Ley 30 De 1998
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
30
Referencia:
Año:
1998
Fecha(dd-mm-aaaa): 26-05-1998
Titulo: POR LA CUAL SE ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DE PAPEL DESECHABLE PARA
LA CUBIERTA DE LA TAZA DEL SERVICIO EN SITIOS PUBLICOS.
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 23552
Publicada el: 28-05-1998
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Salud pública
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
0.208
Rollo:
158
Posición:
1719
G.O.23552
Ley 30
(De 26 de mayo de 1998).
Por la cual se Establece el Uso Obligatorio de Papel Desechable
Para la Cubierta de la Tase del Servicio en sitios Públicos.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. El propietario o administrador de entidad, pública o privada, que
tenga bajo su responsabilidad servicios higiénicos destinados al uso público, está
obligado a mantener, en lugar visible del cuarto o establecimiento en donde está
ubicado el servicio higiénico, papel desechable sanitario para la cubierta de la tasa
del servicio higiénico y papel higiénico, o tenerlos a disposición de todo aquel que
los solicite.
Artículo 2. La infracción a esta Ley será sancionada con amonestación y multas
que aplicará el Ministerio de Salud, así:
1. La primera vez con amonestación verbal
2. La segunda, con amonestación escrita
3. La tercera, con multa de diez balboas (B/.10.00)
4. La cuarta, con multa de treinta balboas (B/.30.00)
5. La quinta, con multa de cincuenta balboas (B/.50.00)
Parágrafo: Al que infrinja esta Ley por más de cinco ocasiones, se le impondrá
una multa de cien balboas (B/.100.00), o se procederá al cierre temporal del local.
Artículo 3. Esta Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo a través del
Ministerio de Salud.
Artículo 4. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación y
deroga cualquier disposición que le sea contraria.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Aprobado en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de
Panamá, a los 31 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO M. CASTILLERO
HARLEY J MITCHELL D
Presidente (ai)
Secretario General
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA –
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 26 DE MAYO DE 1998
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O.23552
ERNESTO PEREZ BALLADARES
AIDA LIBIA DE RIVERA
Presidente de la República
Ministra de Salud
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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