Ley 17 De 1995
Descarga el documento en version PDF
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
17
Referencia:
Año:
1995
Fecha(dd-mm-aaaa): 03-05-1995
Titulo: AUTORIZA LA EMISION DE MONEDAS FRACCIONARIAS DE CIRCULACION CORRIENTE POR
UN VALOR NOMINAL DE B/.12,800,000.00, CON LAS MODALIDADES FISCALES
DESCRITAS EN EL ARTICULO 1179 DEL CODIGO FISCAL.
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Gaceta Oficial: 22776
Publicada el: 05-05-1995
Rama del Derecho: DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Monedas, Dinero, Código Fiscal
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.114
Rollo:
107
Posición:
1763
G.O.22776
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEY 17
(De 3 de mayo de 1995).
Por el cual se autoriza la emisión de monedas fraccionarias de circulación
corriente por un valor nominal de doce millones ochocientos mil balboas
(B/.12,800,000.00)
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1.
Se autoriza al Órgano Ejecutivo para emitir y ordena la acuñación de
monedas fraccionarias de circulación corriente por un valor nominal hasta por la
suma de doce millones ochocientos mil balboas (B/.12,800,000.00) con las
modalidades descritas en el Artículo 1179 del Código Fiscal y demás
disposiciones pertinentes.
Artículo 2.
Se autoriza al Órgano Ejecutivo para determinar el monto de cada
clase de monedas fraccionarias que deberán emitir y acuñarse dentro del límite de
doce millones ochocientos mil balboas (B/.12,800,000.00).
Artículo 3.
Esta Ley empezará regir a partir de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dada en la ciudad de Panamá a los 20 días del mes de abril de mil novecientos
noventa y cinco.
El Presidente a.i.
El Secretario General
DENIS ARCE MORALES
ERASMO PINILLA C.
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL –PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA-
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 3 DE MAYO DE 1995-
ERNESTO PEREZ BALLADARES
OLMEDO DAVID MIRANDA Jr.
Presidente de la República
Ministro de Hacienda y Tesoro
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Document Outline
- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- DER. FINANCIERO
- Código Fiscal
- Dinero
- Monedas