Ley 56 De 2002

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<b>REPÚBLICA DE PANAMÁ </b><br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA</b><br><b>LEGISPAN</b><br><i><b>Tipo de Norma: </b></i>LEY<br><i><b>Número:</b></i><br><b>56</b><br><i><b>Referencia:</b></i><br><i><b>Año:</b></i><br><b>2002</b><br><i><b>Fecha(dd-mm-aaaa): </b></i>05-12-2002<br><i><b>Titulo: </b></i>QUE CREA EL CORREGIMIENTO LAS LOMAS, EN EL DISTRITO DE LA PINTADA,<br><b>PROVINCIA DE COCLE, MODIFICA EL ARTICULO 8 DE LEY 58 DE 1998 Y DICTA OTRAS<br>DISPOSICIONES</b><br><i><b>Dictada por: </b></i>ASAMBLEA LEGISLATIVA<br><i><b>Gaceta Oficial: </b></i>24700<br><i><b>Publicada el: </b></i>16-12-2002<br><i><b>Rama del Derecho: </b></i>DER. ADMINISTRATIVO<br><i><b>Palabras Claves: </b></i>Organizaciones gubernamentales, Corregimientos<br><i><b>Páginas:</b></i><br><b>6</b><br><i><b>Tamaño en Mb:</b></i><br><b>0.366</b><br><i><b>Rollo:</b></i><br><b>525</b><br><i><b>Posición:</b></i><br><b>1572</b><br><b>G.O. 24700</b><br><b>LEY No. 56</b><br> De 5 de Diciembre de 2002<br><b>Que crea el corregimiento Las Lomas, en el distrito de La Pintada, provincia</b><br><b>de Coclé, modifica el artículo 8 de Ley 58 de 1998 y dicta otras disposiciones</b><br><b>LA ASAMBLEA LEGISLATIVA</b><br><b>DECRETA:</b><br><b>Artículo 1</b>. Se crea el corregimiento Las Lomas, segregado del corregimiento El Harino, en el<br> distrito de La Pintada, provincia de Coclé.<br><b>Artículo 2. </b>El artículo 8 de la Ley 58 de 1998 queda así:<br><b>Artículo 8.</b> El distrito de La Pintada se divide en seis corregimientos a saber: La Pintada<br> (cabecera), El Harino, El Potrero, Las Lomas, Llano Grande y Piedras Gordas. La<br> cabecera del distrito es el poblado de La Pintada. Los límites de los corregimientos del<br> distrito de La Pintada son los siguientes:<br><b>1.</b><br><b>Corregimiento La Pintada (cabecera)</b><br> a. <br> Con el corregimiento Llano Grande:<br> Desde el punto donde el camino que comunica La Pintada con Perico cruza el río<br> Pagua, se continúa por este río aguas abajo hasta su unión con el río Coclé, el cual se<br> continúa aguas abajo hasta el cruce del camino que va de La Pintada a Llano Grande; de<br> este punto, línea recta Sureste a la cima del cerro Guararé; de aquí, línea recta a la unión<br> de la quebrada Los Muertos con la quebrada El Copé; se continúa esta última quebrada<br> aguas arriba hasta encontrar el camino que va de Perecabé a Llano Grande; desde este<br> cruce, línea recta Sureste a la boca de la quebrada Las Tranquillas en el río Perecabé;<br> desde este cruce, aguas arriba por este último río hasta donde la quebrada Santa Cruz le<br> vierte sus aguas, en los límites con el distrito de Penonomé.<br> b. <br> Con el corregimiento El Potrero:<br> Desde la cima del cerro Guacamaya, en los límites con el distrito de Penonomé,<br> línea recta Noreste al nacimiento de la quebrada El Cuarto, aguas abajo esta quebrada,<br> hasta su desagüe en la quebrada Toro Bravo, esta última quebrada aguas abajo hasta<br> donde la cruza el camino que conduce de Toro Bravo a Las Cuestas; de este cruce, línea<br> recta Noreste a la cima del cerro Colorado, desde esta cima, se continúa hacia el Noroeste<br> por la cordillera que divide las aguas del río Potrero, de las aguas de la quebrada<br> Boquilla, pasando por el cerro San Francisco y el cerro Picacho, hasta la cima de loma<br> ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA<br><b>G.O. 24700</b><br> 2<br> Potrellano; desde esta cima línea recta Noroeste a la confluencia de la quebrada Palomo<br> con el río Potrero.<br> c. <br> Con el corregimiento Piedras Gordas:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, aguas arriba<br> dicho río hasta la boca de la quebrada Corral; se continúa aguas arriba esta quebrada<br> hasta donde recibe las aguas de la quebrada El Toro, la cual se continúa hasta su<br> nacimiento en el cerro Zumbador, luego se continúa en línea recta con dirección Este<br> hasta encontrar la cima del cerro Grande, de donde sigue en línea recta Noreste hasta<br> encontrar el nacimiento de la quebrada Sucia; de aquí, se continúa la quebrada Sucia<br> aguas abajo donde la cruza el camino que une a los caseríos El Baco y Pagua; se sigue<br> este camino con dirección a Pagua hasta el punto donde cruza el río Pagua.