Ley 37 De 2008
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ASAMBLEA NACIONAL
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
37
Referencia:
Año:
2008
Fecha(dd-mm-aaaa): 24-06-2008
Titulo: QUE REFORMA LAS LEYES 58 Y 69 DE 1998 Y LA LEY 27 DE 2001, SOBRE LIMITES
POLITICO-ADMINISTRATIVOS DE LAS PROVINCIAS DE HERRERA Y VERAGUAS.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL
Gaceta Oficial: 26069
Publicada el: 25-06-2008
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Organizaciones gubernamentales, Gobiernos locales, Gobierno nacional,
Municipios, Propiedad estatal, División territorial, Comunidades autónomas
Páginas:
6
Tamaño en Mb:
0.292
Rollo:
559
Posición:
1460
TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA
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G.O. 26069
LEY 37
De 24 de junio de 2008
Que reforma las Leyes 58 y 69 de 1998 y la Ley 27 de 2001, sobre límites
político-administrativos de las provincias de Herrera y Veraguas
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. El numeral 4 del artículo 15 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 15. Los límites de la provincia de Herrera son los siguientes:
…
4.
Con la provincia de Veraguas:
Desde la cima del cerro Los Ñopos se sigue por toda la cordillera que divide
las aguas de los ríos Güera y Quebro hasta la cima del cerro Alto Manglillo o Alto
del Manglillo; desde la cima de este cerro se continúa por toda la divisoria de aguas
hasta la cima del cerro Cacarañado; desde aquí se prosigue en línea recta hasta el
nacimiento del río Viejo; desde aquí se continúa en línea recta con dirección
Noroeste hasta la roca que está entre la escuela La Peña de Tebario y la Iglesia de
Dios de la Profecía en la carretera que conduce del Toro a Tebario en el lugar
poblado La Peña, con coordenadas UTM:855103mN, 509588 mE; desde aquí se
continúa en línea recta con dirección Noroeste hasta donde se encuentra el
nacimiento de la quebrada de Piedra, con coordenadas UTM:855102mN,
509507mE, donde se encuentra el ojo de agua; se prosigue aguas abajo esta
quebrada hasta donde vierte sus aguas al río Suay, con coordenadas
UTM:856658.55mN, 504339.57mE (NAD-27); se sigue aguas arriba este río hasta
donde la quebrada La Llana le vierte sus aguas; se continúa esta quebrada aguas
arriba hasta donde la quebrada La Tinaja le vierte sus aguas; se sigue esta quebrada
hasta su nacimiento; desde aquí se continúa en línea recta hasta la cima de loma
Ñubla; desde esta cima se prosigue en línea recta hasta el punto más elevado del
cerro Señiles; desde aquí se sigue en línea recta hasta la confluencia de la quebrada
Puja con el río Ponuga; se continúa aguas arriba de este río hasta donde le vierte sus
aguas la quebrada Quisama; se continúa por el curso de esta quebrada hasta su
nacimiento; desde aquí se prosigue en línea recta hasta el Alto de la Agustina o
Loma de la Gregoria; desde este Alto se sigue por toda la divisoria de aguas que
separa los ríos Piña y Sábalo del río Ponuguilla hasta el nacimiento de la quebrada
La Pita; se continúa aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia en el río
Sábalo; desde la desembocadura de la quebrada La Pita en el río Sábalo, se
prosigue en línea recta hasta el Alto de Remigio Ureña; desde aquí se continúa en
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línea recta hasta el nacimiento del río Cacique; se sigue aguas abajo este río hasta
donde lo cruza el camino que va de Rincón Santo a La Carrillo; desde este cruce se
sigue en línea recta hasta la cima del cerro Cacique; desde esta cima se continúa la
línea recta hasta un punto en la quebrada Los Naranjos, que quede más próximo al
mencionado cerro; desde el citado punto se sigue por todo el curso de esta quebrada
hasta su desagüe en el río Yaré; desde esta unión se continúa el río Yaré hasta su
desembocadura en el río Conaca; se continúa aguas abajo por el curso de este río
hasta donde le tributa sus aguas al río Cañazas, el cual se continúa hasta su
confluencia con el río Santa María.
