Ley 38 De 2009
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ASAMBLEA NACIONAL
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
38
Referencia:
Año:
2009
Fecha(dd-mm-aaaa): 29-06-2009
Titulo: QUE MODIFICA EL ARTICULO 21 Y DEROGA LOS ARTICULOS 31 Y 37 DE LA LEY 28 DE
2009, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO ORGANICO DEL REGIMEN INTERNO DE LA
ASAMBLEA NACIONAL.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL
Gaceta Oficial: 26314-A
Publicada el: 30-06-2009
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. CONSTITUCIONAL
Palabras Claves: Poder Legislativo, Asamblea Legislativa
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565
Posición:
2331
TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA
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Digitalizado por la Asamblea Nacional
G.O. 26314-A
LEY 38
De 29 de junio de 2009
Que modifica el artículo 21 y deroga los artículos 31 y 37 de la Ley 28 de
2009, que modifica el Reglamento Orgánico del Régimen Interno
de la Asamblea Nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. El artículo 21 de la Ley 28 de 2009 queda así:
Artículo 21. El artículo 131 de la Ley 49 de 1984 queda así:
Artículo 131. En los debates de la Asamblea Nacional tendrán derecho a
voz:
1.
Los Diputados y Diputadas.
2.
Los Ministros y las Ministras de Estado.
3.
El Procurador o la Procuradora General de la Nación, el Procurador o
la Procuradora de la Administración y los Magistrados y las
Magistradas de la Corte Suprema de Justicia.
4.
Los Magistrados y las Magistradas del Tribunal Electoral, en las
materias que son de su competencia.
5.
Los Presidentes o Presidentas de los Consejos Provinciales, cuando
se trate de proyectos de leyes presentados por estos.
6.
Las personas que sean citadas o requeridas y a quienes el Pleno les
conceda ese derecho.
Los Diputados y Diputadas con algún grado de discapacidad auditiva
podrán ser asistidos por personal especializado que facilite su comunicación
cuando hagan uso del derecho a voz.
Artículo 2. Se derogan los artículos 31 y 37 de la Ley 28 de 2009.
Artículo 3. La presente Ley modifica el artículo 21 y deroga los artículos 31 y 37 de la
Ley 28 de 3 de junio de 2009.
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 514 de 2009 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de
Panamá, a los diez días del mes de junio del año dos mil nueve.
El Presidente,
Raúl E. Rodríguez Araúz
El Secretario General,
Carlos José Smith S.
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O. 26314-A
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 29 DE JUNIO DE 2009.
MARTÍN TORRIJOS ESPINO
Presidente de la República
DILIO ARCIA TORRES
Ministro de Gobierno y Justicia
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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