Ley 18 De 2003
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
18
Referencia:
Año:
2003
Fecha(dd-mm-aaaa): 24-01-2003
Titulo: QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS LAS LLANAS, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO LA
PITALOZA, EN EL DISTRITO DE LOS POZOS, PROVINCIA DE HERRERA, Y SAN JOSE,
SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO SAN JUAN, EN EL DISTRITO DE SAN FRANCISCO,
PROVINCIA DE VERAGUAS; MODIFICA LOS...
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 24731
Publicada el: 31-01-2003
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Organizaciones gubernamentales, Corregimientos, División territorial
Páginas:
14
Tamaño en Mb:
0.198
Rollo:
526
Posición:
1330
G.O. 24731
LEY No. 18
De 24 de enero de 200
Que crea los corregimientos Las Llanas, segregado del corregimiento La Pitaloza, en
el distrito de Los Pozos, provincia de Herrera, y San José, segregado del
corregimiento San Juan, en el distrito de San Francisco, provincia de Veraguas;
modifica los artículos 22 y 64 de la Ley 58 de 1998, y adopta otras disposiciones
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1.
Se crean los corregimientos Las Llanas, segregado del corregimiento La
Pitaloza, distrito de Los Pozos, provincia de Herrera, y San José, segregado del
corregimiento San Juan, distrito de San Francisco, provincia de Veraguas.
La cabecera del corregimiento Las Llanas es la comunidad de La Llana y la cabecera
del corregimiento San José es la comunidad de San José.
Artículo 2. El artículo 22 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 22. El distrito de Los Pozos se divide en nueve corregimientos a saber:
Los Pozos (cabecera), El Capurí, El Calabacito, El Cedro, La Arena, La Pitaloza, Los
Cerritos, Los Cerros de Paja y La Llana. La cabecera del distrito es el pueblo de Los
Pozos. Los límites de los corregimientos del distrito de Los Pozos son los siguientes:
1. Corregimiento Los Pozos (cabecera)
a. Con el corregimiento Los Cerritos:
Desde la desembocadura de la quebrada Purgatorio con el río Esquiguita, en los
límites con el distrito de Pesé, se sigue por el curso de la mencionada quebrada,
aguas arriba hasta donde se le une la quebrada Alambre; desde aquí, se continúa en
línea recta en dirección Este, hasta la cima del cerro Borrola; de esta cima se
prosigue en línea recta con dirección Sur hasta el nacimiento de la cima del cerro
Borrola; de esta cima, se prosigue en línea recta con dirección Sur hasta el
nacimiento de la quebrada El Cerro; de este nacimiento, se prosigue en línea recta
hasta la quebrada Los Chorros; de aquí, se continúa en línea recta con dirección
Sureste hasta el nacimiento de la quebrada El Venado; se sigue esta quebrada aguas
abajo hasta su unión con la quebrada Camarón; de esta unión, se continúa en línea
recta con dirección Suroeste hasta el empalme de los caminos que se dirigen a Los
Pozos Arriba, Los Cerritos y El Guayabo; se sigue el camino en dirección a El
Guayabo, hasta el punto donde se une el camino que va de El Guayabo a El Piro; se
sigue este camino con dirección a El Piro, hasta el punto donde cruza la quebrada
Real, por el curso de esta quebrada aguas abajo hasta su unión con la quebrada El
Piro; se sigue esta última quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; de aquí se
continúa en línea recta con dirección Sur hasta el punto donde el camino que se
dirige de El Piro a El Barrero se desvía a El Copé; se prosigue por el camino hacia
La Sabaneta, pasando por el Barrero hasta donde cruza la quebrada El Copé.
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b.
Con el corregimiento La Arena:
Desde el punto donde la quebrada El Copé cruza la carretera que conduce de
El Piro a La Sabaneta, se sigue por el curso de esa quebrada hasta su nacimiento; de
aquí, se continúa en línea recta con dirección Suroeste hasta la cabecera de la
quebrada Los Gatos, exactamente donde corta el camino que va de El Copé a El
Capurí; se sigue este camino hacia El Capurí, hasta donde cruza al río El Gato.
c.
