Ley 18 De 2003

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<b>REPÚBLICA DE PANAMÁ </b><br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA</b><br><b>LEGISPAN</b><br><i><b>Tipo de Norma: </b></i>LEY<br><i><b>Número:</b></i><br><b>18</b><br><i><b>Referencia:</b></i><br><i><b>Año:</b></i><br><b>2003</b><br><i><b>Fecha(dd-mm-aaaa): </b></i>24-01-2003<br><i><b>Titulo: </b></i>QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS LAS LLANAS, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO LA<br><b>PITALOZA, EN EL DISTRITO DE LOS POZOS, PROVINCIA DE HERRERA, Y SAN JOSE,<br>SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO SAN JUAN, EN EL DISTRITO DE SAN FRANCISCO,<br>PROVINCIA DE VERAGUAS; MODIFICA LOS...</b><br><i><b>Dictada por: </b></i>ASAMBLEA LEGISLATIVA<br><i><b>Gaceta Oficial: </b></i>24731<br><i><b>Publicada el: </b></i>31-01-2003<br><i><b>Rama del Derecho: </b></i>DER. ADMINISTRATIVO<br><i><b>Palabras Claves: </b></i>Organizaciones gubernamentales, Corregimientos, División territorial<br><i><b>Páginas:</b></i><br><b>14</b><br><i><b>Tamaño en Mb:</b></i><br><b>0.198</b><br><i><b>Rollo:</b></i><br><b>526</b><br><i><b>Posición:</b></i><br><b>1330</b><br><b>G.O. 24731</b><br><b> LEY No. 18</b><br> De 24 de enero de 200<br><b>Que crea los corregimientos Las Llanas, segregado del corregimiento La Pitaloza, en</b><br><b>el distrito de Los Pozos, provincia de Herrera, y San José, segregado del</b><br><b>corregimiento San Juan, en el distrito de San Francisco, provincia de Veraguas;<br>modifica los artículos 22 y 64 de la Ley 58 de 1998, y adopta otras disposiciones</b><br><b>LA ASAMBLEA LEGISLATIVA</b><br><b>DECRETA:</b><br><b>Artículo 1.</b><br> Se crean los corregimientos Las Llanas, segregado del corregimiento La<br> Pitaloza, distrito de Los Pozos, provincia de Herrera, y San José, segregado del<br> corregimiento San Juan, distrito de San Francisco, provincia de Veraguas.<br> La cabecera del corregimiento Las Llanas es la comunidad de La Llana y la cabecera<br> del corregimiento San José es la comunidad de San José.<br><b>Artículo 2.</b> El artículo 22 de la Ley 58 de 1998 queda así:<br><b>Artículo 22.</b> El distrito de Los Pozos se divide en nueve corregimientos a saber:<br> Los Pozos (cabecera), El Capurí, El Calabacito, El Cedro, La Arena, La Pitaloza, Los<br> Cerritos, Los Cerros de Paja y La Llana. La cabecera del distrito es el pueblo de Los<br> Pozos. Los límites de los corregimientos del distrito de Los Pozos son los siguientes:<br><b>1. Corregimiento Los Pozos (cabecera)</b><br> a. Con el corregimiento Los Cerritos:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Purgatorio con el río Esquiguita, en los<br> límites con el distrito de Pesé, se sigue por el curso de la mencionada quebrada,<br> aguas arriba hasta donde se le une la quebrada Alambre; desde aquí, se continúa en<br> línea recta en dirección Este, hasta la cima del cerro Borrola; de esta cima se<br> prosigue en línea recta con dirección Sur hasta el nacimiento de la cima del cerro<br> Borrola; de esta cima, se prosigue en línea recta con dirección Sur hasta el<br> nacimiento de la quebrada El Cerro; de este nacimiento, se prosigue en línea recta<br> hasta la quebrada Los Chorros; de aquí, se continúa en línea recta con dirección<br> Sureste hasta el nacimiento de la quebrada El Venado; se sigue esta quebrada aguas<br> abajo hasta su unión con la quebrada Camarón; de esta unión, se continúa en línea<br> recta con dirección Suroeste hasta el empalme de los caminos que se dirigen a Los<br> Pozos Arriba, Los Cerritos y El Guayabo; se sigue el camino en dirección a El<br> Guayabo, hasta el punto donde se une el camino que va de El Guayabo a El Piro; se<br> sigue este camino con dirección a El Piro, hasta el punto donde cruza la quebrada<br> Real, por el curso de esta quebrada aguas abajo hasta su unión con la quebrada El<br> Piro; se sigue esta última quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; de aquí se<br> continúa en línea recta con dirección Sur hasta el punto donde el camino que se<br> dirige de El Piro a El Barrero se desvía a El Copé; se prosigue por el camino hacia<br> La Sabaneta, pasando por el Barrero hasta donde cruza la quebrada El Copé.