Ley 2 De 1983
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ASAMBLEA NACIONAL
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
2
Referencia:
Año:
1983
Fecha(dd-mm-aaaa): 11-01-1983
Titulo: POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO 139 DE 7 DE OCTUBRE
DE 1976 Y SE TOMAN OTRAS MEDIDAS. (QUE MODIFICA EL ARTICULO 2º DEL DECRETO
1134 DE 18 DE JULIO DE 1945, EMPLEADOS SUPERNUMERARIOS EN EL MINISTERIO DE
EDUCACION)
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 19733
Publicada el: 18-01-1983
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Empleados públicos, Servidores públicos, Educación, Caja de Seguro Social
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.212
Rollo:
17
Posición:
2371
TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA
WWW.ASAMBLEA.GOB.PA
G.O. 19733
LEY 2
(De 11 de enero de 1983)
Por la cual se modifica el artículo primero del decreto 139 de 7 de octubre de
1976 y se toman otras medidas.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. El artículo primero del Decreto 139 de 7 de octubre de 1976, que modifica
el artículo segundo del Decreto 1134 de 18 de julio de 1945, quedará así:
ARTICULO
PRIMERO: Los sueldos que estos empleados jubilados o
supernumerarios, sean docentes o administrativos devengarán, serán los mismos que
estén percibiendo al momento de ocurrir su jubilación.
Artículo 2. Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los once días del mes de enero de mil
novecientos ochenta y tres.
H.R. DR. LUIS DE LEON ARIAS
Presidente del Consejo Nacional de Legislación
CARLOS CALZADILLA GONZALEZ
Secretario General del Consejo Nacional de Legislación
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL.-PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.-PANAMA,
REPUBLICA DE PANAMA, 11 DE ENERO DE 1983.
RICARDO DE LA ESPRIELLA T.
Presidente de la República
SUSANA R. DE TORRIJOS
Ministra de Educación
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- DER. ADMINISTRATIVO
- Servidores públicos
- Empleados públicos
- Educación
- Caja de Seguro Social