Ley 73 De 2009

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<b>REPÚBLICA DE PANAMÁ </b><br><b>ASAMBLEA NACIONAL</b><br><b>LEGISPAN</b><br><b>LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ</b><br><i><b>Tipo de Norma: </b></i>LEY<br><i><b>Número:</b></i><br><i><b>Referencia:</b></i><br><b>73</b><br><i><b>Año: </b></i>2009<br><i><b>Fecha(dd-mm-aaaa):</b></i>11-11-2009<br><i><b>Titulo: </b></i>QUE ADICIONA UN ARTICULO TRANSITORIO AL CODIGO FISCAL PARA AUTORIZAR LA<br><b>ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS AL CONJUNTO MONUMENTAL HISTORICO DE</b><br><b>PANAMA VIEJO Y ESTABLECE LA NORMATIVA CORRESPONDIENTE.</b><br><i><b>Dictada por: </b></i>ASAMBLEA NACIONAL<br><i><b>Gaceta Oficial: </b></i>26406-D<br><i><b>Publicada el:</b></i>13-11-2009<br><i><b>Rama del Derecho: </b></i>DER. ADMINISTRATIVO, DER. FINANCIERO<br><i><b>Palabras Claves: </b></i>Finanzas públicas, Código Fiscal, Monedas, Dinero<br><i><b>Páginas: 4</b></i><br><i><b> Tamaño en Mb:</b></i><br><b>0.159</b><br><i><b>Rollo: </b></i>570<br><i><b>Posición:</b></i><br><b>549</b><br><b>TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA</b><br><b>WWW.ASAMBLEA.GOB.PA</b><br> <br> Digitalizado por la Asamblea Nacional <br><br> <br> Digitalizado por la Asamblea Nacional <br><br> <br> Digitalizado por la Asamblea Nacional <br><br> <br> Digitalizado por la Asamblea Nacional <br><br> Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color  <br><b>LEY 73 </b><br> De 11 de noviembre de 2009 <br><br><b>Que adiciona un artículo transitorio al Código Fiscal para autorizar la acuñación </b><br><b>de monedas conmemorativas al Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo </b><br><b>y establece la normativa correspondiente </b><br><b> <br></b><br><b>LA ASAMBLEA NACIONAL </b><br><b>DECRETA: </b><br><br><b>Artículo 1. </b>Se adiciona el artículo 1172-X (transitorio) al Código Fiscal, así: <br><b>Artículo 1172-X (transitorio).</b> Se crea, durante los años 2010 al 2019, una <br> colección de monedas de medio balboa (B/.0.50) para resaltar la importancia del <br> Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo, contribuir a su puesta en valor y <br> conmemorar la celebración de los quinientos años de fundación de la ciudad de <br> Panamá. <br> Cada moneda tendrá un diámetro de 30.61 milímetros y un peso de 11.34 <br> gramos. La capa exterior será una aleación de 75% de cobre y 25% de níquel y el <br> centro será totalmente de cobre. Esta acuñación consistirá en tres millones de <br> monedas de especímenes de calidad corriente cada año, que totaliza treinta millones <br> de monedas de circulación corriente. <br> Además, se acuñarán, durante los años 2013, 2014 y 2019, dos mil monedas <br> de calidad de prueba cada año, las cuales tendrán el mismo diseño que la respectiva <br> moneda de circulación de ese año; sin embargo, su contenido metálico será de plata <br> fina de ley con una pureza de 99.99% y deberá gravarse y certificarse en cada <br> moneda por la casa acuñadora. <br> Las monedas a que se refiere este artículo podrán tener variaciones en <br> diámetro o peso dentro de un límite o margen de tolerancia que en ningún caso <br> podrá sobrepasar el 5% de las especificaciones aquí señaladas, así como en la <br> cantidad. <br><br><b>Artículo 2. </b>La moneda conmemorativa al Conjunto Monumental Histórico de Panamá <br> Viejo cada año tendrá diseños distintos en el anverso, así: <br> 1. <br> Año 2010: en el centro, la imagen del Convento de la Concepción de Panamá Viejo <br> y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: <br> Convento de la Concepción; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte <br> inferior, el año de acuñación en cifras. <br> 2. <br> Año 2011: en el centro, el diseño del escudo de los Habsburgo con una corona en la <br> parte superior, en el lado izquierdo del escudo las letras AP y en el lado derecho dos <br><b>i</b> latinas; en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la <br> inscripción: Moneda de 1580; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte <br> inferior, el año de acuñación en cifras. <br> 3. <br> Año 2012: en el centro, el dibujo de la fachada de las Casas Reales, como aparece <br> en una reproducción de 1590 conservada en el Archivo General de Indias, y en el <br>  <br><b>G.O. 26406-D </b><br>  <br> contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Casas <br> Reales; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte inferior, el año de <br> acuñación en cifras. <br> 4. <br> Año 2013: en el centro, una imagen de Vasco Núñez de Balboa en actitud de <br> descubrir el Mar del Sur y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la <br> moneda, la inscripción: 500 años, y debajo de esta: Descubrimiento del Mar del Sur, <br> y en la parte inferior, el año de acuñación en cifras. <br> 5. <br> Año 2014: en el centro, una imagen de Carlos V, quien tuvo la visión de construir <br> un canal por Panamá, y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la <br> moneda, la inscripción: Centenario del