<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 2<br> b.<br> Con el corregimiento La Arena:<br> Desde el punto donde la quebrada El Copé cruza la carretera que conduce de<br> El Piro a La Sabaneta, se sigue por el curso de esa quebrada hasta su nacimiento; de<br> aquí, se continúa en línea recta con dirección Suroeste hasta la cabecera de la<br> quebrada Los Gatos, exactamente donde corta el camino que va de El Copé a El<br> Capurí; se sigue este camino hacia El Capurí, hasta donde cruza al río El Gato.<br> c.<br> Con el corregimiento El Capurí:<br> Desde la confluencia de la quebrada Las Yescas con el río El Gato, aguas<br> abajo este río hasta donde cruza el camino que se dirige de El Capurí a El Copé.<br> d.<br> Con el corregimiento Los Cerros de Paja:<br> Desde la unión de la quebrada Las Yescas con el río El Gato, aguas arriba<br> este río hasta donde la quebrada Los Portorricos le vierte sus aguas, en los límites<br> con el distrito de Las Minas.<br><b>2.</b><br><b>Corregimiento El Capurí</b><br> a. <br> Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):<br> Desde el punto donde el camino que va de El Copé a El Capurí cruza el río El<br> Gato, se sigue aguas arriba este río hasta donde se le une la quebrada Las Yescas.<br> b.<br> Con el corregimiento La Arena:<br> Desde el punto donde el camino que va de El Copé a El Capurí, cruza el río<br> El Gato, se continúa aguas abajo dicho río hasta donde le desagua la quebrada<br> Limón.<br> c.<br> Con el corregimiento El Calabacito:<br> Desde el desagüe de la quebrada Limón en el río El Gato, se sigue aguas<br> abajo este río hasta donde la quebrada Rosario le vierte sus aguas.<br> d.<br> Con el corregimiento El Cedro:<br> Desde la confluencia de la quebrada Rosario con el río El Gato, se sigue esta<br> quebrada hasta su nacimiento y de aquí, se prosigue en línea recta con dirección<br> Norte, hasta la unión de la quebrada Pital con la quebrada La Palma.<br> e.<br> Con el corregimiento Los Cerros de Paja:<br> Desde la unión de la quebrada Pital con la quebrada La Palma, se sigue esta<br> última quebrada hasta su nacimiento; de aquí, se prosigue en línea recta con<br> dirección Noroeste hasta la confluencia de la quebrada El Salitre con la quebrada<br> Tulivieja; se continúa por el curso de la quebrada El Salitre, hasta su unión con la<br> quebrada Lagunita; de aquí, se sigue aguas arriba de esta quebrada, hasta su<br> nacimiento; desde aquí, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta la<br> unión de la quebrada Carrizal con la quebrada Las Yescas, y desde esta última<br> quebrada, se sigue aguas abajo hasta su desagüe en el río El Gato.<br><b>3.</b><br><b>Corregimiento El Calabacito</b><br> a.<br> Con el corregimiento La Arena:<br> Desde el punto donde la carretera que conduce de El Calabacito a Macaracas,<br> provincia de Los Santos, cruza el río La Villa, se continúa por el camino hacia El<br> Calabacito, hasta donde se desvía el camino que conduce a La Arena; desde esta<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 3<br> unión de caminos, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta la confluencia<br> de la quebrada La Mina Honda con la quebrada La Guabita, por todo el curso de la<br> primera quebrada, hasta su nacimiento; de aquí, se prosigue en línea recta con<br> dirección Noroeste hasta el punto donde la quebrada Frijoles le vierte sus aguas a la<br> quebrada La Arena; se continúa aguas arriba la quebrada Frijoles hasta su cabecera;<br> desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta el nacimiento de la<br> quebrada Limón, la cual se continúa aguas abajo hasta donde le tributa sus aguas al<br> río El Gato.