Ley 36 De 1974
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
36
Referencia: Nº36
Año:
1974
Fecha(dd-mm-aaaa): 29-03-1974
Titulo: MEDIANTE LA CUAL SE REFUERZAN LA OFICINA DE REGULACION DE PRECIOS, A FIN DE
QUE PUEDA EJECUTAR EN FORMA EFECTIVA EL CONTROL DE PRECIOS Y SALARIOS.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 17570
Publicada el: 09-04-1974
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Control de precios, Salarios y premios
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
0.471
Rollo:
26
Posición:
1676
G.O.17570
LEY 36
(De 29 de Marzo de 1974)
Mediante la cual se refuerza la Oficina de regulación de Precios a Fin de que
pueda ejecutar en forma efectiva el control del Programa de Precios y Salarios.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
ARTÍCULO 1.
La creación de trece (13) posiciones nuevas:
PROGRAMA 01: ESTUDIO, FIJACIÓN Y CONTROL DE PRECIOS SUB-
PROGRAMA 02: ANÁLISIS Y FIJACIÓN DE PRECIOS PARTIDA:
11.1.01.02.00.001.
Descripción Unidades Sueldo A 10
Mensual Meses
Auditor V (500 c/u) 3 1,500 15,000
Auditor V (450 c/u) 2 900 9,000
Auditor V 1 600 6,000
Economista III (450 c/u) 2 900 9,000
Estadístico-Analista III 1 450 4,500
Estadístico III 1 350 3,500
Secretaria IV (200 c/u) 3 600 6,000
13 53,000
ARTÍCULO 2.
Se autoriza los siguientes aumentos de sueldo mediante la
eliminación y creación de posiciones:
PROGRAMA 01: ESTUDIO, FIJACIÓN Y CONTROL DE PRECIOS
SUB- PROGRAMA 01: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
PARTIDA: 11.1.01.01.00.001
Se eliminan las siguientes posiciones:
Descripción Unidades Sueldo A 10
Mensual Meses
Subdirector 1 850 8,500
SUB PROGRAMA 02: ANÁLISIS Y FIJACIÓN DE PRECIOS
Planificador IV 1 550 5,500
Planificador IV 1 550 5,500
Planificador III 1 500 5,000
Total 4 24,500
Se crean las siguientes posiciones:
SUB- PROGRAMA 01: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
PARTIDA: 11.1.01.01.00.001
Subdirector 1 900 9,000
SUBPROGRAMA 02: ANÁLISIS Y FIJACIÓN DE PRECIOS
Planificador V 1 650 6,500
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O.17570
Planificador V 1 600 6,000
Planificador IV 1 550 5,500
Total 4 27,000
ARTÍCULO 3.
Se autoriza a partir del mes de marzo, el incremento en los
Gastos de Representación (Partida 11.01.01.01.00.006) del Director de la Oficina
de Regulación de Precios en la suma de B/.200 mensuales.
ARTÍCULO 4.
Se autoriza la adquisición de la siguiente maquinaria y equipo:
PROGRAMA 01: ESTUDIO, FIJACIÓN Y CONTROL DE PRECIOS
SUB- PROGRAMA 01: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
PARTIDA: 11.1.01.01.00.221.
Descripción Unidades Costo Unitario Costo Total
Automóvil (4 cilindros) 1 5,450 5,450
SUB- PROGRAMA 02: ANÁLISIS Y FIJACIÓN DE PRECIOS
PARTIDA 11.1.01.02.00.221
Automóvil 2 3,500 7,000
Escritorios Ejecutivos 10 175 1,750
Sillas Ejecutivas 10 100 1,000
Escritorios de Secretarias 3 110 330
Sillas de Secretarias 3 50 150
Mesas para máquinas
de escribir 3 36 108
Máquinas
Máquinas de Escribir 3 500 1,500
Calculadoras 4 500 2,000
Total 19,288
ARTÍCULO 5.
Las erogaciones adicionales producidas por este refuerzo
ascienden a la suma de B/.76,788 y serán financiadas con ahorros futiros del
Presupuesto de 1974.
ARTÍCULO 6.
Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dado en la ciudad de Panamá, a los 29 días del mes de marzo de mil
novecientos setenta y cuatro.
DEMETRIO B. LAKAS
Presidente de la República
ARTURO SUCRE P.
Vicepresidente de la República
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O.17570
CARLOS ESPINO
Presidente de la Asamblea Nacional
de Representantes de Corregimientos
ROGER DECEREGA
Secretario General
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. ADMINISTRATIVO
- Salarios y premios
- Control de precios