Ley 25 De 1991
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
25
Referencia:
Año:
1991
Fecha(dd-mm-aaaa): 04-10-1991
Titulo: POR LA CUAL SE DECLARA DIA DEL JUBILADO Y PENSIONADO, EL 31 DE MARZO DE
CADA AÑO.
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 21896
Publicada el: 17-10-1991
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Homenajes y conmemoraciones, Jubilaciones y pensiones
Páginas:
0
Tamaño en Mb:
0.158
Rollo:
60
Posición:
826
G.O. 21896
Ley 25
(De 4 de octubre de 1991)
“Por la cual se declara Día del Jubilado y Pensionado, el 31 de marzo de
cada año”.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA
Artículo 1. Declarese Día del Jubilado y Pensionado, el 31 de marzo de cada
año.
Artículo 2. Facúltase a la Caja de Seguro Social para que con la colaboración de
las asociaciones a nivel nacional o provincial, respesentativas de los Jubilados y
Pensionados, adopten las medidas necesarias a fin de que este día se selebre con
festividades sociales, culturales y deportivas en toda la República.
Artículo 3. Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 2 días del mes de octubre de mil novecientos
noventa y uno.
MARCO AMEGLIO S.
Presidente
RUBÉN AROSEMENA VALDES
Secretario General
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O. 21896
Panamá, República de Panamá, 4 de octubre de 1991
GUILLERMO ENDARA GALIMANY
Presidente de la República
GUILLERMO ROLLA PIMENTEL
Ministro de Salud
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- TARJETA BASE
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- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. ADMINISTRATIVO
- Homenajes y conmemoraciones
- Jubilaciones y pensiones