<br> b.<br> Con el corregimiento El Capurí:<br> Desde la confluencia de la quebrada Limón con el río El Gato, se sigue aguas<br> abajo este río, hasta donde la quebrada Rosario le vierte sus aguas.<br> c.<br> Con el corregimiento El Cedro:<br> Desde la confluencia de la quebrada Rosario con el río El Gato, se prosigue<br> aguas abajo por este último río, hasta su confluencia con el río La Villa.<br><b>4.</b><br><b>Corregimiento El Cedro</b><br> a.<br> Con el corregimiento El Calabacito:<br> Desde la confluencia de la quebrada Rosario con el río El Gato, aguas abajo<br> por este último río, hasta su confluencia con el río La Villa.<br> b.<br> Con el corregimiento Los Cerros de Paja:<br> Desde el punto donde el camino que va de La Corocita a Llana Abajo, cruza<br> el río La Villa, se sigue el camino con dirección a La Corocita hasta donde se le<br> empalma el camino que conduce a El Salitre Abajo; de aquí, se prosigue en línea<br> recta con dirección Noreste al punto más elevado del cerro Alto del Bongo; desde<br> aquí, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta la cima de la Loma del<br> Calvario; desde esta cima se sigue en línea recta con dirección Noreste hasta la unión<br> de los caminos que van de La Chorrerita a Tierras Blancas con el que se dirige a<br> Guararé; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Este hasta el nacimiento de<br> la quebrada El Pital; se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su unión con la<br> quebrada La Palma.<br> c.<br> Con el corregimiento Las Llanas:<br> Desde la confluencia de la quebrada Piedras en el río La Villa, se sigue aguas<br> arriba este río hasta el punto donde el camino que conduce de La Corocita hacia<br> Llana Abajo cruza el río La Villa.<br> d.<br> Con el corregimiento La Pitaloza:<br> Desde la unión de la quebrada Trujillo con el río La Villa, en los límites con<br> el distrito de Macaracas, se sigue aguas arriba este río hasta la confluencia con la<br> quebrada Piedras.<br><b>5. </b><br><b>Corregimiento La Arena</b><br> a.<br> Con el corregimiento El Calabacito:<br> Desde el punto donde la carretera que conduce de El Calabacito a Macaracas,<br> provincia de Los Santos, cruza el río La Villa, se continúa por esta carretera hacia El<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 4<br> Calabacito, hasta donde se desvía la carretera que conduce a La Arena; desde esta<br> unión de carreteras, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta la<br> confluencia de la quebrada La Mina Honda con la quebrada La Guabita, por todo el<br> curso de la primera quebrada hasta su nacimiento; de aquí, se prosigue en línea recta<br> con dirección Noreste hasta el punto donde la quebrada Frijoles vierte sus aguas a la<br> quebrada La Arena; se continúa aguas arriba la quebrada Frijoles hasta su cabecera;<br> desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Noroeste hasta el nacimiento de la<br> quebrada Limón, la cual se continúa aguas abajo hasta donde le tributa sus aguas al<br> río El Gato.<br> b.<br> Con el corregimiento El Capurí:<br> Desde la confluencia de la quebrada El Limón con el río El Gato, se sigue<br> aguas arriba por este río, hasta donde lo cruza el camino que se dirige de El Copé a<br> El Capurí.<br> c.<br> Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):<br> Desde el punto donde el camino que conduce de El Copé a El Capurí, cruza el<br> río El Gato; se continúa por este camino en dirección a El Copé, hasta el nacimiento<br> de la quebrada Los Gatos; de aquí, se sigue en línea recta con dirección Noreste<br> hasta el nacimiento de la quebrada El Copé, por la cual se continúa aguas abajo hasta<br> donde cruza la carretera que va de El Piro a La Sabaneta.