Canal; inmediatamente debajo: Carlos V, y <br> en la parte inferior, el año de acuñación en cifras. <br> 6. <br> Año 2015: en el centro, una imagen del Convento de San José y en el contorno, en <br> la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Convento de San José; <br> inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte inferior, el año de acuñación en <br> cifras. <br> 7. <br> Año 2016: en el centro, una imagen de la Iglesia y el Convento de la Compañía de <br> Jesús y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la <br> inscripción: Compañía de Jesús; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la <br> parte inferior, el año de acuñación en cifras. <br> 8. <br> Año 2017: en el centro, una imagen del Aljibe del Convento de la Concepción y en <br> el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Aljibe <br> del Convento de la Concepción; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la <br> parte inferior, el año de acuñación en cifras. <br> 9. <br> Año 2018: en el centro, una imagen del Convento de San Francisco y en el <br> contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción: Convento <br> de San Francisco; inmediatamente debajo: Panamá Viejo, y en la parte inferior, el <br> año de acuñación en cifras. <br> 10. <br> Año 2019: en el centro, la figura de Pedro Arias Dávila, fundador de la ciudad de <br> Panamá y en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la <br> inscripción: Pedro Arias Dávila; inmediatamente debajo: 500 años de la fundación <br> de la ciudad de Panamá, y en la parte inferior, el año de acuñación en cifras. <br> En el reverso, en el centro, la moneda llevará el Escudo de Armas de la República; <br> en el contorno, en la parte superior, la frase “República de Panamá”, y en la parte inferior, <br> el valor de la moneda en letras: MEDIO BALBOA. El borde de esta moneda será estriado. <br><b> </b><br><b>Artículo 3. </b>No obstante lo señalado en el artículo anterior, se faculta al Ministerio de <br> Economía y Finanzas para determinar un diseño y contenido artístico distinto de estas <br> monedas si fuera necesario, pero que mantenga imágenes alusivas a la historia colonial del <br> país y/o al Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo en su estado actual, así como <br> para negociar las características y la cantidad de dichas monedas dentro del total <br> autorizado, y aplicar las medidas conducentes al cumplimiento de esta Ley. <br><br><b>ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ </b><br>  <br><b>G.O. 26406-D </b><br>  <br><b>Artículo 4.</b> Las monedas descritas en esta Ley tendrán la plena condición de moneda de <br> curso legal que se otorga a las monedas nacionales. <br><br><b>Artículo 5.</b> El derecho de señoreaje proveniente de la acuñación de las monedas de calidad <br> corriente conmemorativas al Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo, durante el <br> periodo 2010 al 2019, previa deducción de los gastos que le genere esta acuñación al Banco <br> Nacional de Panamá, será trasferido a favor del Patronato Panamá Viejo. Asimismo, el <br> costo de las acuñaciones de monedas de calidad de prueba durante los años 2013, 2014 y <br> 2019 será deducido del señoreaje que se transferirá al Patronato Panamá Viejo en cada una <br> de estas vigencias fiscales. <br> Los fondos recibidos por concepto de señoreaje serán utilizados por el Patronato <br> Panamá Viejo exclusivamente para obras destinadas a la investigación, restauración, <br> mantenimiento, conservación y desarrollo de los programas correspondientes a la ejecución <br> del Plan Maestro del Conjunto Monumental Histórico de Panamá Viejo. <br><br><b>Artículo 6.</b> La presente Ley adiciona el artículo 1172-X (transitorio) al Código Fiscal. <br><br><b>Artículo 7.</b> Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. <br><br><b>COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. </b><br> Proyecto 68 de 2009 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de <br>Panamá, a los quince días del mes de octubre del año dos mil nueve. <br><br><br> El Presidente, <br> José Luis Varela R. <br> El Secretario General, <br> Wigberto E. Quintero G.<b> <br><br><br>ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, <br>PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 11 DE NOVIEMBRE DE 2009. <br></b>      <br>                  RICARDO MARTINELLI B. <br> Presidente de la República <br><br> ALBERTO VALLARINO CLEMENT <br> Ministro de Economía y Finanzas<b> <br></b><br><b>ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ </b><br>  <br><b>ASAMBLEA NACIONAL</b><br><b>LEY: 073</b><br><b>DE</b><br><b>2009</b><br><b>PROYECTO DE LEY: 2009_P_068.PDF</b><br><b>NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN</b><br> ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D<br> ACTAS DE VARIOS DIAS: V<br><b>ACTAS DEL PLENO</b><br><b>2009_10_15_A_PLENO.PDF</b><br><h1>Document Outline</h1> <ul> <li>TARJETA BASE </li> <li>GACETA OFICIAL </li> <li>TEXTO PARA COPIAR Y PEGAR </li> <li>ACTAS DEL PLENO </li> </ul>