Ley 31 De 2000
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
31
Referencia:
Año:
2000
Fecha(dd-mm-aaaa): 12-07-2000
Titulo: QUE DICTA EL PRESUPUESTO DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA PARA LA
VIGENCIA FISCAL DEL 1 DE OCTUBRE DE 2000 AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2001.
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 24096
Publicada el: 14-07-2000
Rama del Derecho: DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Presupuesto, Código Fiscal
Páginas:
3
Tamaño en Mb:
0.297
Rollo:
517
Posición:
765
G.O. 24096
LEY No. 31
De 12 de julio de 2000
Que dicta el Presupuesto de la Autoridad del Canal de Panamá para la
vigencia fiscal del 1 de octubre de 2000 al 30 de septiembre de 2001
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba el Presupuesto de la Autoridad del Canal de Panamá, para la
vigencia fiscal del 1 de octubre de 2000 al 30 de septiembre de 2001, aprobado mediante
Resolución de Gabinete 32 de 31 de mayo de 2000.
Artículo 2. La estructura y asignación del Presupuesto de la Autoridad del Canal de
Panamá será la siguiente:
Ingresos de operaciones:
Ingresos por peajes
B/.584,594,000.00
Menos pagos al Tesoro Nacional-derecho por tonelada neta
(151,769,000.00)
Otros ingresos 198,314,000.00
Total de ingresos de operaciones 631,139,000.00
Gastos de operaciones:
Servicios personales 317,064,000.00
Prestaciones laborales 41,374,000.00
Materiales y suministros 54,987,000.00
Combustible 15,279,000.00
Transporte, alimentación y hospedaje en el exterior 1,744,000.00
Viáticos y movilización local 1,365,000.00
Servicios contratados a terceros 39,724,000.00
Tesoro Nacional-tasas por servicios públicos 29,000,000.00
Seguros 3,000,000.00
Reembolso por apoyo al programa de inversiones (37,320,000.00)
Depreciación 51,537,000.00
Provisión para accidentes y siniestros 5,900,000.00
Otros gastos de operación
15,514,000.00
Total de gastos de operaciones 539,168,000.00
Utilidad antes del programa de inversiones 91,971,000.00
Provisión para el programa de inversiones
74,500,000.00
Utilidad neta B/.17,471,000.00
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA
G.O. 24096
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Artículo 3. El presupuesto de inversiones de la Autoridad del Canal de Panamá será el
siguiente:
Inversiones B/.198,338,000.00
Financiamiento:
Gastos de depreciación 51,537,000.00
Cargo a la reserva para inversiones 74,500,000.00
Inversiones con cargo a años anteriores
72,301,000.00
Financiamiento disponible para inversiones
B/.198,338,000.00
Artículo 4. Las normas de administración y ejecución presupuestaria aplicables a la
vigencia fiscal comprendida del 1 octubre de 2000 al 30 de septiembre de 2001, serán las
establecidas en el Acuerdo 9 de 19 de abril de 1999, “Por el cual se aprueba el Reglamento
de Finanzas” y sus modificaciones, aprobadas por la Junta Directiva de la Autoridad del
Canal de Panamá.
Artículo 5. Esta Ley entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de 2000.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a
los 30 días del mes de junio del año dos mil.
El Presidente,
Enrique Garrido Arosemena
El Secretario General,
José Gómez Núñez
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA
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