Con el corregimiento El Capurí:
Desde la confluencia de la quebrada Las Yescas con el río El Gato, aguas
abajo este río hasta donde cruza el camino que se dirige de El Capurí a El Copé.
d.
Con el corregimiento Los Cerros de Paja:
Desde la unión de la quebrada Las Yescas con el río El Gato, aguas arriba
este río hasta donde la quebrada Los Portorricos le vierte sus aguas, en los límites
con el distrito de Las Minas.
2.
Corregimiento El Capurí
a.
Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):
Desde el punto donde el camino que va de El Copé a El Capurí cruza el río El
Gato, se sigue aguas arriba este río hasta donde se le une la quebrada Las Yescas.
b.
Con el corregimiento La Arena:
Desde el punto donde el camino que va de El Copé a El Capurí, cruza el río
El Gato, se continúa aguas abajo dicho río hasta donde le desagua la quebrada
Limón.
c.
Con el corregimiento El Calabacito:
Desde el desagüe de la quebrada Limón en el río El Gato, se sigue aguas
abajo este río hasta donde la quebrada Rosario le vierte sus aguas.
d.
Con el corregimiento El Cedro:
Desde la confluencia de la quebrada Rosario con el río El Gato, se sigue esta
quebrada hasta su nacimiento y de aquí, se prosigue en línea recta con dirección
Norte, hasta la unión de la quebrada Pital con la quebrada La Palma.
e.
Con el corregimiento Los Cerros de Paja:
Desde la unión de la quebrada Pital con la quebrada La Palma, se sigue esta
última quebrada hasta su nacimiento; de aquí, se prosigue en línea recta con
dirección Noroeste hasta la confluencia de la quebrada El Salitre con la quebrada
Tulivieja; se continúa por el curso de la quebrada El Salitre, hasta su unión con la
quebrada Lagunita; de aquí, se sigue aguas arriba de esta quebrada, hasta su
nacimiento; desde aquí, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta la
unión de la quebrada Carrizal con la quebrada Las Yescas, y desde esta última
quebrada, se sigue aguas abajo hasta su desagüe en el río El Gato.
3.
Corregimiento El Calabacito
a.
Con el corregimiento La Arena:
Desde el punto donde la carretera que conduce de El Calabacito a Macaracas,
provincia de Los Santos, cruza el río La Villa, se continúa por el camino hacia El
Calabacito, hasta donde se desvía el camino que conduce a La Arena; desde esta
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unión de caminos, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta la confluencia
de la quebrada La Mina Honda con la quebrada La Guabita, por todo el curso de la
primera quebrada, hasta su nacimiento; de aquí, se prosigue en línea recta con
dirección Noroeste hasta el punto donde la quebrada Frijoles le vierte sus aguas a la
quebrada La Arena; se continúa aguas arriba la quebrada Frijoles hasta su cabecera;
desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta el nacimiento de la
quebrada Limón, la cual se continúa aguas abajo hasta donde le tributa sus aguas al
río El Gato.
b.
Con el corregimiento El Capurí:
Desde la confluencia de la quebrada Limón con el río El Gato, se sigue aguas
abajo este río, hasta donde la quebrada Rosario le vierte sus aguas.
c.
Con el corregimiento El Cedro:
Desde la confluencia de la quebrada Rosario con el río El Gato, se prosigue
aguas abajo por este último río, hasta su confluencia con el río La Villa.
4.
Corregimiento El Cedro
a.
Con el corregimiento El Calabacito:
Desde la confluencia de la quebrada Rosario con el río El Gato, aguas abajo
por este último río, hasta su confluencia con el río La Villa.
b.