<br> d. <br> Con el corregimiento Los Cerritos:<br> Desde el punto donde la carretera que va de El Piro a La Sabaneta cruza la<br> quebrada El Copé, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con la<br> quebrada La Sabaneta; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Noreste hasta<br> la confluencia de la quebrada La Arena con su brazo Oeste; se prosigue aguas abajo<br> la quebrada La Arena, hasta su unión con la quebrada El Salitre; se continúa esta<br> última aguas abajo hasta su desagüe en el río La Villa, en los límites con la provincia<br> de Los Santos.<br><b>6.</b><br><b>Corregimiento La Pitaloza</b><br> a.<br> Con el corregimiento El Cedro:<br> Desde la unión de la quebrada Trujillo con el río La Villa, en los límites con<br> el distrito de Macaracas, aguas arriba este río hasta la confluencia con la quebrada<br> Piedras.<br> b.<br> Con el corregimiento Las Llanas:<br> Desde la confluencia de quebrada Piedras con el río La Villa, se sigue aguas<br> arriba esta quebrada hasta un punto con coordenadas 837920mN y 524380mE en el<br> límite con el distrito de Las Minas.<br><b>7.</b><br><b>Corregimiento Los Cerritos</b><br> a.<br> Con el corregimiento La Arena:<br> Desde el punto donde la carretera que va de El Piro a La Sabaneta, cruza la<br> quebrada El Copé, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su confluencia con la<br> quebrada La Sabaneta; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Noreste<br> hasta la confluencia con la quebrada La Arena con su brazo Oeste; se prosigue aguas<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 5<br> abajo la quebrada La Arena, hasta su unión con la quebrada El Salitre; se continúa<br> aguas abajo esta quebrada hasta su desagüe en el río La Villa, en los límites con la<br> provincia de Los Santos.<br> b.<br> Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):<br> Desde la desembocadura de la quebrada Purgatorio con el río Esquiguita en<br> los límites con el distrito de Pesé, se sigue por el curso de la mencionada quebrada,<br> aguas arriba hasta donde se le une la quebrada Alambre; desde aquí, se continúa en<br> línea recta en dirección Este, hasta la cima del cerro Borrola; desde esta cima, se<br> prosigue en línea recta con dirección Sur hasta el nacimiento de la cima del cerro<br> Borrola; de esta cima, se sigue en línea recta con dirección Sur hasta el nacimiento<br> de la quebrada El Cerro; de este nacimiento, se prosigue en línea recta hasta la<br> quebrada Los Chorros; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Sureste hasta<br> el nacimiento de la quebrada El Venado; se sigue esta quebrada aguas abajo hasta su<br> unión con la quebrada Camarón; de esta unión, se continúa en línea recta con<br> dirección Suroeste hasta el empalme de los caminos que se dirigen a Los Pozos<br> Arriba, Los Cerritos y El Guayabo; se sigue el camino en dirección a El Guayabo,<br> hasta el punto donde se une el camino que va de El Guayabo a El Piro; se sigue este<br> camino con dirección a El Piro, hasta el punto donde cruza la quebrada Real, por el<br> curso de esta quebrada, aguas abajo hasta su unión con la quebrada El Piro; se sigue<br> esta última quebrada aguas arriba hasta su nacimiento; de aquí se continúa en línea<br> recta con dirección Sur hasta el punto donde el camino que se dirige de El Piro a El<br> Barrero se desvía a El Copé; se continúa por el camino hacia La Sabaneta pasando<br> por el Barrero hasta donde cruza la quebrada El Copé.<br><b>8.</b><br><b>Corregimiento Los Cerros de Paja</b><br> a.<br> Con el corregimiento Los Pozos (cabecera):<br> Desde la confluencia de la quebrada Los Portorricos con el río El Gato, se<br> sigue aguas abajo de este río hasta donde le vierte sus aguas la quebrada Las Yescas.<br> b.