Ley 37 De 1977
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
N�mero:
37
Referencia:
A�o:
1977
Fecha(dd-mm-aaaa): 18-10-1977
Titulo: POR LA CUAL SE EXONERA TRANSITORIAMENTE DEL PAGO DE IMPUESTO DE
IMPORTACION, LOS PAVOS REFRIGERADOS Y LOS JAMONES PIC-NIC CON HUESOS.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 18449
Publicada el: 28-10-1977
Rama del Derecho: DER. COMERCIAL
Palabras Claves: Impuesto a las importaciones, Alimentos de origen animal
P�ginas:
2
Tama�o en Mb:
0.375
Rollo:
24
Posici�n:
1057
G. O. 18449
LEY 37
(De 18 de Octubre de 1977)
Por cual se exonera transitoriamente del pago del impuesto de importaci�n,
los pavos refrigerados y los jamones Picnic con hueso.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACI�N
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional tiene inter�s en brindarle al pueblo paname�o los
art�culo necesarios, para la cena de Navidad a precios rebajados; y
Que con esta finalidad se encarga al Instituto de Mercadeo Agropecuario,
para que programe y controle la importaci�n de estos art�culos.
DECRETA:
Art�culo 1.: Se exonera transitoriamente del impuesto de importaci�n los
art�culos que se introduzcan durante la vigencia de esta Ley, comprendidos dentro
de los numerales del arancel de importaci�n que se se�alen as�:
Jam�n Pic-nic con hueso ?numeral 012-01-00
Pavos refrigerados -numeral 011-04-00
Art�culo 2.: Esta Ley tendr� vigencia, hasta el 31 de enero de 1978, cuando se
tomar� un inventario de las cantidades existente. Este saldo deber� pagar en esta
fecha, el impuesto de importaci�n correspondiente, para que vuelvan a su precio
de venta normal.
Art�culo 3.: La Oficina de Regulaci�n de Precios, se�alar� los precios de venta,
tanto de los jamones Pic-nic con hueso, como de los pavos refrigerados
importados con esta exoneraci�n, en base a los costos de importaci�n
correspondientes.
Art�culo 4.: Se modifican los numerales 012-01-00 y 011-04-00 del arancel de
importaci�n, en los referentes a los jamones Pic-nic con hueso y a los pavos
refrigerados, de que trata la presente Ley.
Art�culo 5.: La presente Ley regir� a partir de su expedici�n.
ASAMBLEA NACIONAL ? REP�BLICA DE PANAM�
G. O. 18449
COMUN�QUESE Y PUBL�QUESE
Dado en la ciudad de Panam�, a los 18 d�as del mes de octubre de mil
novecientos setenta y siete.
ING. DEMETRIO B. LAKAS
Presidente de la Rep�blica
GERARDO GONZ�LEZ V.
Vicepresidente de la Rep�blica
JOS� O. HUERTAS
Presidente de la Asamblea Nacional
de Representantes de Corregimientos
El Ministro de Gobierno y Justicia,
JORGE E. CASTRO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
NICOL�S GONZ�LEZ REVILLA
El Ministro de Hacienda y Tesoro, a.i.
LUIS M. ADAMES P.
El Ministro de Educaci�n,
ARISTIDES ROYO
El Ministro de Obras P�blicas,
N�STOR T. GUERRA
Ministro de Desarrollo Agropecuario,
RUB�N D. PEREDES
El Ministro de Comercio e Industrias,
JULIO E. SOSA
El Ministro de Trabajo y
Bienestar Social,
ADOLFO AHUMADA
El Ministro de Salud,
ABRAHAM SAIED
El Ministro de Vivienda,
TOM�S G. ALTAMIRANO D.
El Ministro de Planificaci�n y
Pol�tica Econ�mica,
NICOL�S ARDITO BARLETTA
Comisionado de Legislaci�n,
MARCELINO JA�N
Comisionado de Legislaci�n,
NILSON A. ESPINO
Comisionado de Legislaci�n,
MANUEL B. MORENO
Comisionado de Legislaci�n,
RICARDO RODR�GUEZ
ASAMBLEA NACIONAL ? REP�BLICA DE PANAM�
G. O. 18449
Comisionado de Legislaci�n,
ROLANDO MURGAS T.
Comisionado de Legislaci�n,
CARLOS P�REZ HERRERA
Comisionado de Legislaci�n,
SERGIO P�REZ SAAVEDRA
Comisionado de Legislaci�n,
MIGUEL A. PICARD AMI
Comisionado de Legislaci�n,
RUB�N D. HERRERA
Comisionado de Legislaci�n,
ERNESTO P�REZ BALLADARES
FERNANDO MANFREDO JR.
Ministro de la Presidencia
ASAMBLEA NACIONAL ? REP�BLICA DE PANAM�
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- DER. COMERCIAL
- Alimentos de origen animal
- Impuesto a las importaciones