Artículo 2. El numeral 4 del artículo 23 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 23. Los límites del distrito de Ocú son los siguientes:
…
4.
Con el distrito de Las Minas:
Desde la confluencia de la quebrada Lajas o La Palma en el río Parita, se
sigue aguas arriba dicho río hasta donde se le une la quebrada Parita; se continúa
esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí se prosigue en línea recta con
dirección Suroeste hasta Altos de Los Helechales; se continúa en línea recta hasta el
nacimiento de la quebrada Juncal; se prosigue aguas abajo esta quebrada hasta su
desagüe en el río Suay; se continúa por el curso de este río, hasta donde la quebrada
La Llana le vierte sus aguas en el límite de la provincia de Veraguas.
Artículo 3. El numeral 3 del artículo 47 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 47. Los límites de la provincia de Veraguas son los siguientes:
…
3.
Con la provincia de Herrera:
Desde la confluencia del río Cañazas con el río Santa María se continúa el
primer río aguas arriba hasta donde recibe las aguas el río Conaca; se sigue el río
Conaca aguas arriba hasta donde le vierte sus aguas el río Yaré; se continúa este
último río hasta donde le tributa sus aguas la quebrada Los Naranjos, la cual se
continúa aguas arriba hasta un punto sobre la misma quebrada, que quede más
próximo al cerro Cacique; desde este punto se prosigue en línea recta hasta la cima
del mencionado cerro; se continúa con esta línea hasta el punto donde el camino que
va de Rincón Santo a La Carrillo cruza el río Cacique; desde aquí se continúa aguas
arriba este río hasta su nacimiento; desde esta cabecera se sigue en línea recta hasta
el Alto de Remigio Ureña; desde este Alto se prosigue en línea recta hasta la
confluencia de la quebrada Pita con el río Sábalo; desde aquí se continúa aguas
arriba la quebrada La Pita hasta su nacimiento; de ahí se sigue por toda la divisoria
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de aguas que separa los ríos Piña y Sábalo del río Ponuguilla hasta el Alto de la
Agustina o Loma de la Gregoria; desde este Alto se continúa en línea recta hasta el
nacimiento de la quebrada Quiasma; se continúa esta quebrada hasta su desagüe en
el río Ponuga, el cual se sigue aguas abajo hasta donde recibe las aguas de la
quebrada Puja; desde esta confluencia se prosigue en línea recta hasta el punto más
elevado del cerro Señiles; desde aquí se continúa en línea recta hasta la cima de
loma Ñubla; se continúa en línea recta hasta el nacimiento de la quebrada La Tinaja;
se sigue esta quebrada hasta su desembocadura en la quebrada La Llana; se prosigue
esta quebrada hasta su confluencia en el río Suay; se prosigue aguas abajo este río
hasta donde la quebrada de Piedra le vierte sus aguas, punto con coordenadas
UTM:856658mN, 504339mE (NAD-27); se continúa esta quebrada aguas arriba
hasta su nacimiento donde se encuentra el ojo de agua, punto con coordenadas
UTM:855102mN, 509507mE; desde aquí se sigue en línea recta hasta la roca que
está entre la escuela La Peña de Tebario y la Iglesia de Dios de la Profecía en la
carretera que conduce de Tebario al Toro en el lugar poblado La Peña, punto con
coordenadas UTM: 855103mN, 509588mE; desde aquí se prosigue en línea recta
con dirección Sureste hasta el nacimiento del río Viejo; desde aquí se sigue en línea
recta hasta el punto más elevado del cerro Cacarañado; se continúa por la divisoria
de aguas hasta la cima del cerro Alto El Manglillo; desde aquí se prosigue por toda
la cordillera que divide las aguas de los ríos Güera y Quebro hasta la cima del cerro
Los Ñopos.
Artículo 4. Se adiciona el literal c al numeral 9 del artículo 67 de la Ley 58 de 1998, así:
Artículo 67. Los límites del distrito de Santiago son los siguientes:
…
9.