<br><b>2.</b><br><b>Corregimiento El Harino</b><br> a. <br> Con el corregimiento Las Lomas:<br> Desde la desembocadura de la quebrada La Colorada en el río Grande, aguas<br> arriba esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, línea recta con dirección Noreste a la<br> cota con elevación 630mts; desde aquí se prosigue en línea recta con dirección Noroeste<br> al nacimiento de la quebrada La Colorada, aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia<br> en el río Villalobos o quebrada EL Jobo; de ahí, aguas arriba esta quebrada, hasta su<br> nacimiento; se continúa por la divisoria de aguas de la quebrada La Pita y quebrada<br> Grande, con dirección Noroeste a la cima del cerro La Pita; se sigue por la divisoria de<br> aguas entre los ríos Colorado y Zapillo hasta encontrar la Cordillera Central; se continúa<br> por dicha cordillera en dirección Oeste hasta encontrar los límites entre las provincias de<br> Colón y Coclé.<br> b.<br> Con el corregimiento Piedras Gordas:<br> Desde el punto donde la quebrada La Mona la línea limítrofe con el distrito de<br> Donoso, aguas arriba la mencionada quebrada hasta su nacimiento; desde esta cabecera<br> se continúa por la cordillera que separa las aguas de los ríos Limón y Guabal de las aguas<br> del río Platanal, pasando por los cerros Hacha y La Cruz, hasta el cerro Marta, en la<br> División Continental. Desde la cima del cerro Marta, se continúa por toda la divisoria de<br> aguas de los ríos Marta y Platanal pasando por el cerro Juan Julio; desde este punto, por<br> toda la divisoria de los ríos Marta y Bermejo, pasando por la cima de los cerros Buenos<br> Aires y Pelado; desde la cima de este cerro, se sigue en línea recta Suroeste hasta la unión<br> del río hasta la boca de la quebrada La Guayaba; desde esta confluencia, línea recta<br> Sureste a la cima del cerro Alto de Jorones; desde este cerro, línea recta Suroeste al<br> nacimiento de la quebrada Rastroja.<br> c.<br> Con el corregimiento El Potrero:<br> Desde el nacimiento de la quebrada Rastroja, aguas abajo esta quebrada hasta su<br> unión con la quebrada Las Tablas; de aquí, línea recta Noroeste a la confluencia del río<br> ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA<br><b>G.O. 24700</b><br> 3<br> Villalobos con el río Harino; aguas abajo este último río hasta su desembocadura en el río<br> Grande.<br><b>3.</b><br><b>Corregimiento El Potrero</b><br> a. <br> Con el corregimiento Piedras Gordas:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, se continúa<br> aguas arriba por dicha quebrada hasta el cruce del camino que une a los caseríos El<br> Palomo y La Hincada; se sigue en dirección a La Hincada hasta la cima del cerro Grande.<br> De este punto, línea recta Noroeste hasta el nacimiento de la quebrada Rastroja.<br> b. <br> Con el corregimiento La Pintada (cabecera):<br> Desde la cima del cerro Guacamaya, en los límites con el distrito de Penonomé,<br> línea recta Noroeste al nacimiento de la quebrada El Cuarto, por el curso de esta<br> quebrada, hasta su desagüe en la quebrada Toro Bravo, esta última quebrada aguas abajo<br> hasta donde la cruza el camino que comunica de Toro Bravo a Las Cuestas; de este cruce,<br> línea recta Noroeste a la cima del cerro Colorado; desde esta cima, se continúa hacia el<br> Noroeste por la cordillera que divide las aguas del río Potrero de las aguas de la quebrada<br> Boquilla, pasando por el cerro San Francisco y el cerro Picacho, hasta la cima de loma<br> Potrellano; desde esta cima, línea recta Noroeste a la confluencia de la quebrada Palomo<br> con el río Potrero.<br> c. <br> Con el corregimiento El Harino:<br> Desde el nacimiento de la quebrada Rastroja, aguas abajo esta quebrada hasta su<br> unión con la quebrada Las Tablas; de aquí, se prosigue en línea recta Noroeste a la<br> confluencia del río Villalobos con el río Harino; aguas abajo este último río hasta su<br> desembocadura en el río Grande.