Ley 1 De 2007
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ASAMBLEA NACIONAL
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
Número:
1
Referencia:
Año:
2007
Fecha(dd-mm-aaaa): 02-01-2007
Titulo: QUE CREA LA ORDEN AL ATLETISMO IRVING J. SALADINO A. Y DICTA OTRAS
DISPOSICIONES.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL
Gaceta Oficial: 25704
Publicada el: 04-01-2007
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Homenajes y conmemoraciones, Conmemoraciones Honoríficas, Deportes
Páginas:
2
Tamaño en Mb:
0.092
Rollo:
550
Posición:
2105
TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA
WWW.ASAMBLEA.GOB.PA
G.O. 25704
LEY No. 1
De 2 de enero de 2007
Que crea la Orden al Atletismo Irving J. Saladino A.
y dicta otras disposiciones
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se crea la Orden al Atletismo Irving J. Saladino A., como un galardón simbólico, no
monetario, representado por una medalla, que tendrá en el anverso la efigie de Irving Saladino y
al reverso el Escudo de Armas, y por un pergamino con el nombre del ganador.
Artículo 2. El Estado panameño, a través del Instituto Nacional de Deportes, otorgará
anualmente la Orden al Atletismo Irving J. Saladino A., dirigida a reconocer a jóvenes que, por
sus actitudes de esfuerzo, superación, honradez, civismo y desempeño en el atletismo, se
destacan en sus comunidades, colegios y demás entes que componen nuestra sociedad.
Artículo 3. El Instituto Nacional de Deportes hará la convocatoria a la postulación de la
respectiva candidatura, mediante la publicación en un diario de circulación nacional, por lo
menos durante tres días consecutivos, en la cual se incluirán los requisitos para el otorgamiento
de la Orden, para conocimiento de la comunidad.
Artículo 4. El Instituto Nacional de Deportes recibirá, a través de su Secretaría General, las
postulaciones, de las cuales llevará un registro, que cerrarán a los treinta días hábiles posteriores
a la fecha de la última publicación de la convocatoria.
Artículo 5. El jurado calificador, anualmente designado al momento de la convocatoria, estará
integrado por:
1.
El Ministro de Educación, o su designado, quien lo presidirá.
2.
El Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional
o quien él designe.
3.
El Rector de la Universidad de Panamá o quien él designe.
4.
El Director General del Instituto Nacional de Deportes o quien él designe.
5.
El Presidente de la Federación de Atletismo.
En el caso de que los integrantes del jurado calificador designen a un representante,
deberán hacerlo a más tardar quince días hábiles después de la primera publicación de la
convocatoria a la postulación por parte del Instituto Nacional de Deportes, que tendrá la
responsabilidad de comunicar oportunamente de la convocatoria a las entidades.
ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA
G.O. 25704
Artículo 6. El jurado calificador acordará la metodología para evaluar a los candidatos de la
manera más objetiva posible, y estará facultado para invalidar alguna candidatura o para declarar
desierta la convocatoria, así como para reunirse las veces que sean necesarias.
Artículo 7. El jurado calificador tendrá, como máximo, el término de quince días hábiles para
seleccionar al ganador.
Artículo 8. Para ser postulado como candidato a la Orden al Atletismo Irving J. Saladino A., es
necesario cumplir con los siguientes requisitos:
1.
Ser panameño.
2.
No haber sido condenado por delito doloso.
3.
Practicar con éxito el atletismo dentro o fuera del territorio nacional.
4.
Tener entre doce y veinticinco años.
Artículo 9. Los fallos del jurado calificador serán definitivos e inapelables.
Artículo 10. Una vez elegido el ganador, el Instituto Nacional de Deportes se encargará de la
organización de la ceremonia de premiación, la cual se efectuará dentro del mes siguiente a la
elección.
Artículo 11. El Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos
otorgará anualmente una beca al atleta distinguido con la Orden al Atletismo Irving J. Saladino
A.
Artículo 12. La presente Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 16 días del
mes de noviembre del año dos mil seis.
La Presidenta Encargada,
Susana Richa de Torrijos
El Secretario General,
Carlos José Smith S.
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 2 DE ENERO DE 2007.
MARTÍN TORRIJOS ESPINO
Presidente de la República
MIGUEL ANGEL CAÑIZALES
Ministro de Educación
ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA
ASAMBLEA NACIONAL
LEY: 001
DE
2007
PROYECTO DE LEY: 2006_P_261.PDF
NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN
ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
ACTAS DEL PLENO
2006_11_15_A_PLENO.PDF
2006_11_16_A_PLENO.PDF
Document Outline
- TARJETA BASE
- GACETA OFICIAL
- PROYECTO DE LEY 261 DE 2006
- TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR
- ACTAS DEL PLENO
- DER. ADMINISTRATIVO
- Homenajes y conmemoraciones
- Deportes
- Conmemoraciones Honoríficas