<br> Con el corregimiento El Capurí:<br> Desde donde la quebrada Las Yescas le vierte sus aguas al río El Gato, se<br> sigue aguas arriba esta quebrada hasta la confluencia de la quebrada Carrizal; de este<br> punto, se sigue en línea recta con dirección Sureste, hasta la cabecera de la quebrada<br> Lagunita por la cual se continúa aguas abajo hasta su confluencia con la quebrada El<br> Salitre; se prosigue aguas debajo esta última quebrada hasta la confluencia con la<br> quebrada Tulivieja; de este punto, se continúa en línea recta con dirección Sureste,<br> hasta el nacimiento de la quebrada La Palma y aguas abajo esta quebrada hasta la<br> confluencia con la quebrada El Pital.<br> c.<br> Con el corregimiento El Cedro:<br> Desde la confluencia de la quebrada La Palma con la quebrada El Pital, se<br> sigue aguas arriba esta última quebrada, hasta su nacimiento; de aquí, se continúa en<br> línea recta con dirección Oeste, hasta el punto donde empalman los caminos que<br> conducen de La Chorrerita a Tierras Blancas y Guararé; de aquí, se prosigue en línea<br> recta con dirección Suroeste, hasta la cima de la Loma del Calvario; de aquí, se sigue<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 6<br> en línea recta con dirección Suroeste, hasta el punte más alto del cerro Alto del<br> Bongo; de aquí, se continúa en línea recta con dirección Suroeste hasta el punto<br> donde se empalman los caminos que conducen de Llana Abajo a La Corocita y El<br> Salitre Abajo, se sigue en dirección a Llana Abajo hasta donde cruza el río La Villa.<br> d.<br> Con el corregimiento Las Llanas:<br> Desde el punto donde el camino que se dirige de Llana Abajo a La Corocita,<br> cruza el río La Villa, se sigue aguas arriba por el curso de este río, hasta donde le<br> tributa sus aguas el río Las Matas en los límites con el distrito de Las Minas.<br><b>9.</b><br><b>Corregimiento Las Llanas</b><br> a.<br> Con el corregimiento El Cedro:<br> Desde la confluencia de la quebrada Piedras en el río La Villa, se continúa<br> aguas arriba este río hasta el punto donde el camino que conduce de La Corocita<br> hacia Llana Abajo cruza el río La Villa.<br> b.<br> Con el corregimiento Los Cerros de Paja:<br> Desde el punto donde el camino que se dirige de Llana Abajo a La Corocita,<br> cruza el río La Villa, se prosigue aguas arriba por el curso de este río, hasta donde le<br> tributa sus aguas el río Las Matas, en los límites con el distrito de Las Minas.<br> c.<br> Con el corregimiento La Pitaloza:<br> Desde la confluencia de quebrada Piedras con el río La Villa, se sigue aguas<br> arriba esta quebrada hasta un punto con coordenadas 837920mN y 524380mE en el<br> límite con el distrito de Las Minas.<br><b>Artículo 3.</b> El artículo 64 de la Ley 58 de 1998 queda así:<br><b>Artículo 64.</b><br> El distrito de San Francisco se divide en seis corregimientos, a saber:<br> San Francisco (cabecera), Corral Falso o Panamaes, Los Hatillos, Remance, San<br> Juan y San José. La cabecera del distrito es el poblado de San Francisco. Los<br> límites de los corregimientos del distrito de San Francisco son los siguientes:<br><b>1.</b><br><b>Corregimiento San Francisco (cabecera)</b><br> a. <br> Con el corregimiento Los Hatillos:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se continúa<br> aguas arriba esta quebrada hasta donde la cruza la carretera que une a San Francisco<br> con Santa Fe; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta el<br> nacimiento de la quebrada San Roque; se continúa esta quebrada hasta su<br> desembocadura en la quebrada Honda; se prosigue aguas arriba esta quebrada hasta<br> donde se le une la quebrada Corozo, se continúa por esta quebrada hasta su<br> nacimiento; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la<br> cabecera de la quebrada Margarita o Mojarrita; se sigue esta quebrada, hasta su<br> desagüe en la quebrada Caimitillo, la cual se continúa aguas abajo, hasta su<br> confluencia con la quebrada El Chumico o Espavé.