Con el corregimiento Los Cerros de Paja:
Desde el punto donde el camino que va de La Corocita a Llana Abajo, cruza
el río La Villa, se sigue el camino con dirección a La Corocita hasta donde se le
empalma el camino que conduce a El Salitre Abajo; de aquí, se prosigue en línea
recta con dirección Noreste al punto más elevado del cerro Alto del Bongo; desde
aquí, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta la cima de la Loma del
Calvario; desde esta cima se sigue en línea recta con dirección Noreste hasta la unión
de los caminos que van de La Chorrerita a Tierras Blancas con el que se dirige a
Guararé; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Este hasta el nacimiento de
la quebrada El Pital; se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su unión con la
quebrada La Palma.
c.
Con el corregimiento Las Llanas:
Desde la confluencia de la quebrada Piedras en el río La Villa, se sigue aguas
arriba este río hasta el punto donde el camino que conduce de La Corocita hacia
Llana Abajo cruza el río La Villa.
d.
Con el corregimiento La Pitaloza:
Desde la unión de la quebrada Trujillo con el río La Villa, en los límites con
el distrito de Macaracas, se sigue aguas arriba este río hasta la confluencia con la
quebrada Piedras.
5.
Corregimiento La Arena
a.
Con el corregimiento El Calabacito:
Desde el punto donde la carretera que conduce de El Calabacito a Macaracas,
provincia de Los Santos, cruza el río La Villa, se continúa por esta carretera hacia El
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Calabacito, hasta donde se desvía la carretera que conduce a La Arena; desde esta
unión de carreteras, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta la
confluencia de la quebrada La Mina Honda con la quebrada La Guabita, por todo el
curso de la primera quebrada hasta su nacimiento; de aquí, se prosigue en línea recta
con dirección Noreste hasta el punto donde la quebrada Frijoles vierte sus aguas a la
quebrada La Arena; se continúa aguas arriba la quebrada Frijoles hasta su cabecera;
desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta el nacimiento de la
quebrada Limón, la cual se continúa aguas abajo hasta donde le tributa sus aguas al
río El Gato.
b.
Con el corregimiento El Capurí:
Desde la confluencia de la quebrada El Limón con el río El Gato, se sigue
aguas arriba por este río, hasta donde lo cruza el camino que se dirige de El Copé a
El Capurí.
c.
Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):
Desde el punto donde el camino que conduce de El Copé a El Capurí, cruza el
río El Gato; se continúa por este camino en dirección a El Copé, hasta el nacimiento
de la quebrada Los Gatos; de aquí, se sigue en línea recta con dirección Noreste
hasta el nacimiento de la quebrada El Copé, por la cual se continúa aguas abajo hasta
donde cruza la carretera que va de El Piro a La Sabaneta.
d.
Con el corregimiento Los Cerritos:
Desde el punto donde la carretera que va de El Piro a La Sabaneta cruza la
quebrada El Copé, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con la
quebrada La Sabaneta; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta
la confluencia de la quebrada La Arena con su brazo Oeste; se prosigue aguas abajo
la quebrada La Arena, hasta su unión con la quebrada El Salitre; se continúa esta
última aguas abajo hasta su desagüe en el río La Villa, en los límites con la provincia
de Los Santos.
6.
Corregimiento La Pitaloza
a.
Con el corregimiento El Cedro:
Desde la unión de la quebrada Trujillo con el río La Villa, en los límites con
el distrito de Macaracas, aguas arriba este río hasta la confluencia con la quebrada
Piedras.
b.
Con el corregimiento Las Llanas:
Desde la confluencia de quebrada Piedras con el río La Villa, se sigue aguas
arriba esta quebrada hasta un punto con coordenadas 837920mN y 524380mE en el
límite con el distrito de Las Minas.
7.
Corregimiento Los Cerritos
a.
Con el corregimiento La Arena:
Desde el punto donde la carretera que va de El Piro a La Sabaneta, cruza la
quebrada El Copé, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con la
quebrada La Sabaneta; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Noreste
hasta la confluencia con la quebrada La Arena con su brazo Oeste; se prosigue aguas
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abajo la quebrada La Arena, hasta su unión con la quebrada El Salitre; se continúa
aguas abajo esta quebrada hasta su desagüe en el río La Villa, en los límites con la
provincia de Los Santos.
b.
Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):
Desde la desembocadura de la quebrada Purgatorio con el río Esquiguita en
los límites con el distrito de Pesé, se sigue por el curso de la mencionada quebrada,
aguas arriba hasta donde se le une la quebrada Alambre; desde aquí, se continúa en
línea recta en dirección Este, hasta la cima del cerro Borrola; desde esta cima, se
prosigue en línea recta con dirección Sur hasta el nacimiento de la cima del cerro
Borrola; de esta cima, se sigue en línea recta con dirección Sur hasta el nacimiento
de la quebrada El Cerro; de este nacimiento, se prosigue en línea recta hasta la
quebrada Los Chorros; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Sureste hasta
el nacimiento de la quebrada El Venado; se sigue esta quebrada aguas abajo hasta su
unión con la quebrada Camarón; de esta unión, se continúa en línea recta con
dirección Suroeste hasta el empalme de los caminos que se dirigen a Los Pozos
Arriba, Los Cerritos y El Guayabo; se sigue el camino en dirección a El Guayabo,
hasta el punto donde se une el camino que va de El Guayabo a El Piro; se sigue este
camino con dirección a El Piro, hasta el punto donde cruza la quebrada Real, por el
curso de esta quebrada, aguas abajo hasta su unión con la quebrada El Piro; se sigue
esta última quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; de aquí se continúa en línea
recta con dirección Sur hasta el punto donde el camino que se dirige de El Piro a El
Barrero se desvía a El Copé; se continúa por el camino hacia La Sabaneta pasando
por el Barrero hasta donde cruza la quebrada El Copé.
8.
Corregimiento Los Cerros de Paja
a.
Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):
Desde la confluencia de la quebrada Los Portorricos con el río El Gato, se
sigue aguas abajo de este río hasta donde le vierte sus aguas la quebrada Las Yescas.
b.
Con el corregimiento El Capurí:
Desde donde la quebrada Las Yescas le vierte sus aguas al río El Gato, se
sigue aguas arriba esta quebrada hasta la confluencia de la quebrada Carrizal; de este
punto, se sigue en línea recta con dirección Sureste, hasta la cabecera de la quebrada
Lagunita por la cual se continúa aguas abajo hasta su confluencia con la quebrada El
Salitre; se prosigue aguas debajo esta última quebrada hasta la confluencia con la
quebrada Tulivieja; de este punto, se continúa en línea recta con dirección Sureste,
hasta el nacimiento de la quebrada La Palma y aguas abajo esta quebrada hasta la
confluencia con la quebrada El Pital.
c.
Con el corregimiento El Cedro:
Desde la confluencia de la quebrada La Palma con la quebrada El Pital, se
sigue aguas arriba esta última quebrada, hasta su nacimiento; de aquí, se continúa en
línea recta con dirección Oeste, hasta el punto donde empalman los caminos que
conducen de La Chorrerita a Tierras Blancas y Guararé; de aquí, se prosigue en línea
recta con dirección Suroeste, hasta la cima de la Loma del Calvario; de aquí, se sigue
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en línea recta con dirección Suroeste, hasta el punte más alto del cerro Alto del
Bongo; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Suroeste hasta el punto
donde se empalman los caminos que conducen de Llana Abajo a La Corocita y El
Salitre Abajo, se sigue en dirección a Llana Abajo hasta donde cruza el río La Villa.
d.
Con el corregimiento Las Llanas:
Desde el punto donde el camino que se dirige de Llana Abajo a La Corocita,
cruza el río La Villa, se sigue aguas arriba por el curso de este río, hasta donde le
tributa sus aguas el río Las Matas en los límites con el distrito de Las Minas.
9.
Corregimiento Las Llanas
a.
Con el corregimiento El Cedro:
Desde la confluencia de la quebrada Piedras en el río La Villa, se continúa
aguas arriba este río hasta el punto donde el camino que conduce de La Corocita
hacia Llana Abajo cruza el río La Villa.
b.
