Ley 32 De 2000
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
32
Referencia:
Año:
2000
Fecha(dd-mm-aaaa): 19-07-2000
Titulo: QUE CONCEDE PRORROGA, PARA CONDONAR INTERESES Y RECARGOS POR LA MOROSIDAD
EN EL PAGO DE LA CONTRIBUCION POR VALORIZACION A LOS INMUEBLES.
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 24101
Publicada el: 21-07-2000
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Propiedad inmueble, Código Civil
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
4.846
Rollo:
510
Posición:
2489
G.O. 24101
LEY No. 32
De 19 de julio de 2000
Que concede prórroga para condonar intereses y recargos por la morosidad
en el pago de la contribución por valorización a los inmuebles
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se modifica el artículo 1 de la Ley 57 de 1999, así:
Artículo 1. Se autoriza al Ministerio de Obras Públicas, en coordinación con el Ministerio
de Economía y Finanzas, para condonar los intereses y recargos que, al entrar en vigencia
esta Ley, adeudan los propietarios de bienes inmuebles, en concepto de morosidad en el
pago de la contribución por valorización.
Artículo 2. Se prorroga por seis meses, a partir de la vigencia de esta Ley, el término dentro del
cual los morosos deben proceder a efectuar sus arreglos de pago o programas de amortización con
el Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 3. La presente Ley modifica el artículo 1 de la Ley 57 de 29 de diciembre de 1999 y
deroga cualquier disposición que le sea contraria.
Artículo 4. Esta Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 22
días del mes de junio del año dos mil.
El Presidente Encargado,
José Olmedo Carreño
El Secretario General,
José Gómez Núñez
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA
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