<br> b. <br> Con el corregimiento Corral Falso o Panamaes:<br> Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico, se<br> sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta la cima del cerro El Barnizal o cerro<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 7<br> Chácara; de esta cima, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta el<br> nacimiento de la quebrada Barrero, se continúa esta quebrada hasta su desagüe en el<br> río Santa María, en los límites con el distrito de Santiago.<br> c. <br> Con el corregimiento Remance:<br> Desde el punto de intersección de la línea limítrofe con el distrito de Santiago<br> y la quebrada El Cercado, se continúa esta quebrada hasta su desagüe en el río<br> Santa María; desde esta desembocadura, se sigue aguas bajo este río hasta donde le<br> tributa sus aguas el río Gatú.<br> ch.<br> Con el corregimiento San Juan:<br> Desde la confluencia del río Gatú en el río Santa María, se sigue aguas arriba<br> el río Gatú hasta la desembocadura de la quebrada Las Flores.<br><b>2. </b><br><b>Corregimiento Corral Falso o Panamaes</b><br> a.<br> Con el corregimiento San Francisco (cabecera):<br> Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico,<br> se sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta la cima del cerro El Barnizal o<br> cerro Chácara; desde esta cima, se continúa en línea recta con dirección Suroeste<br> hasta el nacimiento de la quebrada Barrero; se continúa esta quebrada hasta su<br> desagüe en el río Santa María, en los límites con el distrito de Santiago.<br> b. <br> Con el corregimiento Los Hatillos:<br> Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico o<br> El Espavé, se continúa esta última quebrada aguas abajo hasta donde le tributa sus<br> aguas a la quebrada La Marcela o Las Marcelas.<br><b>3.</b><br><b>Corregimiento Los Hatillos</b><br> a. <br> Con el corregimiento Corral Falso o Panamaes:<br> Desde la confluencia de la quebrada Caimitillo con la quebrada El Chumico o<br> El Espavé, se continúa esta última quebrada aguas abajo hasta donde le tributa sus<br> aguas a la quebrada La Marcela o Las Marcelas.<br> b. <br> Con el Corregimiento San Francisco (cabecera):<br> Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se sigue<br> aguas arriba esta quebrada hasta donde la cruza la carretera que une a San Francisco<br> con Santa Fe; desde aquí, se continúa línea recta con dirección Sureste hasta el<br> nacimiento de la quebrada San Roque; se continúa esta quebrada hasta su<br> desembocadura en la quebrada Honda; se prosigue aguas arriba esta quebrada hasta<br> donde se le une la quebrada Corozo; se continúa por esta quebrada hasta su<br> nacimiento; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la<br> cabecera de la quebrada Margarita o Mojarrita; se sigue esta quebrada hasta su<br> desagüe en la quebrada Caimitillo, la cual se continúa aguas abajo, hasta su<br> confluencia con la quebrada El Chumico o El Espavé.<br><b> </b><br> c.<br> Con el corregimiento San Juan:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se sigue<br> aguas arriba este río hasta la desembocadura de la quebrada Grande.<br> d.<br> Con el corregimiento San José:<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 8<br> Desde el punto donde su une la quebrada Grande con el río Gatú, se sigue<br> aguas arriba este río hasta donde se le une el río Beteguí; se continúa aguas arriba<br> por este último río hasta su intersección con la línea limítrofe del distrito de Santa<br> Fe.<br><b>4. </b><br><b>Corregimiento Remance</b><br> a.<br> Con el corregimiento San José:<br> Desde un punto con coordenadas geográficas 08º23?16? Latitud Norte y<br> 81º07?88? Longitud Oeste en la línea limítrofe con el distrito de Santa Fe; de ahí, se<br> sigue por la divisoria de aguas de las quebradas Loma de La Paja y El Pital del Filú<br> con las quebradas Grande o Los Quinteros y Jiménez, se pasa por la cresta de los<br> cerros Iglesia y Chirulí y se continúa la divisoria de aguas hasta la cima del cerro<br> Las Peñitas; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la<br> confluencia de la quebrada Las Lajitas con el río Santa María; se prosigue aguas<br> abajo por este río hasta la desembocadura de la quebrada Rincón; desde aquí, se<br> continúa en línea recta con dirección Sureste hasta la cima del cerro Fifanero; desde<br> esta cima, se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta el punto más elevado<br> del cerro Esquinado.