Con el corregimiento Los Cerros de Paja:
Desde el punto donde el camino que se dirige de Llana Abajo a La Corocita,
cruza el río La Villa, se prosigue aguas arriba por el curso de este río, hasta donde le
tributa sus aguas el río Las Matas, en los límites con el distrito de Las Minas.
c.
Con el corregimiento La Pitaloza:
Desde la confluencia de quebrada Piedras con el río La Villa, se sigue aguas
arriba esta quebrada hasta un punto con coordenadas 837920mN y 524380mE en el
límite con el distrito de Las Minas.
Artículo 3. El artículo 64 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 64.
El distrito de San Francisco se divide en seis corregimientos, a saber:
San Francisco (cabecera), Corral Falso o Panamaes, Los Hatillos, Remance, San
Juan y San José. La cabecera del distrito es el poblado de San Francisco. Los
límites de los corregimientos del distrito de San Francisco son los siguientes:
1.
Corregimiento San Francisco (cabecera)
a.
Con el corregimiento Los Hatillos:
Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se continúa
aguas arriba esta quebrada hasta donde la cruza la carretera que une a San Francisco
con Santa Fe; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta el
nacimiento de la quebrada San Roque; se continúa esta quebrada hasta su
desembocadura en la quebrada Honda; se prosigue aguas arriba esta quebrada hasta
donde se le une la quebrada Corozo, se continúa por esta quebrada hasta su
nacimiento; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la
cabecera de la quebrada Margarita o Mojarrita; se sigue esta quebrada, hasta su
desagüe en la quebrada Caimitillo, la cual se continúa aguas abajo, hasta su
confluencia con la quebrada El Chumico o Espavé.
b.
Con el corregimiento Corral Falso o Panamaes:
Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico, se
sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta la cima del cerro El Barnizal o cerro
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Chácara; de esta cima, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta el
nacimiento de la quebrada Barrero, se continúa esta quebrada hasta su desagüe en el
río Santa María, en los límites con el distrito de Santiago.
c.
Con el corregimiento Remance:
Desde el punto de intersección de la línea limítrofe con el distrito de Santiago
y la quebrada El Cercado, se continúa esta quebrada hasta su desagüe en el río
Santa María; desde esta desembocadura, se sigue aguas bajo este río hasta donde le
tributa sus aguas el río Gatú.
ch.
Con el corregimiento San Juan:
Desde la confluencia del río Gatú en el río Santa María, se sigue aguas arriba
el río Gatú hasta la desembocadura de la quebrada Las Flores.
2.
Corregimiento Corral Falso o Panamaes
a.
Con el corregimiento San Francisco (cabecera):
Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico,
se sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta la cima del cerro El Barnizal o
cerro Chácara; desde esta cima, se continúa en línea recta con dirección Suroeste
hasta el nacimiento de la quebrada Barrero; se continúa esta quebrada hasta su
desagüe en el río Santa María, en los límites con el distrito de Santiago.
b.
Con el corregimiento Los Hatillos:
Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico o
El Espavé, se continúa esta última quebrada aguas abajo hasta donde le tributa sus
aguas a la quebrada La Marcela o Las Marcelas.
3.
Corregimiento Los Hatillos
a.
Con el corregimiento Corral Falso o Panamaes:
Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico o
El Espavé, se continúa esta última quebrada aguas abajo hasta donde le tributa sus
aguas a la quebrada La Marcela o Las Marcelas.
b.
Con el Corregimiento San Francisco (cabecera):
Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se sigue
aguas arriba esta quebrada hasta donde la cruza la carretera que une a San Francisco
con Santa Fe; desde aquí, se continúa línea recta con dirección Sureste hasta el
nacimiento de la quebrada San Roque; se continúa esta quebrada hasta su
desembocadura en la quebrada Honda; se prosigue aguas arriba esta quebrada hasta
donde se le une la quebrada Corozo; se continúa por esta quebrada hasta su
nacimiento; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la
cabecera de la quebrada Margarita o Mojarrita; se sigue esta quebrada hasta su
desagüe en la quebrada Caimitillo, la cual se continúa aguas abajo, hasta su
confluencia con la quebrada El Chumico o El Espavé.
c.