En la provincia de Herrera
…
c.
Con el distrito de Las Minas:
Desde donde la quebrada de Piedra vierte sus aguas en el río Suay,
punto con coordenadas UTM:856658mN, 504339mE (NAD-27), se continúa
este río aguas arriba hasta donde la quebrada La Llana le vierte sus aguas.
Artículo 5. Los numerales 4 y 5 del artículo 4 de la Ley 27 de 2001 quedan así:
Artículo 4. Los límites de distrito de Mariato son los siguientes:
…
En la provincia de Herrera
...
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4.
Con el distrito de Las Minas
Desde donde la quebrada de Piedra le revierte sus aguas en el río Suay, con
coordenadas UTM:856658mN, 504339mE (NAD-27), se continúa esta quebrada
aguas arriba hasta su nacimiento donde se encuentra el punto con coordenadas
UTM:855102mN, donde se encuentra el ojo de agua; desde aquí se sigue en línea
recta hasta la roca que está entre la escuela La Peña de Tebario y la Iglesia de Dios
de la Profecía en la carretera que conduce de Tebario al Toro en el lugar poblado La
Peña, punto con coordenadas UTM:855103mN, 509588mE; desde aquí se prosigue
en línea recta con dirección Suroeste hasta el nacimiento del río Viejo; desde aquí se
sigue en línea recta hasta el punto más elevado del cerro Cacarañado; se continúa
por la divisoria de aguas hasta la cima del cerro Alto El Manglillo; desde aquí se
prosigue por toda la cordillera que divide las aguas de los ríos Güera y Quebro hasta
la cima del cerro Los Ñopos.
5.
Con el distrito de Los Pozos
Desde la cima del cerro Los Ñopos se sigue por toda la cordillera que divide
las aguas de los ríos Güera y Quebro hasta la cima del cerro El Manglillo o Alto del
Manglillo.
Artículo 6. Se crea el corregimiento Rubén Cantú, segregado de los corregimientos El
Alto y Gatú o Gatuncito, del distrito Santa Fe, provincia de Veraguas.
Artículo 7. Se modifica el encabezado y se adiciona el numeral 8 al artículo 66 de la Ley
58 de 1998, así:
Artículo 66. El distrito de Santa Fe se divide en ocho (8) corregimientos, a saber:
Santa Fe (cabecera), Calovébora, El Alto, El Cuay, El Pantano, Gatú o Gatucito,
Río Luis y Rubén Cantú. La cabecera del distrito es el poblado de Santa Fe. Los
límites de los corregimientos del distrito de Santa Fe son los siguientes:
...
8.
Corregimiento Rubén Cantú
a.
Con el corregimiento El Alto:
Desde la confluencia del río Lajas con el río Gallito y desde este
último aguas arriba, se sigue hasta la desembocadura de la quebrada El
Brujo; se sube por el curso de esta quebrada hasta la confluencia de la
quebrada Las Peñitas y desde esta, aguas arriba, hasta su nacimiento, con
coordenadas UTM:0500150mE, 0939616mN (WGS-84); desde allí se
prosigue en línea imaginaria con rumbo Noreste hasta la cima del cerro
Altos del Cirgüeral.
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b.
Con el corregimiento Gatú o Gatuncito:
Desde la cima del cerro Altos del Cirgüeral se sigue en línea recta
imaginaria con rumbo Sureste hasta la cabecera de la quebrada Palo Grande
o Caimito y desde esta, aguas abajo, hasta su desembocadura con el río
Gatú.
c.
Con el corregimiento de Santa Fe (cabecera):
Desde la confluencia del río Gallito con el río Lajas, con coordenadas
UTM: 0495759mE, 0937957mN (WGS-84).