<br> b.<br> Con el corregimiento San Juan:<br> Desde la cima del cerro Esquinado, se sigue en línea recta con dirección<br> Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Chitreca, la cual se continúa hasta su<br> desembocadura en el río Santa María; desde esta confluencia, se prosigue en línea<br> recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro Buena Vista; desde este punto, se<br> continúa en línea recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro Chumico; desde<br> aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la confluencia del río Gatú<br> con el río Santa María.<br> c. <br> Con el corregimiento San Francisco (cabecera):<br> Desde el punto de intersección de la línea limítrofe con el distrito de Santiago<br> y la quebrada El Cercado, se continúa esta quebrada aguas abajo hasta su desagüe en<br> el río Santa María; desde esta desembocadura, se sigue aguas abajo por este río hasta<br> donde le tributa sus aguas el río Gatú.<br><b>5. Corregimiento San Juan</b><br> a. <br> Con el corregimiento Los Hatillos:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Las Flores en el río Gatú, se sigue<br> aguas arriba este río hasta la desembocadura de la quebrada Grande.<br> b. <br> Con el corregimiento San Francisco (cabecera):<br> Desde la confluencia del río Gatú con el río Santa María, se prosigue aguas<br> arriba por el río Gatú hasta la desembocadura de la quebrada Las Flores.<br> c. <br> Con el corregimiento Remance:<br> Desde el punto más elevado del cerro Esquinado, se sigue en línea recta con<br> dirección Sureste hasta el nacimiento de la quebrada Chitreca, la cual se continúa<br> hasta su desembocadura en el río Santa María; desde esta confluencia, se continúa en<br> línea recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro Buena Vista; desde este<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 9<br> punto, se prosigue en línea recta con dirección Noreste hasta la cima del cerro<br> Chumico; desde aquí, se sigue en línea recta con dirección Sureste hasta la<br> confluencia del río Gatú con el río Santa María.<br> d. <br> Con el corregimiento San José:<br> Desde la desembocadura de la quebrada Grande en el río Gatú, se continúa<br> aguas arriba por esta quebrada hasta donde se une con la quebrada La Pita; se sigue<br> aguas arriba por esta quebrada hasta su nacimiento; se prosigue en línea recta con<br> dirección Suroeste hasta el punto más elevado del cerro Esquinado.<br><b>6.</b><br><b>Corregimiento San José</b><br> a. <br> Con el corregimiento Los Hatillos:<br> Desde el punto donde se une la quebrada Grande con el río Gatú, se sigue<br> aguas arriba por este río hasta donde se le une el río Beteguí; se continúa aguas<br> arriba por este último río hasta su intersección con la línea limítrofe del distrito de<br> Santa Fe.<br> b.<br> Con el corregimiento San Juan:<br> Desde de la desembocadura de la quebrada Grande en el río Gatú, se sigue<br> aguas arriba por esta quebrada hasta donde se une con la quebrada La Pita; se<br> continúa aguas arriba por esta quebrada hasta su nacimiento; se sigue en línea recta<br> con dirección Suroeste hasta el punto más elevado del cerro Esquinado.<br> c.