Con el corregimiento San Juan:
Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se sigue
aguas arriba este río hasta la desembocadura de la quebrada Grande.
d.
Con el corregimiento San José:
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Desde el punto donde su une la quebrada Grande con el río Gatú, se sigue
aguas arriba este río hasta donde se le une el río Beteguí; se continúa aguas arriba
por este último río hasta su intersección con la línea limítrofe del distrito de Santa
Fe.
4.
Corregimiento Remance
a.
Con el corregimiento San José:
Desde un punto con coordenadas geográficas 08º23?16? Latitud Norte y
81º07?88? Longitud Oeste en la línea limítrofe con el distrito de Santa Fe; de ahí, se
sigue por la divisoria de aguas de las quebradas Loma de La Paja y El Pital del Filú
con las quebradas Grande o Los Quinteros y Jiménez, se pasa por la cresta de los
cerros Iglesia y Chirulí y se continúa la divisoria de aguas hasta la cima del cerro
Las Peñitas; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la
confluencia de la quebrada Las Lajitas con el río Santa María; se prosigue aguas
abajo por este río hasta la desembocadura de la quebrada Rincón; desde aquí, se
continúa en línea recta con dirección Sureste hasta la cima del cerro Fifanero; desde
esta cima, se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta el punto más elevado
del cerro Esquinado.
b.
Con el corregimiento San Juan:
Desde la cima del cerro Esquinado, se sigue en línea recta con dirección
Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Chitreca, la cual se continúa hasta su
desembocadura en el río Santa María; desde esta confluencia, se prosigue en línea
recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro Buena Vista; desde este punto, se
continúa en línea recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro Chumico; desde
aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la confluencia del río Gatú
con el río Santa María.
c.
Con el corregimiento San Francisco (cabecera):
Desde el punto de intersección de la línea limítrofe con el distrito de Santiago
y la quebrada El Cercado, se continúa esta quebrada aguas abajo hasta su desagüe en
el río Santa María; desde esta desembocadura, se sigue aguas abajo por este río hasta
donde le tributa sus aguas el río Gatú.
5. Corregimiento San Juan
a.
Con el corregimiento Los Hatillos:
Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se sigue
aguas arriba este río hasta la desembocadura de la quebrada Grande.
b.
Con el corregimiento San Francisco (cabecera):
Desde la confluencia del río Gatú con el río Santa María, se prosigue aguas
arriba por el río Gatú hasta la desembocadura de la quebrada Las Flores.
c.
Con el corregimiento Remance:
Desde el punto más elevado del cerro Esquinado, se sigue en línea recta con
dirección Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Chitreca, la cual se continúa
hasta su desembocadura en el río Santa María; desde esta confluencia, se continúa en
línea recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro Buena Vista; desde este
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punto, se prosigue en línea recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro
Chumico; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la
confluencia del río Gatú con el río Santa María.
d.
Con el corregimiento San José:
Desde la desembocadura de la quebrada Grande en el río Gatú, se continúa
aguas arriba por esta quebrada hasta donde se une con la quebrada La Pita; se sigue
aguas arriba por esta quebrada hasta su nacimiento; se prosigue en línea recta con
dirección Suroeste hasta el punto más elevado del cerro Esquinado.
6.
Corregimiento San José
a.
Con el corregimiento Los Hatillos:
Desde el punto donde se une la quebrada Grande con el río Gatú, se sigue
aguas arriba por este río hasta donde se le une el río Beteguí; se continúa aguas
arriba por este último río hasta su intersección con la línea limítrofe del distrito de
Santa Fe.
b.