<br><b>4.</b><br><b>Corregimiento Las Lomas</b><br> a. <br> Con el corregimiento El Harino:<br> Desde la desembocadura de la quebrada La Colorada en el río Grande, aguas<br> arriba esta quebrada hasta su nacimiento; de ahí, línea recta con dirección Noreste a la<br> cota con elevación 630mts; de ahí, línea recta con dirección Noroeste al nacimiento de la<br> quebrada La Colorada, aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia en el río<br> Villalobos o quebrada El Jobo; de ahí, aguas arriba esta quebrada hasta su nacimiento; se<br> continúa por la divisoria de aguas de la quebrada La Pita y quebrada Grande, con<br> dirección Noroeste a la cima del cerro La Pita; se sigue por la divisoria de aguas entre los<br> ríos Colorado y Zapillo hasta encontrar la Cordillera Central; se continúa por dicha<br> cordillera en dirección Oeste hasta encontrar los límites entre las provincias de Colón y<br> Coclé.<br> ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA<br><b>G.O. 24700</b><br> 4<br><b>5.</b><br><b>Corregimiento Llano Grande</b><br> a. <br> Con el corregimiento La Pintada (cabecera):<br> Desde el punto donde el camino que comunica La Pintada con Perico cruza el río<br> Pagua, se continúa por este río aguas abajo hasta su unión con el río Coclé, el cual se<br> continúa aguas abajo hasta el cruce del camino que va de La Pintada a Llano Grande; de<br> este punto, línea recta Sureste a la cima del cerro Guararé; de aquí, línea recta a la unión<br> de la quebrada Los Muertos con la quebrada El Copé; se continúa esta última quebrada<br> aguas arriba hasta encontrar el camino que va de Perecabé a Llano Grande; desde este<br> cruce, línea recta Sureste a la boca de la quebrada Las Tranquillas en el río Perecabé;<br> desde este cruce, aguas arriba por este último río hasta donde la quebrada Santa Cruz le<br> vierte sus aguas, en los límites con el distrito de Penonomé.<br> b. <br> Con el corregimiento Piedras Gordas:<br> Desde la confluencia del río Moreno con el río Coclesito, en los límites con el<br> distrito de Donoso, aguas arriba este último río hasta donde le vierte sus aguas la<br> quebrada Machón, la cual se continúa aguas arriba, hasta su nacimiento; desde esta<br> cabecera, línea recta Sureste hasta la cima del cerro Escobal; desde esta cima, línea recta<br> Suroeste al nacimiento de la quebrada Manguesal; desde aquí, se prosigue en línea recta<br> Sureste a la cabecera del río Ranchería; desde ahí, línea recta hacia el Suroeste,<br> atravesando la Divisoria Continental, pasando por el cerro Aguas Frías hasta el<br> nacimiento del río Pagua, el cual se continúa aguas abajo hasta donde lo cruza el camino<br> que va de Boca a Pagua.<br><b>6.</b><br><b>Corregimiento Piedras Gordas</b><br> a. <br> Con el corregimiento Llano Grande:<br> Desde la confluencia del río Moreno con el río Coclesito, en los límites con el<br> distrito de Donoso, aguas arriba este último río hasta donde le vierte sus aguas la<br> quebrada Machón, la cual continúa aguas arriba hasta su nacimiento; desde esta cabecera,<br> línea recta Sureste, hasta la cima del cerro Escobal, desde esta cima, línea recta Suroeste<br> al nacimiento de la quebrada Manguesal; desde aquí, línea recta Sureste a la cabecera del<br> río Ranchería; desde aquí, línea recta hacia el Suroeste, atravesando la Divisoria<br> Continental, pasando por el cerro Aguas Frías hasta el nacimiento del río Pagua, el cual<br> se continúa aguas abajo, hasta donde lo cruza el camino que va de Boca a Pagua.<br> b. <br> Con el corregimiento La Pintada (cabecera):<br> Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, aguas arriba<br> dicho río hasta la boca de la quebrada Corral; se continúa aguas arriba esta quebrada<br> hasta donde recibe las aguas de la quebrada El Toro, la cual se continúa hasta su<br> nacimiento en el cerro Zumbador, luego se continúa en línea recta con dirección Este<br> hasta encontrar la cima del cerro Grande, de donde sigue en línea recta Noreste hasta<br> encontrar el nacimiento de la quebrada Sucia; de aquí, se continúa la quebrada Sucia<br> ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA<br><b>G.O. 24700</b><br> 5<br> aguas abajo donde la cruza el camino que une a los caseríos El Baco y Pagua; se sigue<br> este camino con dirección a Pagua hasta el punto donde lo cruza el río Pagua.