<br> Con el corregimiento Remance:<br> Desde un punto con coordenadas geográficas 08º23?16? Latitud Norte y<br> 81º07?88? Longitud Oeste en la línea limítrofe con el distrito de Santa Fe; de ahí, por<br> la divisoria de aguas de las quebradas Loma de La Paja y El Pital del Filú con las<br> quebradas Grande o Los Quinteros y Jiménez, se pasa por la cresta de los cerros<br> Iglesia y Chirulí y se continúa la divisoria de aguas hasta la cima del cerro Las<br> Peñitas; desde aquí, se prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta la<br> confluencia de la quebrada Las Lajitas con el río Santa María; se sigue aguas abajo<br> este río hasta la desembocadura de la quebrada Rincón; desde aquí, se continúa en<br> línea recta con dirección Sureste hasta la cima del cerro Fifanero; desde esta cima, se<br> prosigue en línea recta con dirección Sureste hasta el punto más elevado del cerro<br> Esquinado.<br><b>Artículo 4.</b> Las comunidades que quedan comprendidas dentro del corregimiento Las<br> Llanas son: Llana Abajo, Llana Arriba, Tres Quebradas, El Caracucho, Quebrada Piedras, El<br> Pedregoso, Alto de Los Peladeros, Palo Amarillo, Los Peladeros, Las Matas Abajo, Palo<br> Alto, Palo Blanco, El Cogollal, Chumico y Palo de Mamey o El Mamey.<br><b>Artículo 5. </b>Las comunidades que quedan comprendidas dentro del corregimiento San José<br> son: San José, Cuay Arriba, Cuay Abajo, Los Toribios, Los Bordones, Las Mendozas, La<br> Soledad, Los Hernández, El Chumico, La Peña, Ciruelar Arriba, Ciruelar Abajo, Ciruelar<br> Centro, Gómez Arriba, Gómez Abajo, La Perdiz Arriba y La Perdiz Abajo.<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 10<br><b>Artículo 6.</b><br> El Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas y<br> la Dirección de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, deberán<br> brindar asesoramiento a los municipios de Los Pozos y San Francisco<b> </b>en lo concerniente a<br> la organización, el funcionamiento y la administración de los corregimientos Las Llanas y<br> San José.<br><b>Artículo 7.</b><br> La elección de los representantes de los nuevos corregimientos Las Llanas y<br> San José, que corresponden por razón de esta Ley, se hará dentro del ordenamiento del<br> próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral.<br><b>Artículo 8.</b><br> Los actuales representantes de los corregimientos La Pitaloza y San Juan y<br> las autoridades de policía de los corregimientos sujetos a segregación, conforme al artículo 1<br> de esta Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta tanto se haga la elección o<br> designación de los funcionarios correspondientes de la nueva división político-<br> administrativa que establece esta Ley.<br><b>Artículo 9.</b> Se declara el distrito de Pedasí polo de desarrollo socioeconómico. En<br> consecuencia, las inversiones que se realicen en actividades de la industria del turismo, la<br> pesca, la agroindustria, así como en la agricultura de exportación en este distrito, dentro de<br> los cinco años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, serán deducibles del<br> impuesto sobre la renta.<br><b>Artículo 10. </b>Esta Ley modifica los artículos 22 y 64 de la Ley 58 de 29 de julio de 1998.<br> Deroga los artículos 63, 96, 98, 101 y 102 de la Ley 41 de 1 de julio de 1998.<br><b>Artículo 11.</b> Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.<br><b>COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.</b><br> Aprobada en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los<br>26 días del mes de diciembre del año dos mil dos.<br> El Presidente,<br> Carlos R. Alvarado A.<br> El Secretario General,<br> José Gómez Núñez<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>G.O. 24731</b><br> 11<br><b>ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA</b><br><b>ASAMBLEA NACIONAL</b><br><b>LEY: 018</b><br><b>DE</b><br><b>2003</b><br><b>PROYECTO DE LEY: 2002_P_052.PDF</b><br><b>NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN</b><br> ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D<br> ACTAS DE VARIOS DIAS: V<br><b>ACTAS DEL PLENO</b><br><b>2002_12_19_A_PLENO.PDF</b><br><b>2002_12_26_A_PLENO.PDF</b><br><h1>Document Outline</h1> <ul> <li>TARJETA BASE </li> <li>GACETA OFICIAL </li> <li>TEXTO COMPLETO </li> <li>PROYECTO DE LEY 052 DE 2002 </li> <li>ACTAS DEL PLENO </li> </ul>