Con el corregimiento San Juan:
Desde de la desembocadura de la quebrada Grande en el río Gatú, se sigue
aguas arriba por esta quebrada hasta donde se une con la quebrada La Pita; se
continúa aguas arriba por esta quebrada hasta su nacimiento; se sigue en línea recta
con dirección Suroeste hasta el punto más elevado del cerro Esquinado.
c.
Con el corregimiento Remance:
Desde un punto con coordenadas geográficas 08º23?16? Latitud Norte y
81º07?88? Longitud Oeste en la línea limítrofe con el distrito de Santa Fe; de ahí, por
la divisoria de aguas de las quebradas Loma de La Paja y El Pital del Filú con las
quebradas Grande o Los Quinteros y Jiménez, se pasa por la cresta de los cerros
Iglesia y Chirulí y se continúa la divisoria de aguas hasta la cima del cerro Las
Peñitas; desde aquí, se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta la
confluencia de la quebrada Las Lajitas con el río Santa María; se sigue aguas abajo
este río hasta la desembocadura de la quebrada Rincón; desde aquí, se continúa en
línea recta con dirección Sureste hasta la cima del cerro Fifanero; desde esta cima, se
prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta el punto más elevado del cerro
Esquinado.
Artículo 4. Las comunidades que quedan comprendidas dentro del corregimiento Las
Llanas son: Llana Abajo, Llana Arriba, Tres Quebradas, El Caracucho, Quebrada Piedras, El
Pedregoso, Alto de Los Peladeros, Palo Amarillo, Los Peladeros, Las Matas Abajo, Palo
Alto, Palo Blanco, El Cogollal, Chumico y Palo de Mamey o El Mamey.
Artículo 5. Las comunidades que quedan comprendidas dentro del corregimiento San José
son: San José, Cuay Arriba, Cuay Abajo, Los Toribios, Los Bordones, Las Mendozas, La
Soledad, Los Hernández, El Chumico, La Peña, Ciruelar Arriba, Ciruelar Abajo, Ciruelar
Centro, Gómez Arriba, Gómez Abajo, La Perdiz Arriba y La Perdiz Abajo.
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Artículo 6.
El Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas y
la Dirección de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, deberán
brindar asesoramiento a los municipios de Los Pozos y San Francisco en lo concerniente a
la organización, el funcionamiento y la administración de los corregimientos Las Llanas y
San José.
Artículo 7.
La elección de los representantes de los nuevos corregimientos Las Llanas y
San José, que corresponden por razón de esta Ley, se hará dentro del ordenamiento del
próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral.
Artículo 8.
Los actuales representantes de los corregimientos La Pitaloza y San Juan y
las autoridades de policía de los corregimientos sujetos a segregación, conforme al artículo 1
de esta Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta tanto se haga la elección o
designación de los funcionarios correspondientes de la nueva división político-
administrativa que establece esta Ley.
Artículo 9. Se declara el distrito de Pedasí polo de desarrollo socioeconómico. En
consecuencia, las inversiones que se realicen en actividades de la industria del turismo, la
pesca, la agroindustria, así como en la agricultura de exportación en este distrito, dentro de
los cinco años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, serán deducibles del
impuesto sobre la renta.
Artículo 10. Esta Ley modifica los artículos 22 y 64 de la Ley 58 de 29 de julio de 1998.
Deroga los artículos 63, 96, 98, 101 y 102 de la Ley 41 de 1 de julio de 1998.
Artículo 11. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los
26 días del mes de diciembre del año dos mil dos.
El Presidente,
Carlos R. Alvarado A.
El Secretario General,
José Gómez Núñez
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G.O. 24731
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ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA
ASAMBLEA NACIONAL
LEY: 018
DE
2003
PROYECTO DE LEY: 2002_P_052.PDF
NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN
ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
ACTAS DEL PLENO
2002_12_19_A_PLENO.PDF
2002_12_26_A_PLENO.PDF
Document Outline
- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO COMPLETO
- PROYECTO DE LEY 052 DE 2002
- ACTAS DEL PLENO
- DER. ADMINISTRATIVO
- Organizaciones gubernamentales
- Division territorial
- Corregimientos