Artículo 8. Las comunidades que quedan comprendidas dentro del corregimiento Rubén
Cantú son: El Bongo, El Palmarito, Las Peritas, El Hinojal, El Guanábano, El Juncal, Palo
Verde, La Montañuela Arriba, Chichical, La Peña, La Sabaneta, La Pita o El Aguacate, La
Montaña Abajo, La Pandura No.2, La Ciénega, Loma del Medio, La Pacora, Alto de Valle
Alegre, Sabaneta de Pescara, El Junquito, La Isleta No.1, El Común, Las Tiburcias, El
Comuncito, El Manzanillo, El Chorrillito, Caimito, Agua Fría, Los Cerritos de Santa Fe, La
Evidencia, Alto El Cirgüeral, Cinco Cerros o Los Cerrillos, Caña Blanca, Las Minitas, Alto
Corona, Los Santanas, El Calabacito, El Guabito, El Pedregoso, Pescara y Espavé.
Artículo 9. Se crea el corregimiento Las Cruces, segregado de los corregimientos Cañazas
(cabecera), El Picador y el corregimiento Cerro de Plata, en el distrito de Cañazas,
provincia de Veraguas.
Artículo 10. Se modifica el encabezado y se adiciona el numeral 8 al artículo 22 de la Ley
69 de 1998, así:
Artículo 22. El distrito de Caña zas se divide en ocho (8) corregimientos, a saber:
Cañazas (cabecera), San Marcelo, El Picador, Cerro de Plata, Los Valles, San José,
El Aromillo y Las Cruces.
La cabecera del distrito de Cañazas es la población de Cañazas. Los límites
de los corregimientos del distrito de Cañazas son los siguientes:
...
8.
Corregimiento Las Cruces
a.
Con el corregimiento Cañazas (cabecera):
Desde la desembocadura de la quebrada Mata Palo en el río San Pablo, se
sube río arriba hasta la desembocadura de la quebrada Cavira con el río San Pablo.
b.
Con el corregimiento El Picador:
Desde la desembocadura de la quebrada Cavira en el río San Pablo, se sigue
río arriba hasta la desembocadura de la quebrada Peñón.
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c.
Con el corregimiento de Cerro de Plata:
Desde la desembocadura de la quebrada Mata Palo se continúa quebrada
arriba hasta la cima del cerro El Blandito, siguiendo un camino sin nombre hasta el
río Bale. Desde allí se sigue por el río Bale, río arriba, hasta su nacimiento.
Artículo 11. Las comunidades que quedan comprendidas dentro del corregimiento Las
Cruces son: Los González, Las Cruces, Guabal Poniente, San Juan de Dios, Pan de Azúcar,
El Cortezo, El Higuito, El Román y El Blandito.
Artículo 12. Esta Ley modifica el numeral 4 del artículo 15, el numeral 4 del artículo 23,
el numeral 3 del artículo 47 y el encabezado del artículo 66 de la Ley 58 de 29 de julio de
1998, así como el encabezado del artículo 22 de la Ley 69 de 28 de octubre de 1998 y los
numerales 4 y 5 del artículo 4 de la Ley 27 de 25 de junio de 2001, y adiciona el numeral 8
al artículo 66 y el literal c al numeral 9 del artículo 67 de la Ley 58 de 29 de julio de 1998,
así como el numeral 9 al artículo 22 de la Ley 69 de 28 de octubre de 1998.
Artículo 13. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 422 de 2008 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de
Panamá, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil ocho.
El Presidente,
Pedro Miguel González P.
El Secretario General,
Carlos José Smith S.
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 24 DE JUNIO DE 2008.
MARTÍN TORRIJOS ESPINO
Presidente de la República
DANIEL DELGADO DIAMANTE
Ministro de Gobierno y Justicia
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ASAMBLEA NACIONAL
LEY: 037
DE
2008
PROYECTO DE LEY: 2008_P_422.PDF
NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN
ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
ACTAS DEL PLENO
2008_06_12_A_PLENO.PDF
2008_06_16_A_PLENO.PDF
Document Outline
- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- PROYECTO DE LEY 422 DE 2008
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- ACTAS DEL PLENO
- DER. ADMINISTRATIVO
- Organizaciones gubernamentales
- Municipios
- Gobiernos locales
- Division territorial
- DER. FINANCIERO
- Comunidades autónomas
- Gobierno nacional
- Propiedad estatal