Ley 4 De 1974
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
4
Referencia: Nº4
Año:
1974
Fecha(dd-mm-aaaa): 08-01-1974
Titulo: POR LA CUAL SE REFORMAN LOS NUMERALES 841-19-07 Y 841-19-08 DEL ARANCEL DE
IMPORTACION,MODIFICADOS POR EL ARTICULO SEGUNDO DEL DECRETO DE GABINETE
N0.145 DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 1972.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 17519
Publicada el: 24-01-1974
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Impuestos a las importaciones, Código Fiscal
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.173
Rollo:
26
Posición:
1176
G.O.17519
LEY 4
(De 8 de enero de 1974)
Por la cual se reforman los numerales 841-19.07 y 841-19.08 del Arancel de
Importación, modificados por el Artículo Segundo del Decreto de Gabinete
No. 145 de 7 de septiembre de 1972
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA
ARTÍCULO 1.
Se reforman los numerales 841-19.07 y 841-19.08 del
Arancel de Importación, modificados por el Artículo Segundo del Decreto de
Gabinete No. 145 de 7 de septiembre de 1972, los cuales quedarán así:
841-19.07 Brassieres cuyo valor F.O.B sea de………………………B./ 29.40.
o más por docena ………………..24 o/o A.V.
841-19.08 Brassieres cuyo valor F.O.B. sea de……………………..B./29.39
o menos por docena………….….12.00K.B.
ARTÍCULO 2.
La presente Ley comenzará a regir después de los
sesenta (60) días contados a partir de la fecha de su promulgación
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 8 días del mes de enero de mil
novecientos setenta y cuatro.
DEMETRIO B. LAKAS
Presidente de la República
ARTURO SUCRE P.
Vicepresidente de la República
CARLOS ESPINO,
Presidente de la Asamblea
Nacional de Representantes
de Corregimientos.
ROGER DECEREGA
Secretario General
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- DER. ADMINISTRATIVO
- Código Fiscal
- Impuestos a las importaciones