Ley 105 De 1974
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ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEGISPAN
Tipo de Norma: LEY
Número:
105
Referencia:
Año:
1974
Fecha(dd-mm-aaaa): 30-12-1974
Titulo: POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 2º DEL DECRETO DE GABINETE Nº32 DE
FEBRERO DE 1970. (QUE CREA UN IMPUESTO A LAS IMPORTACIONES DE CARNE,
MARISCOS, LECHE, HUEVO, GRASA Y ACEITE COMESTIBLE)
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial: 17773
Publicada el: 03-02-1975
Rama del Derecho: DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Impuestos a las importaciones, Código Fiscal
Páginas:
1
Tamaño en Mb:
0.182
Rollo:
25
Posición:
1433
G.O.17773
LEY 105
(30 de Diciembre de 1974)
Por la cual se modifica el Artículo 2º del Decreto de Gabinete No. 32 de 12 de
febrero de 1970
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.
El Artículo 2º del Decreto de Gabinete No.32 de 12 de
febrero de 1970, quedará así:
Artículo 2º. Todas las mercancías que se importen, pagarán un impuesto,
adicional al arancel vigente de un siete por ciento (7%) sobre el valor F.O.B.
de las mismas. Este impuesto se aplicará también a las mercancías
procedentes de la Zona del Canal.
ARTÍCULO SEGUNDO. Esta Ley comenzará a regir a partir de su aprobación.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dada en la ciudad de Panamá a los treinta días del mes de Diciembre de mil
novecientos setenta y cuatro.
DEMETRIO B. LAKAS
Presidente de la República
ARTURO SUCRE P.
Vicepresidente de la República
RAUL CHANG
Presidente de la Asamblea Nacional
de Representantes de Corregimientos
ROGER DECEREGA
Secretario General
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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- Código Fiscal
- Impuestos a las importaciones