<br> c. <br> Con el corregimiento El Potrero:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Palomo en el río Potrero, se continúa<br> aguas arriba por dicha quebrada hasta el cruce del camino que une a los caseríos El<br> Palomo y La Hincada; se sigue en dirección a La Hincada hasta la cima del cerro Grande.<br> De este punto, línea recta Noroeste hasta el nacimiento de la quebrada Rastroja.<br> d.<br> Con el corregimiento El Harino:<br> Desde el punto donde la quebrada La Mona la línea limítrofe con el distrito de<br> Donoso, aguas arriba la mencionada quebrada hasta su nacimiento; desde esta cabecera<br> se continúa por toda la cordillera que separa las aguas de los ríos Limón y Guabal de las<br> aguas del río Platanal, pasando por los cerros Hacha y La Cruz, hasta el cerro Marta, en la<br> División Continental. Desde la cima del cerro Marta, se continúa por toda la divisoria de<br> aguas de los ríos Marta y Platanal pasando por el cerro Juan Julio; desde este punto por<br> toda la divisoria de los ríos Marta y Bermejo pasando por la cima de los cerros Buenos<br> Aires y Pelado; desde la cima de este cerro, se sigue en línea recta Suroeste hasta la unión<br> del río hasta la boca de la quebrada La Guayaba; desde esta confluencia, línea recta<br> Sureste a la cima del cerro Alto de Jorones; desde este cerro, línea recta Suroeste al<br> nacimiento de la quebrada Rastroja.<br><b>Artículo 3.</b><br> Las comunidades que comprende el nuevo corregimiento Las Lomas, sin perjuicio<br> de las que se establezcan después, son: Loma Bonita, Las Minas, Calabazo No.1, La Trinidad,<br> Ojo de Agua y Bajo Grande.<br> La cabecera del corregimiento Las Lomas será la comunidad de La Trinidad.<br><b>Artículo 4.</b><br> El Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas y la<br> Dirección de Estadística y Censo de la Controlaría General de la República, deberán brindar<br> asesoramiento al Municipio de La Pintada en lo concerniente a la organización, funcionamiento<br> y administración del corregimiento Las Lomas.<br><b>Artículo 5.</b><br> La elección del Representante del nuevo corregimiento Las Lomas, que<br> corresponda por razón de esta Ley, se hará dentro del ordenamiento del próximo periodo<br> electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral.<br><b>Artículo 6.</b><br> El actual Representante de Corregimiento de El Harino y las autoridades de<br> policía del corregimiento sujeto a segregación, conforme al artículo 1 de esta Ley, continuarán<br> ejerciendo sus funciones hasta tanto se haga la elección o designación de los funcionarios<br> correspondientes a la nueva división político-administrativa que esta Ley establece.<br> ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA<br><b>G.O. 24700</b><br> 6<br><b>Artículo 7.</b> Se declara el distrito de San Lorenzo, polo de desarrollo socioeconómico. En<br> consecuencia, las inversiones que se realicen en actividades de la industria del turismo, la pesca,<br> la agroindustria, así como en la agricultura de exportación en este distrito, dentro de los cinco<br> años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, serán deducibles del impuesto sobre<br> la renta.<br><b>Artículo 8. </b>La presente Ley modifica el artículo 8 de la Ley 58 de 29 de julio de 1998 y deroga<br> cualquier disposición contraria.<br><b>Artículo 9. </b> Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.<br><b>COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.</b><br> Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 23 días del<br>mes de octubre del año dos mil dos.<br> El Presidente,<br> Carlos R. Alvarado A.<br> El Secretario General Encargado,<br> Edwin E. Cabrera U.<br> ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA<br><h1>Document Outline</h1> <ul> <li>TARJETA BASE </li> <li>GACETA OFICIAL </li> <li>TEXTO COMPLETO </li> <li>PROYECTO DE LEY 028 DE 2002 </li> </ul>