigue aguas abajo este río hasta su desembocadura en
la bahía del mismo nombre.
d.
Con el corregimiento Juan Demóstenes Arosemena:
Desde un punto con coordenadas UTM 987,884mN y 642,422mE,
donde el camino que conduce de cerro Tigre a Vista Alegre cruza el río
Aguacate, se continúa por el mencionado camino en dirección a cerro Tigre
hasta encontrar la carretera que conduce de Nuevo Arraiján a cerro Tigre;
luego se prosigue por esta carretera hasta un punto con coordenadas UTM
989,310mN y 641,942mE, exactamente donde cruza un brazo de la quebrada
Polonia; se sigue aguas abajo por el mencionado brazo hasta su confluencia
con la quebrada Polonia; se continúa aguas arriba la mencionada quebrada
hasta donde la cruza la carretera que conduce de la comunidad de Nuevo
Chorrillo a Nuevo Emperador; se sigue en dirección a la comunidad de Nuevo
Chorrillo hasta un punto con coordenadas UTM 991,581mN y 642,648mE
donde se desvía un camino en dirección Noreste al río Potrero; se continúa por
el mencionado camino hasta donde cruza el río Potrero en un punto con
coordenadas UTM 992,052mN y 643,023mE.
Artículo 7. Se crea el corregimiento de Man Creek, segregado del corregimiento de
Gwaribiara, en el distrito de Kankintu, comarca Ngöbe Buglé.
Artículo 8. Los párrafos primero y segundo del artículo 30 de la Ley 69 de 1998 quedan así:
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Artículo 30. El distrito de Kankintu se divide en nueve corregimientos, a saber:
Bisiria (cabecera), Büri, Kankintu, Gwaribiara, Gworoni, Mününi, Piedra Roja, Tu
Gwai y Man Creek.
La cabecera del distrito es el poblado de Kankintu.
...
Artículo 9. Las comunidades que integran el corregimiento Man Creek son: Boca de Man
Creek, Pumona, Centro Daira No.1, Guabal, Quebrada Venado, Chivori, Daira No.2, Boca de
Gwaribiara, Barranquilla No.1, Barranquilla No.2, Monte Lirio, Nueva Esperanza, Quebrada
Ventura, Barriada Las Colinas, Barriada Caño Bonito y Alto Man Creek.
Artículo 10. Los límites político-administrativos del corregimiento Man Creek quedan de la
siguiente forma:
1.
Con el corregimiento de Gwaribiara (cabecera)
Desde la desembocadura del río Gwaribiara, se sigue aguas arriba este río con
dirección Noroeste, aproximadamente hasta llegar a la comunidad Guabal que está
entre el río Gwaribiara y río Daira; de este punto se sigue aguas arriba este río en línea
recta con dirección Norte hasta llegar a la quebrada Chivoria, límite con la cordillera
central y con el distrito de Besigó.
2.
Con el corregimiento de Büri
Desde el punto localizado con los límites de los distritos de Kankintu y
Chiriquí Grande, con coordenadas UTM 984,925mN y 376,275m, se continúa por toda
la divisoria de aguas entre los ríos Man Creek, Guabo y Daira, hasta encontrar la
cordillera central, pasando por la cota de elevación 325 mts.
Artículo 11. Las comunidades que quedan comprendidas entre los límites geopolíticos del
corregimiento de Gwaribiara, luego de la segregación de que trata el artículo 7 de esta Ley,
son: Chalite, San Félix, Caño Sucio, Quebrada Driri, Quebrada Tula, Quebrada Cayuco,
Cerro Ñeque, Coclesito, Dudori, Llanura, Drigari, Santa Marta, Quebrada Tigre, Toboari,
Piedra Roja, Altomina y Piedra Ancha.
Artículo 12. El Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas, así
como la Dirección de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán
brindar asesoramiento a los municipios de Montijo, Arraiján y Kankintu en todo lo
concerniente a la organización, el funcionamiento y la administración de estos nuevos
corregimientos.
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Artículo 13. La elección de los representantes de los nuevos corregimientos que corresponde
por razón de esta Ley, se hará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de
conformidad con las disposiciones de la legislación electoral.
Artículo 14. Los actuales representantes de corregimiento y las autoridades de policía de los
corregimientos sujetos a segregación, continuarán ejerciendo sus funciones hasta tanto se
haga la elección o designación de los funcionarios correspondientes a la nueva división
político-administrativa establecida mediante la presente Ley.
Artículo 15. La presente Ley modifica el artículo 60 de la Ley 58 de 29 de julio de 1998, los
artículos 59 y 60 de la Ley 1 de 27 de octubre de 1982 y el artículo 30 de la Ley 69 de 28 de
octubre de 1998.
Artículo 16. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los
28 días del mes de abril del año dos mil tres.
El Presidente,
Carlos R. Alvarado A.
El Secretario General Encargado,
Edwin E. Cabrera U.
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ASAMBLEA NACIONAL
LEY: 042
DE
2003
PROYECTO DE LEY: 2002_P_143.PDF
NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN
ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
ACTAS DEL PLENO
2003_04_24_A_PLENO.PDF
2003_04_28_A_PLENO.PDF
Document Outline
- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO COMPLETO
- PROYECTO DE LEY 143 DE 2002
- ACTAS DEL PLENO
- DER. ADMINISTRATIVO
- Division territorial
- Corregimientos
- DER. ELECTORAL